NORMOGRAMA |
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Proceso: GESTIÓN INTEGRAL | Vigente desde: 04/03/2024 | Código: GI-FR-06 | Versión: 06 | ||||||||
FECHA ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN: 30 de Junio de 2024 | |||||||||||
PROCESO | TIPO DE DOCUMENTO | Nº | EPÍGRAFE (Propósito, resumen, uso) |
ENTIDAD EMISORA | FECHA ENTRADA EN VIGENCIA | ALMACENAMIENTO (DEPENDENCIA) | RESPONSABLE | EVIDENCIAS/SOPORTES/REGISTROS | CUMPLIMEINTO | ||
SI | NO | ||||||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 6 | “Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial de trabajo.” | Presidencia de la República de Colombia | 1945 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 1083 | Reglamentario Único del Sector de la Función Pública | Presidencia de la República de Colombia | 2015 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 648 | Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública | Presidencia de la República de Colombia | 2017 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 909 | Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2004 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 785 | Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación y de funciones y requisitos generales de los empleos de las entidades territoriales que se regulan por las disposiciones de la Ley 909 de 2004. | Presidencia de la República de Colombia | 2005 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 1227 | Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004 y el Decreto-ley 1567 de 1998. | Presidencia de la República de Colombia | 2005 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 734 | Por la cual se establece el procedimiento para adaptar los reglamentos de trabajo a las disposiciones de la Ley 1010 de 2006. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2006 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano - Reglamento interno de trabajo | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 1221 | Por la cual se establecen normas para promover y regular el Teletrabajo y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 2008 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano - Reglamento interno de trabajo | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 1780 | Por medio de la cual se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil , se generan medidas para superar barreras de acceso al mercado de trabajo y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 2016 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano - Reglamento interno de trabajo | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 372 | Por la cual se fijan los lineamientos para el cumplimiento del artículo 14 de la Ley 1780 de 2016 relacionado con las modificaciones de la planta de personal de las Entidades del Estado | Departamento Administrativo de la Función Publica | 2017 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 2418 | Por el cual se regula la bonificación por serivios prestados para los empleados públicos de nivel territorial | Presidencia de la República de Colombia | 2015 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Acuerdo de Junta Directiva | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 323 | por el cual se fija la remuneración de los. empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, a las Sociedades de Economía Mixta ya las Entidades de Naturaleza Especial, directas e indirectas, del orden nacional sometidas al régimen de dichas empresas y se dictan otras disposiciones. |
Presidencia de la República de Colombia | 2018 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Acuerdo de Junta Directiva | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 333 | Por el cual se fijan las escalas de viáticos. | Presidencia de la República de Colombia | 2018 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Acuerdo de Junta Directiva | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 2452 | Por el cual se establece el auxilio de transporte | Presidencia de la República de Colombia | 2018 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Convención colectiva de trabajo | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1822 | Por el cual se fija el aumento de semanas de licencia de maternidad | Congreso de la República de Colombia | 1/4/2017 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | No se han presentado licencia de maternidad, se tiene conocimiento de la ley. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 4124 | Por el cual se reglamenta el Sistema Nacional de Archivos, y se dictan otras disposiciones relativas a los Archivos Privados. | Presidencia de la República de Colombia | 2004 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA | ______ | Constitución Política de Colombia, publicada en la Gaceta Constitucional No. 116 de 20 de julio de 1991> Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. | Pueblo de Colombia, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente | 1991 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Respuesta a Derechos de Petición | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA | ______ | Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley. | Pueblo de Colombia, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente | 1991 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Respuesta a Derechos de Petición y servicios de consulta y prestamo de documentos./Libros radicadores de prestamos de documentos | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 43 | Provee a la conservación de ciertos documentos oficiales | Congreso de la República de Colombia | 1913 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 57 | Por la cual se ordena la publicidad de los actos y documentos oficiales | Congreso de la República de Colombia | 1985 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 80 | Crea el Archivo General de la Nación y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 1989 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 951 | Por la cual se crea el acta de informe de gestión | Congreso de la República de Colombia | 2005 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 1712 | Por medio de la cual se crea la ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2014 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | La información se tiene disponible a través de instrumentos archivisticos como: TRD, Inventarios y cuadros de clasificación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 2527 | Por el cual se autoriza el procedimiento de microfilm en los archivos y se conduce valor probatorio a las copias fotostáticas de los documentos microfilmados | Presidencia de la República de Colombia | 1950 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | La empresa no aplica Microfilm | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 3354 | Por el cual se modifica el Decreto 2527 de 1950 (Prohíbe adulteración, recorte y doblez de microfilmes y prohíbe la incineración de documentos. (microfilmados) | Presidencia de la República de Colombia | 1954 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | La empresa no aplica Microfilm | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 264 | Por el cual se reglamenta la Ley 163 de 1959 sobre defensa y conservación del patrimonio histórico, artístico y monumentos públicos de la Nación. | Presidencia de la República de Colombia | 1963 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Instrumentos archivisticos como: Plan Institucional de Archivo (PINAR), TRD, Inventarios, Programa de Gestión Documental y cuadros de clasificación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDO | 2 | Por el cual establecen los lineamientos basicos para organización de Fondos Acumulad9os | Archivo General de la Nación - AGN | 2004 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Tabla de Valoración Documental | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDO | 27 | Por el cual se modifica el Acuerdo 007 de 1994 | Archivo General de la Nación - AGN | 2006 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Se está aplicado la terminología archivista en todos los documentos del proceso | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 2274 | Por el cual se reglamenta el artículo 337 del código de régimen político y municipal y la ley 57 de 1985 Inventario patrimonio documental y facultad de inspección a los archivos. | Presidencia de la República de Colombia | 1988 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Inventario Documental | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDO | 3 | Por el cual se establecen los lineamientos generales para las entidades del Estado en cuanto a la gestión electronica de los documentos generados como resultado del uso de medios electronicos, de conformidad con lo establecido en el artículo IV de la ley 1437 de 2011, se reglamenta el artículo 21 de la Ley 594 de 2000 y el capítulo IV del Decreto 2609 de 2012. | Archivo General de la Nación - AGN | 2015 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | No se están manejando documentos electrónicos de archivo (RTD) | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 1080 | Decreto Unico Reglamentario del Sector Cultura | Presidencia de la República de Colombia | 2015 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Instrumentos archivisticos como: Plan Institucional de Archivo (PINAR), TRD, Inventarios, Programa de Gestión Documental y cuadros de clasificación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 2150 | Por el cual se suprimen y reforman regulaciones, procedimientos o trámites innecesarios existentes en la Administración Pública. Suprime autenticación de documentos originales y uso de sellos, prohíbe entre otros; exigir copias o fotocopias de documentos que la entidad tenga en su poder,; prohíbe a las entidades públicas limitar el uso de tecnologías para el archivo documental por parte de los particulares, autoriza el uso de sistemas electrónicos de archivos y transmisión de datos | Presidencia de la República de Colombia | 1955 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Se controla a través del SUIT y Plan Anticorrupción y Atención al Ciudadano | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 594 | Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 2000 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Instrumentos archivisticos como: Plan Institucional de Archivo (PINAR), TRD, Inventarios, Programa de Gestión Documental y cuadros de clasificación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 7 | Reglamento General de Archivos. | Junta Directiva del Archivo General de la Nación de Colombia | 1994 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Instrumentos archivisticos como: Plan Institucional de Archivo (PINAR), TRD, Inventarios, Programa de Gestión Documental y cuadros de clasificació | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 12 | Por el cual se modifica la parte I del Acuerdo No. 07 del 29 de junio de 1994 Reglamento General de Archivos", "Organos de Dirección, Coordinación y Asesoría. | Junta Directiva del Archivo General de la Nación de Colombia | 1995 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Instrumentos archivisticos como: Plan Institucional de Archivo (PINAR), TRD, Inventarios, Programa de Gestión Documental y cuadros de clasificación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 11 | Por el cual se establecen criterios de conservación y organización de documentos. | Junta Directiva del Archivo General de la Nación de Colombia | 1996 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Documento Plan de Conservación Documental | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 47 | Por el cual se desarrolla el artículo 43 del capítulo V "Acceso a los documentos de archivo", del AGN del Reglamento general de archivos sobre "Restricciones por razones de conservación. | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2000 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Instrumentos archivisticos como: Plan Institucional de Archivo (PINAR), TRD, Inventarios, Programa de Gestión Documental y cuadros de clasificación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 48 | Por el cual se desarrolla el artículo 59 del capítulo 7 -conservación de documentos-, del reglamento general de archivos sobre conservación preventiva, conservación y restauración documental". | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2000 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Instrumentos archivisticos como: Plan Institucional de Archivo (PINAR), TRD, Inventarios, Programa de Gestión Documental y cuadros de clasificación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 50 | Por el cual se desarrolla el artículo 64 del título VII "conservación de documento", del Reglamento general de archivos sobre "Prevención de deterioro de los documentos de archivo y situaciones de riesgo. | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2000 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Instrumentos archivisticos como: Plan Institucional de Archivo (PINAR), TRD, Inventarios, Programa de Gestión Documental y cuadros de clasificación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 56 | Por el cual se desarrolla el artículo 45, "Requisitos para la Consulta" del capítulo V, "ACCESO A LOS DOCUMENTOS DE ARCHIVO", DEL REGLAMENTO GENERAL DE ARCHIVOS. | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2000 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Instrumentos archivisticos como: Plan Institucional de Archivo (PINAR), TRD, Inventarios, Programa de Gestión Documental y cuadros de clasificación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 60 | Por el cual se establecen pautas para la administración de las comunicaciones oficiales en las entidades públicas y las privadas que cumplen funciones públicas. | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2001 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Procedimiento para producción y tramite de comunicaciones oficiales. Sistema Extranet | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 16 | Por el cual se adopta la política archivística y se dictan otras disposiciones para el manejo de los archivos públicos de las cámaras de comercio. | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2002 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | No aplica | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 37 | Por el cual se establecen las especificaciones técnicas y los requisitos para la contratación de los servicios de depósito, custodia, organización, reprografía y conservación de documentos de archivo | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2002 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | No se cumple | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 39 | Por el cual se regula el procedimiento para la elaboración y aplicación de las Tablas de Retención Documental | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2002 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Se está dando cumplimiento a través de las TRD | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 42 | Por el cual se establecen los criterios para la organización de los archivos de gestión en las entidades públicas y las privadas que cumplen funciones públicas, se regula el Inventario Único Documental | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2002 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Procedimiento de apertura de expedientes. Extranet. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 11 | El Consejo Directivo del AGN delega en el Director del archivo General, la función de aprobar las tablas de retención Documental y las Tablas de Valoración Documental. | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2008 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | No aplica | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 3 | Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2578 de 2012, se adopta y reglamenta el Comité Evaluador de Documentos del Archivo General de la Nación y se dictan otras disposiciones. | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2013 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | No aplica | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 4 | Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos 2578 y 2609 de 2012 y se modifica el procedimiento para la elaboración, presentación, evaluación, aprobación e implementación de las Tablas de Retención Documental y las Tablas de Valoración Documental. | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2013 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Tablas de Retención Documental y Tablas de Valoración Documental | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 5 | Por el cual se establecen los criterios básicos para la clasificación, ordenación y descripción de los archivos en las entidades públicas y privadas que cumplen funciones públicas y se dictan otras disposiciones. | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2013 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Procedimiento de apertura de expedientes. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 2 | Por medio del cual se establecen los criterios básicos para creación, conformación, organización, control y consulta de los expedientes de archivo y se dictan otras disposiciones. | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2014 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Procedimiento de apertura de expedientes. Inventario documental | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 6 | “Conservación de Documentos” | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2014 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Plan de Conservación de documentos | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 7 | “Por medio del cual se establecen los lineamientos para la reconstrucción de expedientes y se dictan otras disposiciones." | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2014 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Tablas de Valoración Documental | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 8 | "Por el cual se establecen las especificaciones técnicas y los requisitos para la prestación de los servicios de depósito, custodia, organización, reprografía y conservación de documentos de archivo y demás procesos de la función archivística | Consejo Directivo del Archivo General de la Nación | 2014 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Contratos para elaboración del Inventario, TRD y TVD | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 13 | Producción Documental: sobre uso de tintas de escritura. | Secretaria General y Grupo de Laboratorio de Restauración del Archivo General de la Nación | 1999 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Procedimiento de apertura de expedientes | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 1 | Organización y conservación de los documentos de archivo. | Archivo General de la Nación - AGN | 2003 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Procedimiento de apetura de expedientes | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 1 | Inventario de documentos a eliminar. | Archivo General de la Nación - AGN | 2004 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | No se ha intervenido el Fondo Acumulado | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 1 | Cumplimiento de la ley 594 de 2000 ley general de archivos y demás disposiciones reglamentarias | Archivo General de la Nación - AGN | 2007 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Instrumentos archivisticos como: Plan Institucional de Archivo (PINAR), TRD, Inventarios, Programa de Gestión Documental y cuadros de clasificación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 4 | Estándares Mínimos en procesos de administración de archivos y gestión de documentos electrónicos | Comisión lntersectorial de Políticas y de Gestión de la Información para la Administración Pública- COINFO. | 2010 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | No contamos con expedientes electronicos | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 1 | Protección de archivos por ola invernal | Archivo General de la Nación - AGN | 2011 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Bodega del Archivo donde actualmente se encuentra el Archivo Central | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 5 | Prohibición para enviar los originales de documentos de Archivo a otro tipo de Unidades de Información | Archivo General de la Nación - AGN | 2011 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Se ha socializado a traves de capacitaciones | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 6 | Entrega de los archivos físicos y electrónicos con ocasión del cambio de administración de las entidades territoriales. | Archivo General de la Nación - AGN | 2011 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Inventario Documental. Actas de Entrega | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 2 | Adquisición de herramientas tecnológicas de Gestión Documental | Archivo General de la Nación - AGN | 2012 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Extranet | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 5 | Recomendaciones para llevar a cabo procesos de digitalización y comunicaciones oficiales electrónicas en el marco de la iniciativa cero papel | Archivo General de la Nación - AGN | 2012 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Extranet | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 1 | Cumplimiento de la Ley 594 de 2000, El Decreto 2578 de 2012, El Decreto 2609 de 2012 y el Decreto 1515 de 2013 | Archivo General de la Nación - AGN | 2014 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Instrumentos archivisticos como: Plan Institucional de Archivo (PINAR), TRD, Inventarios, Programa de Gestión Documental y cuadros de clasificación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION - AGN | 6 | “Conservación de Documentos” | Archivo General de la Nación - AGN | 2014 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Plan de Conservacion Documental | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 2 | Entrega de archivos en cualquier soporte con ocasión del cambio de administración de las entidades territoriales. | Archivo General de la Nación - AGN | 2015 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Inventarios archivos de gestión y actas de entrega | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 3 | Directrices para la elaboración de tablas de retención documental. | Archivo General de la Nación - AGN | 2015 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Tablas de Retención Documental TRD | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDO | 3 | ACUERDO No. 003 “Por el cual se establecen lineamientos generales para las entidades del Estado en cuanto a la gestión de documentos electrónicos generados como resultado del uso de medios electrónicos de conformidad con lo establecido en el capítulo IV de la Ley 1437 de 2011, se reglamenta el artículo 21 de la Ley 594 de 2000 y el capítulo IV del Decreto 2609 de 2012" | Archivo General de la Nación - AGN | 2015 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | No se cuenta con expedientes electronicos de archivo | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDO | 6 | ACUERDO No. 006 (10 JUL 2015) “Por el cual se modifica el artículo 11° del Acuerdo 008 de 2014 que establece las especificaciones técnicas y los requisitos para la prestación de los servicios de depósito, custodia, organización, reprografía y conservación de documentos de archivo y demás procesos de la función archivística en desarrollo de los de los artículos 13º y 14º y sus parágrafos 1° y 3° de la Ley 594 de 2000” | Archivo General de la Nación - AGN | 2015 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | Contrato para la elaboración de Inventario documental, TVD y TRD | X | ||
GESTION ADMINISTRATIVA | RESOLUCION | 3564 | Reglamenta aspectos relacionados con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública | Ministerio TICs | 2015 | Of. TIC | Asesor TIC | Pagina Web enlace al sitio de transparencia y acceso a la informacion http://www.lasceibas.gov.co/las-ceibas/planes/plan-anticorrupcion-y-atencion-al-ciudadano |
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GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDO | 3 | ACUERDO 003 “Por el cual se adoptan y reglamentan las condiciones para la declaratoria de Bienes de Interés Cultural de Carácter Documental Archivística -BlC—CDA- y se dictan otras disposiciones” | Archivo General de la Nación - AGN | 2017 | Of. Gestión Documental | Asesor de Talento Humano | No se ha dado aplicación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 68 | Revisión de los planes Estratégicos de Seguridad Vial | Superintendencia de Puertos y Transporte | 11/16/2017 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1846 | Por medio de la cual se modifica los Articulos 160 y161 del Codigo Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones" | Congreso de la República de Colombia | 7/18/2017 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 10 | Reconocimiento y pago de incapacidad Temporal – cuando ya hubo pago de indemnización o incapacidad permanente parcial (IPP). | Ministerio del Trabajo | 2/3/2017 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1960 | Por el cual se modifican la Ley 909 de 2004, el Decreto Ley 1567 de 1998 y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 7/11/2019 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1966 | Se adoptan medidas para la Gestión y Transparencia en el Sistema de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 7/11/2019 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolucion | 89 | por la cual se adopta la politica integral para la prevencion y atencion del consumo de sustancias psicoactivas | Ministerio de Salud y Protección Social | 1/16/2019 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolucion | 312 | por la cual se definen los estandares minimos del sistema de gestion de la seguridad y salud en el trabajo | Ministerio del Trabajo | 2/13/2019 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proyecto de ley | 284 | por medio del cual se modifica y adiciona la ley 1503 de 2011 y se dictan otras disposiciones en seguridad vial y transito | Cámara de representantes | 5/21/2019 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1120 | por el cual se modifican algunos articulos de la seccion 7 del capitulo 7 del titulo 1 de la parte 2 del libro 2 del decreto 1079 de 2015 unico reglamento del sector transporte | Ministerio de transporte | 6/26/2019 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1083 | Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública | Presidencia de la República de Colombia | 5/26/2015 | SG-SST | Responsable SST | Reglamentacion Función Pública | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 768 | Por el cual se actualiza la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones | Presidencia de la República de Colombia | 5/16/2022 | SG-SST | Responsable SST | SGRL | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1968 | Por el cual se prohibe el uso del asbesto en el territorio Nacional y se establecen garantias de protección a la salud de los colombianos | Congreso de la República de Colombia | 7/11/2019 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1964 | Por medio de la cual se promueve el uso de vehiculos electricos en Colombia y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 7/11/2019 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1238 | Por medio de la cual se dictan medidad de prevencion, promocion, y conservacion de la salud con ocasión de infecciones respiratorias, incluidas las orginadas por la COVID-19 | Congreso de la República de Colombia | 7/21/2022 | SG-SST | Responsable SST | SG SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1972 | Por medio de la cual se establece la protección de los derechos a la salud y al medio ambiente sano estableciendo medidas tenientes a la reducción de emisiones contaminantes de fuentes móviles y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 7/18/2019 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 2251 | Por la cual se dictan normas para el diseño e inplementacion de la politica de seguridad vial con enfoque de sistema seguro y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 7/14/2022 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | 2404 | Por la cual se adopta la bateria de instrumentos para la evaluación de factores de Riesgo Psicosocial, la Guia Técnica General para la Promoción, Prevención e intervención de los factores Psicosociales y sus efectos en la población Trabajadora y sus protocolos especificos y se dictan otras disposiciones | Ministerio del Trabajo | 7/22/2019 | SG-SST | Responsable SST | Bateria Psicosocial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | 2764 | Por la cual se adopta la bateria de instrumentos para la evaluación de factores de Riesgo Psicosocial, la Guia Técnica General para la Promoción, Prevención e intervención de los factores Psicosociales y sus efectos en la población Trabajadora y sus protocolos especificos y se dictan otras disposiciones | Ministerio del Trabajo | 7/18/2022 | SG-SST | Responsable SST | Bateria Psicosocial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | 1465 | Por el cual se adiciona el titulo 13 a la parte 8 del libro 2 del Decreto 780 de 2016 en relación con los desfribiladores externos automáticos | Ministerio de Salud y Protección Social | 6/11/1903 | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | resolucion | 5018 | Por la cual se establecen los lineamientos en seguridad y salud en el trabajo en los procesos de generacion, transmision, distribucion y comercializacion de la energia electrica | Ministerio del Trabajo | 11/20/2019 | SG-SST | Responsable SST | SG SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolucion | 491 | por lo cual se establecen los requisitos minimos de seguridad para el desarrollo de trabajo en espacios confinados y se dictan otras disposiciones | Ministerio del Trabajo | 2/24/2020 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 2015 | Por medio del cual se crea la Historia Clínica Electrónica interoperable y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 1/31/2020 | SG-SST | Responsable SST | Seguimiento a los parametros de manejo de las Historias Clinicas electronicas por parte de las EPS - Certificado de custodia de Historia clinicas | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | OO5 | Directrices para la Detección Temprana, el Control y la Atención ante la posible introducción del nuevo Coronavirus (2019-nCoV) y la implementación de los planes de preparación y respuesta ante este riesgo. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2/11/2020 | SG-SST | Responsable SST | Registros de asistencia Inclusión dentro del programa de capacitación,capacitación en riesgo de salud publica. |
X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 17 | lineamientos minimos a implementar de promocion y prevencion para la preparacion, respuesta y atencion de casos de enfermedad por covid-19 (antes denominado coronavirus) | Ministerio del Trabajo | 2/24/2020 | SG-SST | Responsable SST | Diseño, Implementación y mantenimiento del Protocolo de bioseguridad Registros de entrega de EPP |
X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | 380 | Por la cual se adoptan medidas preventivas sanitarias en el país, por causa del coronavirus COVID2019 y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Salud y Protección Social | 3/10/2020 | SG-SST | Responsable SST | Implementación de los lineamientos en la presente Resolución en caso de presentarce | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular Externa | OO18 | Acciones de contención ante el COVID-19 y la prevención de enfermedades asociadas al primer pico Epidemiológico de Enfermedades Respiratorias | Ministro de Salud y Protección Social, Ministro del Trabajo y Director del Departamento Administrativo de la Función Pública | 3/10/2020 | SG-SST | Responsable SST | Sistema de Gestion en Seguridad y Salud en el trabajo - Plan de Emergencia, Protocolos de bioseguridad Ver documentos referenciados. |
X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | 385 | por la cual se declara la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus.Artículo 1°. Declaratoria de emergencia sanitaria. Declárase la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020. Dicha declaratoria podrá finalizar antes de la fecha aquí señalada o cuando desaparezcan las causas que le dieron origen o, si estas persisten o se incrementan, podrá ser prorrogada. | Ministerio de Salud y Protección Social | 3/12/2020 | SG-SST | Todos los Trabajadores | Cumplimiento de los lineamientos establecidos en la presente Resolución | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | OO21 | Medidas de protección al empleo con ocasión de la fase de contención de covid-19 y de la declaración de emergencia sanitaria | Ministerio del Trabajo | 3/17/2020 | SG-SST | Gerencia/Recurso Humano |
Pago de la planilla de la seguridad social, contratos laborales, desprendibles e pago. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | OO27 | Prohibición a los empleadores de coaccionar a los trabajadores a tomar licencias no remuneradas | Ministerio del Trabajo | 3/29/2020 | SG-SST | Gerencia/Recurso Humano |
Vinculación laboral Pago de nomina, desprendibles de pago | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | OO33 | Medidas de Protección al empleo en la fase de mitigación del nuevo Coronavirus COVID-19 | Ministerio del Trabajo | 4/17/2020 | SG-SST | Gerencia | vinculación laboral, pago de la planilla de seguridad social y pago de nomina | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | 666 | Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19. | Ministerio del Trabajo | 4/24/2020 | SGSST | Responsable SST | Regitros implementación protocolos de bioseguridad, entrega de epp, capacitaciones, socialización lavado de manos, uso de tapabocas, etc. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 637 | Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio Nacional. | Presidencia de la República de Colombia | 5/6/2020 | SGSST | Todos | Acatmiento de los lineamientos propuestos por el Gobierno | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 636 | Artículo 1°. Aislamiento. Ordenar el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a. m.) del día 11 de mayo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a. m.) del día 25 de mayo de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19. | Presidencia de la República de Colombia | 5/6/2020 | SGSST | Gerencia | Cumplimimiento de los dispuesto en el marco legal para la prestación de los servicios de la empresa. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | OO35 | Vigencia de la certificación para trabajo seguro en alturas, de conformidad con el artículo 8° del decreto legislativo 491 de 2020, expedido en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica declarado mediante el decreto 417 de 2020. |
Ministerio del Trabajo | 4/23/2020 | SGSST | Gerencia | Vigencia certificados de cursos de trabajo seguro en alturas. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 36 | Reentrenamiento y capacitación trabajo en alturas | Ministerio del Trabajo | 7/28/2022 | SGSST | Responsable SST | Vigencia certificados de cursos de trabajo seguro en alturas. | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | OO680 | por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del Coronavirus COVID-19 en el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico. | Ministerio de Salud y Protección Social | 4/24/2020 | SGSST | Responsable SST | Implementación del Protocolo de bioseguridad Registros de entrega de EPP |
X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 593 | Artículo 1. Aislamiento. Ordenar el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 27 de abril de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 11 de mayo de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19. | Presidencia de la República de Colombia | 4/24/2020 | SGSST | Todos | Cumplimiento de los lineamientos establecidos en el presente Decreto | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 768 | Por el cual se actualiza la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones | Presidencia de la República de Colombia | 7/14/1905 | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular Externa | OOOOO30 | Aclaraciones sobre el Trabajo Remoto o a Distancia en Mayores de 60 Años. | Ministerio de Salud y Protección Social | 5/8/2020 | SGSST | Trabajadores vinculados mayores de 60 años | Se acatara los lineamiento en caso de que aplique | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | OOOO844 | Por lo cual se prorroga la emergencia sanitaria por el nuevo Coronavirus que causa el COVID-19, se modifica la Resolución 385 del 12 de Marzo de 2020, modificada por las Resoluciones 407 y 450 de 2020 y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Salud y Protección Social | 5/26/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Aplicación de los protocolos de bioseguridad y presente resolución | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Directiva | OO2 | Medidas para atender la contigencia genrada por el covid 19 a partir del uso de las tecnologias de la informacion y las telecomunicaciones | Presidencia de la República de Colombia | 3/12/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
se establecio el teletrabajo mediante resolucion 172/2020 | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 417 | Por cual se declara un estado de emergencia social y ecologica en todo el | Presidencia de la República de Colombia | 3/17/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Empresas Publicas de Neiva se acoge a las medidas del estado de emergencia que seran reglamentados por el estado a traves de sus Ministerios. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | 407 | Por la cual se modifican los numerales 2.4 y 2.6 del artículo 2 de la Resolución 385 de 2020, por la cual se declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional | Ministerio de Salud y Protección Social | 3/3/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Empresas Publicas de Neiva se acoge a las medidas del estado de emergencia que seran reglamentados por el estado a traves de sus Ministerios. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 476 | Por el cual se dictan medidas tendientes a garantizar la prevención, diagnóstico y tratamiento del Covid-19 y se dictan otras disposiciones, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Ministerio de Salud y Protección Social | 3/25/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Se tiene en cuenta la flexibilizacion de las marcas para los regidtros sanitarios de los productos de bioseguridad y desinfeccion necesarios para contener y mitigar la pandemia. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 537 | "Por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica" | Ministerio de Salud y Protección Social | 4/12/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Se realizan los ajustes en materia juridica y de contratacion para responder al estado de emergencia. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 539 | Por el cual se adoptan medidas de bioseguridad para mitigar, evitar la propagación y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica | Ministerio de Salud y Protección Social | 4/13/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Se desarrolla y se socializa el manual de bioseguridad para Empresas Publicas de Neiva y protocolos anexos. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 488 | Por el cual se dictan medidas de orden laboral, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Ministerio del Trabajo | 3/27/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Se tomaron medidas frente a las vacaciones y gestion para el retiro de cesantias y proteccion a nuestrios colaboradores. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | 853 | Por la cual se dictan medidas para la operación del artículo 6° del Decreto Ley de 2020, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Ministerio del Trabajo | 3/30/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Se acatan las directrices para proteccion al cesante. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 676 | Por el cual se incorpora una enfermedad directa a la tabla de enfermedades laborales y se dictan otras disposiciones. | Ministerio del Trabajo | 5/19/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Una vez se incorpora el COVID-19 como enfermedad laboral, Empresas Publicas de Neiva adopta la determinacion y asume la responsabilidad en el ejercicio vital de nuestra razon de ser. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 568 | Por el cual se crea el impuesto solidario por el COVID 19, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica dispuesto en el Decreto Legislativo 417 de 2020 | Ministerio de Hacienda y Crédito Público | 4/15/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Se realizaran los descuentos previstos en la norma y de acuerso a los montos de honorarios para cumplir con el impuesto solidario. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | 911 | Por la cual se establece medidas regulatorias transitorias en el sector de agua potable y saneamiento básico, derivadas de la emergencia declaradas por el Gobierno Nacional a causa del COVID-19. | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 3/17/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Se adoptan las medidas de bioseguridad para grantizar la operación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 441 | Por el cual se dictan disposiciones en materia de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo para hacer frente al Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por Decreto 417 de 2020 | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 3/20/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Se realizaron las reconexiones de manera inmediata a los usuarios que el servicio se hallaba suspendido, suspensión de incrementos tarifarios y garantia de agua potable a los sectores subnormales. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 528 | "Por el cual se dictan medidas para los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica". | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 4/7/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Se ha aplicado por parte de la gerencia todo lo concerniente a subsidios, financiacion y pagos diferidos para los mas vulnerables. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 580 | "Por el cual se dictan medidas en materia de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica" | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 4/15/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Se ha aplicado por parte de la gerencia todo lo concerniente a subsidios, exoneraciones a entidades especiales y sin animo de lucro y otras fuentes de financiacion especialmete por los entes territoriales. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 6 | Orientación de recursos y acciones inmediatas en el marco de la atención de la emergencia sanitaria ocasionado por el virus COVID-19. | Contraloría General de la República | 3/19/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
cumplimiento de la circular 006, especificamente en los procesos de contrtacion e informes al organo de control | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 5 | Directrices para la Detección Temprana, el Control y la Atención ante la posible introducción del nuevo Coronavirus (2019-nCoV) y la implementación de los planes de preparación y respuesta ante este riesgo. | Ministerio de Salud y Protección Social | 11/02/2020 |
SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Diseño, Implementación y mantenimiento del Protocolo de bioseguridad Registros de entrega de EPP |
X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 17 | Lineamientos mínimos a implementar de promoción y prevención para la preparación, respuesta y atención de casos de enfermedad por COVID-19 (antes denominado Coronavirus). | Ministerio del Trabajo | 2/24/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Diseño, Implementación y mantenimiento del Protocolo de bioseguridad Registros de entrega de EPP |
X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | circular externa | 20201000000084 | Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 3/16/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Diseño, Implementación y mantenimiento del Protocolo de bioseguridad Registros de entrega de EPP |
X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 29 | los elementos de protección personal son responsabilidad de las empresas o contratantes; ante la presente emergencia por covid-19, las administradoras de riesgos laborales apoyarán a los empleadores o contratantes en el suministro de dichos elementos exclusivamente para los trabajadores con exposición directa a covid-19. | Ministerio del Trabajo | 11/21/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Registro de entrega de EPP | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto Legislativo | 771 | Por el cual se dispone una medida para garantizar el acceso a servicios de conectividad en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional. “Parágrafo transitorio. De manera temporal y transitoria, mientras esté vigente la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y de Protección Social con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19, el empleador deberá reconocer el valor establecido para el auxilio de transporte como auxilio de conectividad digital a los trabajadores que devenguen hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes y que desarrollen su labor en su domicilio. El auxilio de conectividad y el auxilio de transporte no son acumulables. |
Ministerio TICs | 6/3/2020 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Mantener el pago del auxilio de transporte a trabajadores que devenguen menos de 2 salarios minimos | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 64 | Acciones mínimas de evaluación e intervención de los factores de riesgo psicosocial, promoción de la salud mental y la prevención de problemas y trastornos mentales en los trabajadores en el marco de la actual emergencia sanitaria por sars-cov-2 (covid-19) en Colombia. | Ministerio del Trabajo | 4/17/2021 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Aplicación de la bateria de riesgo psicopsocial, de acuerdo a las disposiciones legales | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 22 | Sobre la no exigencia de prueba de sars-cov-2 (covid-19) por parte del empleador a trabajadores y aspirantes a un puesto de trabajo | Ministerio del Trabajo | 4/5/2021 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Prohibición prueba covid-19 para aspirantes a cargo - proceso de contratación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | 1887 | Por la cual se modifica el numeral 8.7 del Anexo Técnico 1 de la Resolución 1151 de 2021, modificado por la Resolución 1866 de 2021, en relación con la aplicación de refuerzos en la población priorizada | Ministerio de Salud y Protección Social | 11/23/2021 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Esquema de vacunación | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular conjunta | 4 | Recomendaciones para la protección laboral durante el cuarto pico de la pandemia por sars-cov-2 (covid-19). | Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio del Trabajo | 1/13/2021 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Mantenimienrto e implementación del protyocolo de bioseguridad | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | 419 | Por la cual se modifican los Anexos Técnicos 1 y 6 de la Resolución 1151 de 2021, en relación con la aplicación de segundos refuerzos a población con condiciones clínicas particulares, de esquemas primarios con vacunas heterólogas y respecto a la conservación de vacunas contra la COVID-19 del biológico Pfizer BioNTech | Ministerio de Salud y Protección Social | 2/28/2022 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Esquema de vacunació | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | 666 | Por la cual se prorroga la emergencia sanitaria por el coronavirus COVID-19, declarada mediante Resolución 385 de 2020, prorrogada por las Resoluciones 844, 1462, 2230 de 2020, 222, 738, 1315, 1913 de 2021 y 304 de 2022 | Ministerio de Salud y Protección Social | 4/28/2022 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Cumplimiento del protocolo de bioseguridad | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 655 | Por el cual se imparten Instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público, se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable y la reactivación económica segura | Ministerio de Salud y Protección Social | 4/28/2022 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Cumplimiento del protocolo de bioseguridad | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | 692 | Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad | Ministerio de Salud y Protección Social | 4/29/2022 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Actualización del protocolo de bioseguridad | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 768 | Por el cual se actualiza la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones | Ministerio del Trabajo | 5/18/2022 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Revisar la calsificación del rivel de riesgo, según actividad economica de la empresa. | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular conjunta | 16 | instrucciones para la gestión y mitigación del riesgo en los ambientes de trabajo, en el marco del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, por el contagio de la covid-19. | Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio del Trabajo | 4/1/2022 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Implementación del SGSST y Protocolo de Bioseguridad | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 2191 | Por medio de la cual se regula la desconexión laboral – ley de desconexión laboral |
Congreso de la República de Colombia | 1/6/2022 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Implementar y mantener la desconexión laboral de los trabajadores en las relaciones laborales dentro de las diferentes modalidades de contratación vigentes | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Resolución | 4272 | Por la cual se establecen los requisitos mínimos de seguridad para el desarrollo de trabajo en alturas. | Ministerio del Trabajo | 12/27/2021 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Implementar el presente requisito legal | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 72 | Registro anual de autoevaluaciones y planes de mejoramiento del SG-SST | Ministerio del Trabajo | 11/30/2021 | SGSST | Gerencia Responsable del SGSST |
Constancia de reporte de autoevaluación del SGSST | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 144 | requisito para acceder a la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales, a partir de ahora los trabajadores independientes deberán diligenciar el formato e instructivo de identificación de peligros | Ministerio del Trabajo | 1/23/2017 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1178 | por medio del cual establecen los requisitos técnicos y de seguridad para proveedores del servicio de capacitación y entrenamiento en protección contra caídas en trabajos en Altura. | Ministerio del Trabajo | 3/28/2017 | SG-SST | Responsable SST | Programa gestión de riesgo trabajo en alturas | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1111 | por medio del cual glamenta los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en el marco del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales para los empleadores y contratantes | Ministerio del Trabajo | 3/27/2017 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1822 | Por el cual se fija el aumento de semanas de licencia de maternidad | Congreso de la República de Colombia | 1/4/2017 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 52 | Por el cual se modifica el articulo 2,2,4,6,36 transicion para la emplementacion del sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el trabajo | Ministerio del Trabajo | 1/12/2017 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 4776 | "Por la cual se adiciona el formato uniforme de resultados de la Revisión Técnico Mecánica y de emisiones contaminantes para vehículos automotores en el territorio nacional y se adopta el Anexo 3" | Ministerio del trasporte | 11/9/2016 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1310 | "Por el cual se modifica el Decreto 1079 de 2015, en relación con el Plan Estratégico de Seguridad Vial": Artículo 1. Modifíquense los parágrafos 2 y 4, e inclúyase un parágrafo nuevo en el artículo 2.3.2.3.2 del Capítulo 3 del Título 2 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015, los cuales quedarán así: "Parágrafo 2°. Las entidades, organizaciones o empresas públicas o privadas, tendrán plazo hasta el último día hábil del mes de diciembre de 2016, para efectuar la entrega del Plan Estratégico de Seguridad Vial.(... ) Parágrafo 4°. Las entidades, organizaciones o empresas públicas o privadas que a la fecha de entrada en vigencia del presente parágrafo hayan efectuado la entrega del Plan Estratégico de Seguridad Vial en cumplimiento de los plazos indicados en los decretos 2851 de 2013 y 1906 de 2015, podrán ajustarlo y modificarlo teniendo como plazo de entrega el indicado en el parágrafo 2° de este artículo, sin perjuicio de implementarlo preventivamente hasta que sea evaluado y aprobado por la entidad correspondiente. |
Ministerio del trasporte | 10/08/2016 |
SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 4927 | Por el cual se establece los paraetros y requisitos de la capacitacion para desarrollar y certificar la capacitacion virtual de 50 horas en SG-SST | Ministerio del Trabajo | 11/23/2016 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1231 | Por la cual se adopta el documento Guía para la Evaluación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial. | Ministerio del trasporte | 4/5/2016 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 308 | Por medio del cual se adopta el Plan Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres Artículo 1. Adopción del Plan Nacional Gestión del Riesgo Desastres. |
Presidencia de la República de Colombia | 2/24/2016 | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 40122 |
Por el cual se adiciona y modifica el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público - RETILAP | Ministerio de Minas y Energías | 2/8/2016 | SG-SST | Responsable SST | Alumbrado Publico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 348 | Por el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor especial y se adoptan otras disposiciones. | Ministerio de Transporte | 2/25/2015 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTION ADMINISTRATIVA | Resolucion | 20223040040595 | "Por la cual se adopta la metodología para el diseño, inplementacion y verificacion de los Planes Estrategicos de Seguridad Vial y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Transporte | 7/12/2022 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 472 | Por el cual se reglamentan los criterios de graduación de las multas por infracción a las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales, se señalan normas para la aplicación de la orden de clausura del lugar de trabajo o cierre definitivo de la empresa y paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Transporte | 2015 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 6045 | Por la cual se adopta el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2013-2021 | Ministerio del Trabajo | 12/30/2014 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 256 | Por medio de la cual se reglamenta la confirmacion, capacitación y entrenamiento de brigadas contraincendios de los sectores energeticos, industrial, petrolero, portuario, comercial y similar en Colombia. | Dirección Nacional de Bomberos | 10/21/2014 | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3368 | Por la cual se modifica parcialmente la Resolucion 1409 de 2012 y se dictas otras disposiciones…Coordinador de trabajo en alturas | Ministerio del Trabajo | 8/12/2014 | SG-SST | Responsable SST | Programa de gestión de riesgos en alturas | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1441 | Por el cual se prorroga el plazo establecido en el artículo 5° del Decreto 1637 de 2013..Artículo 1°. Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2014, el plazo establecido en el artículo 5° del Decreto 1637 de 2013, para que los corredores de seguros, las agencias y agentes de seguros acrediten los requisitos en materia de idoneidad profesional e infraestructura humana y operativa y para que se registren en el Registro Único de Intermediarios. | Ministerio del Trabajo | 7/31/2014 | SG-SST | Responsable SST | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2973 | Por medio del cual se modifica el Decreto 2555de 2010 en relación con el régimen de las reservas técnicas de las entidades aseguradoras y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Hacienda y Crédito Público | 12/20/2013 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2943 | Por el cual se modifica el parágrafo 1°del artículo 40 del Decreto 1406 de 1999 (En el Sistema General de Riesgos" Laborales las Administradoras de Riesgos Laborales reconocerán las incapacidades temporales desde el día siguiente de ocurrido el accidente de trabajo o la enfermedad diagnosticada como laboral.) | Ministerio del Trabajo | 12/17/2013 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2923 | Artículo 1°. Objeto. El objeto del presente decreto es establecer el Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Profesionales. |
Ministerio de Salud y Protección Social | 8/12/2011 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 90708 | Por la cual se expide el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas –RETIE. | Ministerio de Minas y Energías | 8/30/2013 | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 38 | Espacios libres de humo y sustancias psicoactivas (SPA) en las empresas | Ministerio de Salud y Protección Social | 6/9/2010 | SG-SST | Responsable SST | Política prevención de SPA | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 181331 | Reglamento técnico de iluminación y alumbrado público | Ministerio de Minas y Energías | 8/6/2010 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1486 | Establece lineamientos para el cumplimiento de la resolución 0736 del Ministerio de la Protección social, sobre el trabajo en alturas. | SENA | 6/4/2009 | SG-SST | Responsable SST | Programa gestión de riesgo trabajo en alturas | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1309 | Establece el contenido del Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, solo para empresas de más de 10 trabajadores. | Ministerio del Trabajo | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Reglamento de Hiegiene y Seguridad industrial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO LEY | 2663 | En el Código Sustantivo de Trabajo se exige al empleador proteger a los trabajadores en los centros de trabajo. Además, elaborar un reglamento de higiene y seguridad industrial, suministrar y acondicionar locales y equipos de trabajo que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores, adoptar medidas de higiene y seguridad indispensables para la protección de la vida, la salud y la moralidad de los trabajadores al servicio del empleador. | Ministerio del Trabajo | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Reglamento de Hiegiene y Seguridad industrial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 180466 | Modificación del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas | Ministerio del Trabajo | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1239 | Se modifican los art. 106 y 107, limites permisibles de velocidad en calles y carreteras | Ministerio de Transporte | 2008 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 19200 | Todos los vehículos automotores que transiten por las vías del territorio nacional, incluyendo las urbanas, deberán portar en los asientos delanteros el cinturón de seguridad. Los cinturones de seguridad que portarán los vehículos que transitan por las vías del territorio nacional, incluyendo las urbanas deberán cumplir con las características técnicas, de fijación o anclaje contempladas en la norma Icontec NTC-1570, o la norma que la modifique o sustituya. | Ministerio de Transporte | 2002 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 1239 | Fija velocidad máxima permisible según la autoridad nacional o departamental hasta un máximo de 120 Km/h dependiendo de las especificaciones de la vía; por parte de la autoridad municipal en ningún caso sobrepasará 80 Km/h. La de vehículos de servicio público, de carga y de transporte escolar, será de 60 Km/h. En zonas residenciales y escolares hasta de 30 Km/h.Modifica el Código Nacional de Tránsito en los artículos 106 y 107. | Congreso de la República de Colombia | 2008 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | se modifican los art. 106 y 107, limites permisibles de velocidad en calles y carreteras. | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | |||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 9 | Todos los equipos, herramientas, instalaciones y redes eléctricas deben ser diseñados, construidos, instalados, mantenidos, acondicionados y señalizados para prevenir incendio y evitar contacto con elementos sometidos a alta tensión. Los trabajadores expuestos a riesgos eléctricos deben ser dotados de materiales de trabajo y EPP adecuados al riesgo. | Presidencia de la República de Colombia | 1979 | SG-SST | Responsable SST | Matriz de identificaicón de Peligros | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proporcionar a cada trabajador, sin costo, EPP en cantidad y calidad de acuerdo con los riesgos, normas y regulaciones técnicas | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Matriz de E.PP | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Instalar, operar y mantener en forma eficiente los sistemas, maquinarias, equipos, herramientas y mecanismos de control necesarios para prevenir accidentes y enfermedades | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Programa gestión de riesgo Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Contar con iluminación suficiente en cantidad y calidad | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Matriz de identificaicón de Peligros | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Disponer personal adiestrado, métodos, equipos y materiales adecuados y suficientes para prevención y extinción de incendios. Los equipos y dispositivos de extinción de incendios deben ser diseñados, construidos y mantenidos para que puedan ser usados de inmediato con máxima eficiencia | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proporcionar a las autoridades competentes las facilidades requeridas para la ejecución de inspecciones e investigaciones | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Mantener en buen estado de presentación y limpieza las instalaciones | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Programa de orden y aseo | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los vehículos, equipos de izar, bandas transportadoras y demás elementos para manejo y transporte de materiales se deben mantener y operar en forma segura. | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los pisos de locales de trabajo y patios deberán ser impermeables, sólidos y antideslizantes, deben mantenerse en buenas condiciones y en lo posible secos. En procesos húmedos proveer la inclinación y canalización para el completo escurrimiento de los líquidos, de ser necesario instalar plataformas o falsos pisos que permitan áreas de trabajo secas. | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tomar medidas en la importación, fabricación, almacenamiento, transporte, manejo y disposición de sustancias peligrosas. Para prevenir daños a la salud humana, animal o al ambiente | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Divulgar los riesgos de producción, manejo o almacenamiento de sustancias peligrosas al personal potencialmente expuesto, incluyendo una clara titulación de productos, demarcación de las áreas donde se opere con ellos con información sobre medidas preventivas y de emergencia | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tener puertas de salida en número suficiente y apropiadas para facilitar la evacuación, no podrán mantenerse obstruidas o con seguro, las vías de acceso a salidas de emergencia deben estar claramente señalizadas | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los cilindros para gases comprimidos y otros recipientes a presión, sus accesorios y aditamentos deben ser diseñados, construidos y operados de acuerdo con las normas y regulaciones técnicas. | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tener adecuada distribución, zonas específicas para los distintos usos y actividades, claramente separadas, delimitadas o demarcadas, espacios independientes para depósitos de materias primas, elaboración, procesos especiales, depósitos de productos terminados y demás secciones requeridas | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tener ventilación para garantizar suministro de aire limpio y fresco en forma permanente y suficiente | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 52 | Por el cual se modifica el articulo 2,2,4,6,36 transicion para la emplementacion del sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el trabajo | Ministerio del Trabajo | 1/12/2017 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 4776 | "Por la cual se adiciona el formato uniforme de resultados de la Revisión Técnico Mecánica y de emisiones contaminantes para vehículos automotores en el territorio nacional y se adopta el Anexo 3" | Ministerio del trasporte | 11/9/2016 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1310 | "Por el cual se modifica el Decreto 1079 de 2015, en relación con el Plan Estratégico de Seguridad Vial": Artículo 1. Modifíquense los parágrafos 2 y 4, e inclúyase un parágrafo nuevo en el artículo 2.3.2.3.2 del Capítulo 3 del Título 2 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015, los cuales quedarán así: "Parágrafo 2°. Las entidades, organizaciones o empresas públicas o privadas, tendrán plazo hasta el último día hábil del mes de diciembre de 2016, para efectuar la entrega del Plan Estratégico de Seguridad Vial. (... ) Parágrafo 4°. Las entidades, organizaciones o empresas públicas o privadas que a la fecha de entrada en vigencia del presente parágrafo hayan efectuado la entrega del Plan Estratégico de Seguridad Vial en cumplimiento de los plazos indicados en los decretos 2851 de 2013 y 1906 de 2015, podrán ajustarlo y modificarlo teniendo como plazo de entrega el indicado en el parágrafo 2° de este artículo, sin perjuicio de implementarlo preventivamente hasta que sea evaluado y aprobado por la entidad correspondiente. |
Ministerio del trasporte | 10/08/2016 |
SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 4927 | Por el cual se establece los paraetros y requisitos de la capacitacion para desarrollar y certificar la capacitacion virtual de 50 horas en SG-SST | Ministerio del Trabajo | 11/23/2016 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1231 | Por la cual se adopta el documento Guía para la Evaluación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial. | Ministerio del trasporte | 4/5/2016 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 308 | Por medio del cual se adopta el Plan Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres Artículo 1. Adopción del Plan Nacional Gestión del Riesgo Desastres. |
Presidencia de la República de Colombia | 2/24/2016 | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 40122 |
Por el cual se adiciona y modifica el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público - RETILAP | Ministerio de Minas y Energías | 2/8/2016 | SG-SST | Responsable SST | Alumbrado Publico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 348 | Por el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor especial y se adoptan otras disposiciones. | Ministerio de Transporte | 2/25/2015 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 472 | Por el cual se reglamentan los criterios de graduación de las multas por infracción a las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales, se señalan normas para la aplicación de la orden de clausura del lugar de trabajo o cierre definitivo de la empresa y paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Transporte | 2015 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 6045 | Por la cual se adopta el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2013-2021 | Ministerio del Trabajo | 12/30/2014 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 256 | Por medio de la cual se reglamenta la confirmacion, capacitación y entrenamiento de brigadas contraincendios de los sectores energeticos, industrial, petrolero, portuario, comercial y similar en Colombia. | Dirección Nacional de Bomberos | 10/21/2014 | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3368 | Por la cual se modifica parcialmente la Resolucion 1409 de 2012 y se dictas otras disposiciones…Coordinador de trabajo en alturas | Ministerio del Trabajo | 8/12/2014 | SG-SST | Responsable SST | Programa de gestión de riesgos en alturas | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1441 | Por el cual se prorroga el plazo establecido en el artículo 5° del Decreto 1637 de 2013..Artículo 1°. Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2014, el plazo establecido en el artículo 5° del Decreto 1637 de 2013, para que los corredores de seguros, las agencias y agentes de seguros acrediten los requisitos en materia de idoneidad profesional e infraestructura humana y operativa y para que se registren en el Registro Único de Intermediarios. | Ministerio del Trabajo | 7/31/2014 | SG-SST | Responsable SST | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2973 | Por medio del cual se modifica el Decreto 2555de 2010 en relación con el régimen de las reservas técnicas de las entidades aseguradoras y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Hacienda y Crédito Público | 12/20/2013 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2943 | Por el cual se modifica el parágrafo 1°del artículo 40 del Decreto 1406 de 1999 (En el Sistema General de Riesgos" Laborales las Administradoras de Riesgos Laborales reconocerán las incapacidades temporales desde el día siguiente de ocurrido el accidente de trabajo o la enfermedad diagnosticada como laboral.) | Ministerio del Trabajo | 12/17/2013 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2923 | Artículo 1°. Objeto. El objeto del presente decreto es establecer el Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Profesionales. |
Ministerio de Salud y Protección Social | 8/12/2011 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 90708 | Por la cual se expide el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas –RETIE. | Ministerio de Minas y Energías | 8/30/2013 | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 38 | Espacios libres de humo y sustancias psicoactivas (SPA) en las empresas | Ministerio de Salud y Protección Social | 6/9/2010 | SG-SST | Responsable SST | Política prevención de SPA | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 181331 | Reglamento técnico de iluminación y alumbrado público | Ministerio de Minas y Energías | 8/6/2010 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1486 | Establece lineamientos para el cumplimiento de la resolución 0736 del Ministerio de la Protección social, sobre el trabajo en alturas. | SENA | 6/4/2009 | SG-SST | Responsable SST | Programa gestión de riesgo trabajo en alturas | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1309 | Establece el contenido del Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, solo para empresas de más de 10 trabajadores. | Ministerio del Trabajo | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Reglamento de Hiegiene y Seguridad industrial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO LEY | 2663 | En el Código Sustantivo de Trabajo se exige al empleador proteger a los trabajadores en los centros de trabajo. Además, elaborar un reglamento de higiene y seguridad industrial, suministrar y acondicionar locales y equipos de trabajo que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores, adoptar medidas de higiene y seguridad indispensables para la protección de la vida, la salud y la moralidad de los trabajadores al servicio del empleador. | Ministerio del Trabajo | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Reglamento de Hiegiene y Seguridad industrial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 180466 | Modificación del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas | Ministerio del Trabajo | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1239 | Se modifican los art. 106 y 107, limites permisibles de velocidad en calles y carreteras | Ministerio de Transporte | 2008 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 19200 | Todos los vehículos automotores que transiten por las vías del territorio nacional, incluyendo las urbanas, deberán portar en los asientos delanteros el cinturón de seguridad. Los cinturones de seguridad que portarán los vehículos que transitan por las vías del territorio nacional, incluyendo las urbanas deberán cumplir con las características técnicas, de fijación o anclaje contempladas en la norma Icontec NTC-1570, o la norma que la modifique o sustituya. | Ministerio de Transporte | 2002 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1239 | Fija velocidad máxima permisible según la autoridad nacional o departamental hasta un máximo de 120 Km/h dependiendo de las especificaciones de la vía; por parte de la autoridad municipal en ningún caso sobrepasará 80 Km/h. La de vehículos de servicio público, de carga y de transporte escolar, será de 60 Km/h. En zonas residenciales y escolares hasta de 30 Km/h.Modifica el Código Nacional de Tránsito en los artículos 106 y 107. | Congreso de la República de Colombia | 2008 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | se modifican los art. 106 y 107, limites permisibles de velocidad en calles y carreteras. | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | |||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 9 | Todos los equipos, herramientas, instalaciones y redes eléctricas deben ser diseñados, construidos, instalados, mantenidos, acondicionados y señalizados para prevenir incendio y evitar contacto con elementos sometidos a alta tensión. Los trabajadores expuestos a riesgos eléctricos deben ser dotados de materiales de trabajo y EPP adecuados al riesgo. | Presidencia de la República de Colombia | 1979 | SG-SST | Responsable SST | Matriz de identificaicón de Peligros | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proporcionar a cada trabajador, sin costo, EPP en cantidad y calidad de acuerdo con los riesgos, normas y regulaciones técnicas | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Matriz de E.PP | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Instalar, operar y mantener en forma eficiente los sistemas, maquinarias, equipos, herramientas y mecanismos de control necesarios para prevenir accidentes y enfermedades | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Programa gestión de riesgo Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Contar con iluminación suficiente en cantidad y calidad | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Matriz de identificaicón de Peligros | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Disponer personal adiestrado, métodos, equipos y materiales adecuados y suficientes para prevención y extinción de incendios. Los equipos y dispositivos de extinción de incendios deben ser diseñados, construidos y mantenidos para que puedan ser usados de inmediato con máxima eficiencia | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proporcionar a las autoridades competentes las facilidades requeridas para la ejecución de inspecciones e investigaciones | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Mantener en buen estado de presentación y limpieza las instalaciones | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Programa de orden y aseo | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los vehículos, equipos de izar, bandas transportadoras y demás elementos para manejo y transporte de materiales se deben mantener y operar en forma segura. | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los pisos de locales de trabajo y patios deberán ser impermeables, sólidos y antideslizantes, deben mantenerse en buenas condiciones y en lo posible secos. En procesos húmedos proveer la inclinación y canalización para el completo escurrimiento de los líquidos, de ser necesario instalar plataformas o falsos pisos que permitan áreas de trabajo secas. | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tomar medidas en la importación, fabricación, almacenamiento, transporte, manejo y disposición de sustancias peligrosas. Para prevenir daños a la salud humana, animal o al ambiente | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Divulgar los riesgos de producción, manejo o almacenamiento de sustancias peligrosas al personal potencialmente expuesto, incluyendo una clara titulación de productos, demarcación de las áreas donde se opere con ellos con información sobre medidas preventivas y de emergencia | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tener puertas de salida en número suficiente y apropiadas para facilitar la evacuación, no podrán mantenerse obstruidas o con seguro, las vías de acceso a salidas de emergencia deben estar claramente señalizadas | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los cilindros para gases comprimidos y otros recipientes a presión, sus accesorios y aditamentos deben ser diseñados, construidos y operados de acuerdo con las normas y regulaciones técnicas. | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tener adecuada distribución, zonas específicas para los distintos usos y actividades, claramente separadas, delimitadas o demarcadas, espacios independientes para depósitos de materias primas, elaboración, procesos especiales, depósitos de productos terminados y demás secciones requeridas | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tener ventilación para garantizar suministro de aire limpio y fresco en forma permanente y suficiente | Presidencia de la República de Colombia | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2400 | Tener en cuenta los límites de mezcla explosiva donde se produzcan vapores de líquidos combustibles para cada sustancia; gasolina y aire dentro de 1,4 a 6,5% por volumen; acetileno de 2,5 a 80%, amoníaco de 16 a 25%. | Ministerio del Trabajo | 1979 | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Utilizar los colores básicos recomendados por la American Standard Association, para identificación. Rojo para señalar elementos y equipos de protección contra el fuego, recipientes para almacenar líquidos inflamables, barras o dispositivos que accionan mecanismos de parada en máquinas y controles eléctricos, recipientes para lavado y desengrase de piezas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El color naranja para señalar partes peligrosas de maquinaria y/o equipos; contorno de cajas de control de maquinaria; interior de guardas y protecciones. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El color amarillo para señalar zonas peligrosas con avisos de precaución; equipos de construcción, esquinas de lugares de almacenamiento; bordes expuestos y sin guardas, aberturas; pasamanos, barandas y partes superior e inferior de escaleras fijas peligrosas; grúas de taller y equipo utilizado para transporte y movilización de materiales; pilares, postes o columnas que puedan ser golpeados; demarcación de áreas de trabajo y almacenamiento (franjas de 5 cm). | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El color verde para señalar seguridad, equipos de primeros auxilios, botiquines, camillas, máscaras contra gases, cartelera de seguridad e instrucciones de seguridad; avisos de seguridad en máquinas; soportes para materiales, para cilindros y mangueras. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El color azul para indicar PREVENCIÓN. El color gris para elementos de aseo, ropas y lockers. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El color aluminio para pintar superficies metálicas expuestas a radiación solar, cilindros de gas propano, escape de motores, superficies expuestas a altas temperaturas; silenciadores de motores. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El color blanco para señalar demarcación de zonas de circulación, dirección o sentido de circulación o vía; indicación en el piso de recipientes de basura. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El color negro para tuberías de corriente trifásica, conductos y bajantes de aguas negras; base de máquinas y patas de bancos de trabajo. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Identificar sistemas de tuberías con letreros que den el nombre del contenido, completo o abreviado y usar flechas para indicar el flujo del contenido de la tubería. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Construir, instalar, proteger, aislar y conservar todas las instalaciones, máquinas, aparatos y equipos eléctricos. El aislamiento y separación debe ser eficaz; mantener las distancias mínimas de acuerdo con el voltaje, fijadas por las normas internacionales. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ningún operario debe trabajar en un circuito vivo hasta tanto no reciba las instrucciones apropiadas, ni efectuar reparaciones, alteraciones o inspecciones que requieran su manipulación, excepto en los casos de emergencia, bajo la supervisión personal del jefe respectivo. Los circuitos vivos deberán ser desconectados antes de comenzar a trabajar en ellos. Los circuitos muertos o desconectados deberán ser tratados como si estuvieran vivos. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las herramientas manuales eléctricas, lámparas portátiles y otros aparatos similares, deben ser de voltaje reducido (no superior a 27 voltios), provistas de mango aislante, dispositivo protector y cable resistente; los equipos, máquinas, aparatos, etc., deben estar conectados a tierra. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En los sistemas eléctricos, las instalaciones deben estar protegidas contra toda clase de rozamiento o impacto; las paredes al descubierto de los circuitos y equipos eléctricos deben estar resguardadas de contactos accidentales. Evitar la presencia de cables dispersos en el piso y zonas de trabajo para evitar deterioro y riesgos de cortocircuitos y accidentes. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Mantener en perfectas condiciones de funcionamiento y siempre tapadas las cajas de distribución de fusibles e interruptores. En los tableros de distribución o que controlan fusibles para corriente alterna o tensión que exceda de 50 voltios a tierra, que tengan elementos metálicos bajo tensión al descubierto, se deben instalar en locales especiales y accesibles únicamente al personal autorizado. Los pisos de esos locales deben ser en material aislante. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Aislar por medio de barreras u otros dispositivos de protección, los generadores y transformadores eléctricos, no permitir la entrada a personal extraño; colocar avisos sobre tal medida. Prohibir a los trabajadores efectuar reparaciones en las máquinas cuando estén en funcionamiento; solamente los jefes, podrán hacer las “reparaciones de emergencia” con las máquinas en funcionamiento, cuando dicha reparación se pueda efectuar sin peligro. No poner en marcha ninguna máquina antes de comprobar que todas sus piezas estén en el sitio preciso y debidamente aseguradas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las instalaciones y demás maniobras de aparatos y máquinas eléctricas, deben ofrecer las máximas condiciones de seguridad para el personal en su construcción, disposición y en medidas de prevención adoptadas, tales como plataformas, aislantes, tenazas de materiales aislantes, guantes de caucho (goma), calzado con suelas de goma, etc. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Actuar siempre en los sistemas eléctricos como si todos los circuitos estuviesen conectados a tierra y aislar el cuerpo debidamente contra todos los conductores. Los armazones de los motores, las cajas de interruptores, los transformadores, etc, deben estar bien conectados a tierra. Las partes metálicas de los aparatos y máquinas deben tener conectada a tierra una línea suficientemente gruesa para transportar las descargas eléctricas que se puedan producir. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Conectar a tierra las armaduras de los conductores eléctricos, sus canalizaciones, accesorios y demás elementos metálicos del equipo que no estén bajo tensión. Las conexiones no tendrán interruptor y se protegerán mecánicamente en aquellos lugares donde se puedan estropear. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las escaleras de mano empleadas en instalaciones eléctricas deben ser sólidas y seguras, provistas en su extremo superior de ganchos de seguridad y en su extremo inferior del dispositivo antideslizante. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Instalar en cuartos aislados los motores eléctricos en cuyo interior puedan producirse chispas o arcos, aislarlos de fuentes de gases explosivos o inflamables. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tomar medidas de control para la eliminación de la electricidad estática que se acumula en la superficie de los cuerpos o sustancias no conductoras o aislantes, como caucho, papel, vidrio, fibras textiles, materias plásticas, etc., en forma de cargas electroestáticas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los aparatos, instalaciones, equipos y operaciones industriales en donde se producen cargas electroestáticas por efecto del frotamiento, deberán tener conexiones a tierra para descargar la electricidad estática o neutralizarse por cualquier otro dispositivo aprobado por las autoridades del trabajo.. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Cuando se transvasen fluidos volátiles de un tanque depósito a un vehículo–tanque, la estructura metálica del primero será conectada a la del segundo y también a tierra si el vehículo tiene llantas de caucho. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Evitar los riesgos de incendio o explosión por la acumulación de la electricidad estática, en las operaciones de limpieza de recipientes o tanques que hayan contenido vapores de inflamables, utilizando chorros de vapor de agua; conectando la boquilla a la pared del recipiente y controlando el flujo del vapor en la entrada del tanque o recipiente. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El abastecimiento de aire a una máscara o respirador no puede exceder una presión de 1.75 kg / cm2 (25 lb / in2), ni ser inyectado directamente a la máscara o respirador, sin antes haber sido filtrado en la línea de aire. La distancia entre la fuente y el respirador no excederá de 45 m; la distancia entre la fuente y la máscara a manguera no excederá de 7.5 m. El diámetro interior de la manguera no será menor de 2.5 cm y será de tipo rígido. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todo cilindro de gas comprimido debe llevar grabado en su estructura, en forma permanente, el nombre del fabricante, la presión máxima de trabajo y el número serial. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todo cilindro debe tener inscrito en forma indeleble y fácilmente visible la clase de gas, la presión máxima de carga permitida, el peso del cilindro vacío, su capacidad máxima de gas y el nombre del envasador. No se deben remover, cambiar o alterar marcas o números de identificación de los cilindros. Los cilindros para gases comprimidos, licuados, disueltos, se demarcarán para la identificación de su contenido, por medio de colores, de acuerdo con las especificaciones del Código de Colores de la American Standard Association. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los cilindros que contengan gases combustibles no deben estar en locales donde se efectúen trabajos de soldadura y oxicorte, y los cilindros de oxigeno deben guardarse separados de todos los demás. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todos los aditamentos para los cilindros de oxigeno y demás gases oxidantes deben conservarse sin grasa o aceite. Las conexiones para cilindros de gases inflamables tendrán rosca izquierda y para las demás clases de gases, rosca derecha. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las válvulas de los cilindros estarán provistas de sus correspondientes dispositivos de seguridad. Las válvulas de los cilindros no deben ser removidas o separadas sino por el envasador responsable. Las válvulas debern ser protegidas por medio de tapas provistas de orificio de escape. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No usar llaves o herramientas en las válvulas de los cilindros, que no estén aprobadas por el envasador de gas. No debe martillarse ni forzarse su volante para abrirla o cerrarla. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los cilindros que contengan gas comprimido deben ser almacenados en sitios destinados solamente para tal fin, con ventilación adecuada, y separados de sustancias inflamables y de operaciones de soldadura con llama abierta. No usar sitios subterráneos para almacenamiento de gases comprimidos. Cuando estén almacenados dentro de una zona de trabajo, el espacio que ocupen debe estar aislado por paredes construidas de materiales incombustibles, con salidas de emergencia. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los cilindros que contengan gases comprimidos se podrán almacenar al aire libre, si están adecuadamente protegidos contra los cambios bruscos de temperatura, los rayos directos del sol, o la humedad permanente. Los cilindros llenos y vacíos deberán ser almacenados por separado y en forma ordenada. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Prohibir fumar en los sitios de almacenamiento de los cilindros que contengan gases inflamables; señalar por medio de avisos apropiados colocados en lugares visibles. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los cilindros de gases comprimidos deben ser manejados únicamente por personas bien instruidas y experimentadas en su uso. En caso de duda sobre el verdadero contenido de un cilindro, debe devolverse inmediatamente al proveedor. Debe evitarse la caida de cilindros. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No almacenar cilindros que contengan tipos de gases comprimidos en combinaciones prohibidas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las conexiones a los cilindros en servicio deben estar firmemente apretadas para evitar fugas. No debe utilizarse llama como detector de fugas de gases inflamables, sino agua jabonosa u otro procedimiento adecuado. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los órganos móviles deben ser provistos de la adecuada protección por medio de guardas metálicas o resguardas de tela metálica que encierre las partes expuestas a riesgos de accidente. Los engranajes, siempre que ofrezcan peligro, deben estar protegidos convenientemente, y estas protecciones deberán disponerse en tal forma que, sin necesidad de levantarlas, permitan el engrasado. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No quitar o anular los resguardos, aparatos o dispositivos de seguridad que protejan una máquina o una parte de la misma que sea peligrosa, excepto cuando la máquina esté parada con el fin de arreglar o reparar dichos resguardos, accesorios o dispositivos. Informar inmediatamente defectos o deficiencias en máquinas o resguardos. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Cualquier parte de las máquinas o equipos que debido a su movimiento o funcionamiento mecánico ofrezca riesgos al personal, deben estar resguardadas adecuadamente. Los resguardos deben ser diseñados, construidos y utilizados de tal manera que suministren protección efectiva y prevengan todo acceso a la zona de peligro y no deben interferir con el funcionamiento de la máquina, ni ocasionar un riesgo para el personal. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Se deberán tomar todas las medidas para resguardar adecuadamente el punto de operación de las máquinas. Toda máquina de tipo antiguo que no posea la protección debida será objeto de estudio para adaptar un resguardo adecuado en el punto de operación. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | A las transmisiones por correas, cuerdas o cadenas, árboles inclinados o verticales, que se encuentren situados a 3 m o menos sobre el suelo o sobre una plataforma de trabajo que ofrezca peligro de contacto para las personas o para sus prendas de vestir, se les colocará guardas de protección. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No utilizar resguardos de mallas de alambres en ninguna parte de las máquinas que produzcan partículas orgánicas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las herramientas de tipo eléctrico deben ser revisadas antes de ponerlas en funcionamiento, para corregir posibles aislamientos defectuosos o conexiones rotas. Todas las herramientas eléctricas de más de 50 voltios entre fases, deben tener la adecuada conexión a tierra. No permitir el uso de herramientas de mano con voltajes superiores a los 120 voltios, con conexiones a tierra. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No usar herramientas eléctricas en sitios donde puedan existir gases o vapores inflamables, a no ser que sean diseñadas a prueba de gases. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todas las herramientas eléctricas de envoltura metálica, deben llevar empuñaduras de material dieléctrico o aislante. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No permitir que las piezas sobre las cuales se realicen trabajos con herramientas portátiles, sean sostenidas con las manos. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los operadores de herramientas eléctricas no deben trabajar sobre pisos húmedos o pisos metálicos, y sus ropas estarán completamente secas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las mangueras de las herramientas accionadas por aire o gas comprimido, deben ser de buena calidad, con acoplamiento o conexiones seguras y no serán colocadas en los pasillos en forma que obstaculicen el tránsito. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Antes de poner la línea de conducción del aire o gas bajo presión, asegurar que la válvula de control de la herramienta esté cerrada. Esta presión no debe exceder de la máxima indicada por el fabricante. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Antes de cambiar una herramienta neumática por otra, cerrar la válvula de paso del aire o gas. No debe doblarse la manguera para efectuar esta operación. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los gatillos de funcionamiento de las herramientas neumáticas portátiles, se colocarán de tal forma que las máquinas no puedan funcionar accidentalmente, y estarán diseñadas para cerrar automáticamente la válvula de entrada del aire, cuando el operario deje de efectuar presión sobre el mismo. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Disponer gafas o viseras cuando se necesite protección contra partículas que vuelen y respiradores y capuchones o máscaras cuando se encuentre expuesto a polvos dañinos o perjudiciales que sea imposible eliminarlos en el punto de origen. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los taladros, barrenos, rectificadoras utilizados con herramientas eléctricas portátiles, deben estar provistos de mangas telescópicas o de resguardos del tipo de muelle o resorte enrollado. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las mangueras y las conexiones utilizadas para conducir comprimidos a las herramientas neumáticas portátiles, estarán diseñadas para la presión y el servicio a que sean sometidas, firmemente unidas a los tubos de salida permanentes y mantenidas fuera de los pasillos y de los pasajes. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Prohibir la práctica de expulsar con la presión la herramienta de trabajo del equipo neumático portátil, efectuar la operación con la mano. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los mangos de las herramientas manuales deben ser de la mejor calidad, de forma y dimensiones adecuadas, superficies lisas, sin astillas o bordes agudos, ajustadas a las cabezas y firmemente aseguradas a ellas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las herramientas serán de material adecuado y no producir chispas, cuando existe un riesgo de ignición | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las herramientas manuales con filos agudos o con puntas agudas estarán provistas, cuando no se utilicen de resguardos para las puntas o filos. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los martillos, cortafríos, tajaderas, punzones y otras herramientas de percusión, deben ser de acero de calidad, lo suficientemente fuertes para soportar golpes sin formar rebordes extensivos en las cabezas y no tan duros como para romperse o astillarse. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tener un lugar apropiado para guardar las herramientas. El transporte de las herramientas de mano debe hacerse de tal forma que no ofrezca riesgo a los trabajadores. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No abandonar las herramientas manuales en los pasajes, escaleras o en lugares elevados de donde puedan caer sobre personas que se encuentran debajo. Proporcionar gabinetes o cajas de herramientas adecuados y otros medios convenientes para guardar las herramientas no utilizadas durante el trabajo; disponer de gabinetes, porta-herramientas o estantes adecuados convenientemente situados en los bancos o en las máquinas, para guardar las herramientas en uso. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Disponer cuando sea necesario, de carretillas de mano o carritos de herramientas para el transporte de herramientas pesadas, cuando el personal deba trasladarse a cualquier lugar del establecimiento. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Conservar las herramientas manuales en condiciones de seguridad e inspeccionarlas periódicamente por una persona competente. Reparar o sustituir las herramientas defectuosas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No utilizar los gatos para levantar pesos o cargas fuera de su capacidad nominal, colocarlos sobre bases sólidas y niveladas que permitan accionarlos sin riesgos de accidentes. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Constatar que los apoyos son resistentes con amplio factor de seguridad, una vez que los objetos son levantados o elevados mediante gatos a la altura deseada, antes de comenzar a trabajar. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No llevar en los bolsillos instrumentos o herramientas puntiagudos o cortantes, a menos que estén debidamente protegidos. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Emplear herramientas aisladas o no conductoras cuando haya peligro de electrochoques en las instalaciones eléctricas bajo tensión o cerca de tales instalaciones. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las herramientas portátiles accionadas por fuerza motriz, estarán construidas sin proyecciones de las partes expuestas con movimiento giratorio o alternativo. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las herramientas manuales deben ser de materiales de buena calidad y apropiadas al trabajo para el cual han sido fabricadas. Suministrar herramientas adecuadas para cada tipo de trabajo, y dar entrenamiento e instrucción para su uso en forma correcta. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos Mecánico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Disponer iluminación adecuada de acuerdo a la clase de labor que se realice, puede ser natural o artificial, o de ambos tipos. La iluminación natural debe disponer de una superficie de iluminación (ventanas, claraboyas, lumbreras, tragaluces, techos en diente de serrucho, etc.) proporcional a la del local y clase de trabajo que se ejecute, complementándose cuando sea necesario con luz artificial. Cuando no sea factible la iluminación natural, debe instalarse la artificial de modo que no produzca deslumbramiento, a causa de reflexión del foco luminoso en la superficie de trabajo o en la línea de visión, ni viciamiento de la atmósfera del local, ni ofrezca peligro de incendio o sea perjudicial para la salud de los trabajadores. El número de focos, su distribución e intensidad estará en relación con la altura, superficie del local y de acuerdo al trabajo que se realice. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Procurar que el trabajador no sufra molestias por la iluminación solar directa; utilizar un vidrio difusor, con coloración apropiada u otro dispositivo que evite el resplandor | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiológica visual | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Cuando se use iluminación suplementaria para las máquinas o aparatos, se ha de tener cuidado de que tengan pantalla adecuada que no de lugar a la proyección de contrastes de luz y sombra. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiológica visual | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los lugares de trabajo con mayor peligro de accidente, deben estar suficientemente iluminados, especialmente en aquellas operaciones o procesos en donde se manejen o funcionen máquinas-prensas, troqueladoras, cizallas, trituradoras, inyectoras, extrusoras, sierras, etc. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los niveles mínimos de intensidad de iluminación, para trabajos que necesiten diferenciación de detalles extremadamente finos, con muy poco contraste y durante largos períodos de tiempo de 1.000 a 2.000 lux; para diferenciación de detalles finos, con un grado regular de contraste y largos períodos de tiempo de 500 a 1.000 lux; para diferenciación no moderada de detalles la intensidad de iluminación es de 300 a 500 lux; para trabajos con poca diferenciación de detalles de 150 a 250 lux; en trabajos ocasionales que no requieren observación detallada la intensidad de iluminación será de 100 a 200 lux; para zonas de almacenamiento, pasillos para circulación de personal, etc. 200 lux; garajes, reparación de vehículos de 1.000 lux; cuartos para cambios de ropas 200 lux; trabajo regular de oficina 1.500 lux; corredores 200 lux; sanitarios 300 lux; bodegas 200 lux (una bujía-pie equivale a 10.76 lux). | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todas las ventanas, tragaluces, lumbreras, claraboyas y orificios por donde entre la luz solar, así como las pantallas, lámparas fluorescentes, etc., deben conservarse limpios y libres de obstrucciones y dispuestas en forma que la iluminación natural se reparta uniformemente en los lugares de trabajo, instalar cuando sea necesario, dispositivos que impidan el deslumbramiento. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La iluminación de tipo artificial debe ser uniforme y distribuida adecuadamente evitando sombras intensas, contrastes violentos y deslumbramientos. La relación entre los valores mínimos y máximos de iluminación, no será inferior a 0.8 lux. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Para labores nocturnas, instalar un sistema de iluminación de emergencia en las escaleras y salidas auxiliares. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Se permitie el uso de lámparas fluorescentes, siempre que se elimine el efecto estroboscópico | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todo lugar de trabajo debe contar con buena iluminación en cantidad y calidad y ventilación necesaria para mantener aire limpio y fresco permanentemente | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Evitar que botellas, cristales, equipos de vidrio de laboratorios, lupas, espejos y similares, sean causa de incendio por efecto de los rayos del sol. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Contar con extintores de incendio, de tipo adecuado a los materiales usados y a la clase de riesgo. El equipo que se disponga, debe mantenerse en perfecto estado de conservación y ser revisados como mínimo una vez al año. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El número total de extintores no será inferior a uno por cada 200 m2 de local o fracción. Se colocarán en las proximidades de los lugares de mayor riesgo o peligro y en sitios que se encuentren libres de todo obstáculo. El personal deberá ser instruido sobre el manejo de los extintores según el tipo, de acuerdo a la clase de fuego que se pueda presentar. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tomar medidas necesarias para que todo incendio en sus comienzos, pueda ser rápidamente combatido, disponer de suficiente número de tomas o bocas de agua y de las correspondientes mangueras con lanza, siempre que sea posible disponer de una instalación avisadora y extintora automática de “sprinklers”; disponer recipientes llenos de arena, cubos, palas y picos y de algunas cubiertas de lona ignífuga. Todos los equipos, aparatos y materiales para combatir el incendio se deben mantener en perfecto estado de conservación y funcionamiento. Instruir al personal sobre los métodos de salvamento y actuación, en los casos de incendio y proporcionar todos los medios y elementos necesarios para el cumplimiento de su función. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Establecer una Brigada de Incendio, constituida por personal voluntario debidamente entrenado dentro de las zonas de trabajo del establecimiento. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Usar pintura de color rojo para identificar el sitio de ubicación de los equipos de extinción. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Cuando ocurran o se presenten incendios de líquidos, grasas o pinturas inflamables, usarán extintores de espuma, tetracloruro de carbono, bióxido de carbono, de polvo químico seco u otros sistemas equivalentes. No usar agua en estos casos. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Cuando puedan ocurrir incendios en equipos electrónicos a tensión se deben usar equipos de extinción de bióxido de carbono, polvo químico seco u otros sistemas equivalentes. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Cuando se presenten incendios en polvos o virutas de magnesio o aluminio, se tendrá disponible una gran cantidad de arena fina seca, polvo de piedra u otro material inerte a fin de aislar dichos incendios construyendo diques o retenes a su alrededor. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Instruir al personal encargado de la extinción de incendios, sobre el peligro que presenta el uso del tetracloruro de carbono y cloruro de metil en una atmósfera cerrada, así como de las reacciones químicas que, en ciertos casos, se producen entre los líquidos extintores y los materiales empleados. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No usar agua, excepto pulverizada (neblina de alta presión), en los incendios de grandes cantidades de líquidos, grasas o pinturas inflamables, o en los incendios de polvos orgánicos inflamables. No se empleará el agua para extinguir incendios de polvos de aluminio o magnesio o en incendios que impliquen equipos eléctricos, excepto para corriente de baja tensión en la forma de pulverización fina. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los sistemas de alarmas para los conatos de incendio, deben transmitir señales dignas de confianza, las señales deberán llegar a las personas capacitadas para que respondan a ellas; deben llamar inmediatamente la atención y significar “fuego” en forma inequívoca; deben indicar el lugar del incendio. Los medios para transmitir la alarma deben ser accesibles y muy simples, no dando ocasión a demoras o errores. La alarma será fuerte para que los ocupantes del edificio o local de trabajo, etc, queden advertidos, serán de tipo automático. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En los establecimientos donde trabajen o se congreguen gran número de personas, se procurará instalar rociadores automáticos, distribuidos adecuadamente en todos los locales. El agua se abastecerá por medio de un sistema de tubería, sujeta al techo, con rociadores en los tubos a intervalos regulares, de acuerdo a la disposición de los locales o ambientes. No acumular materiales cerca de los rociadores que estorben su funcionamiento; las cabezas de los rociadores se deberán conservar limpias y libres de obstáculos y de pintura. Se vigilará regularmente el funcionamiento del sistema. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Prevenir las explosiones o incendios por gases o vapores inflamables, evitando la elevación de la temperatura, almacenándo en tanques subterráneos en recipientes de seguridad, eliminando las fuentes de ignición, utilizando lámparas con cubierta a prueba de vapor, equipo eléctrico a prueba de chispas, controlando la electricidad estática, evitando derrames y fugas, empleando en procesos especiales, gases fuertes como el bióxido de carbono o el nitrógeno, para producir una atmósfera incombustible. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tomar precauciones para evitar que se mezclen sustancias oxidantes con sustancias orgánicas como el almidón, azúcar, resinas, gomas, basuras, etc., y produzcan explosiones. Manipular los ácidos minerales (nítrico, clorhídrico y sulfúrico) con cuidado. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Disponer de suficiente número de tomas de agua con sus correspondientes mangueras, tanques de depósito de reserva o aparatos extintores, con personal debidamente entrenado en extinción de incendios. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las construcciones, serán en lo posible de un solo piso, de materiales incombustibles y dotados de muros corta fuego para impedir la propagación del fuego, en caso de incendio, de un local a otro. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todo establecimiento de trabajo, local o lugar de trabajo, en el cual exista riesgo potencial de incendio, dispondrá además de las puertas de entrada y salida de “salidas de emergencias” suficientes y convenientemente distribuidas para caso de incendio. Estas puertas como las ventanas, deberán abrirse hacia el exterior y estarán libres de obstáculos. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las materias primas y productos que ofrezcan peligro de incendio, deben ser mantenidos en depósitos incombustibles, si es posible fuera de los lugares de trabajo, disponiéndose sólo de las cantidades estrictamente necesarias. Los depósitos, deberán ser instalados a nivel del suelo y en lugares especiales a prueba de fuego. No deberán estar situados debajo de locales de trabajo o habitaciones. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las sustancias inflamables que se empleen, deberán estar en compartimentos aislados, los trapos, algodones impregnados de aceite, grasa u otra sustancia que pueda entrar fácilmente en combustión, deben recogerse y depositarse en recipientes incombustibles provistos de cierre hermético. En estos locales no se permitirá la realización de trabajos que produzcan de chispas, ni se permitirá fumar. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las sustancias químicas que puedan reaccionar juntas y expeler emanaciones peligrosas o causar incendios o explosiones, serán almacenadas separadamente unas de otras. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Donde se trasieguen, manipulen o almacenen líquidos o sustancias inflamables, la iluminación de lámparas, linternas y cualquier extensión eléctrica que sea necesario utilizar, será a prueba de explosión. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los locales de trabajo, pasillos y patios deben mantenerse libres de basuras, desperdicios y otros elementos susceptibles de encenderse con facilidad. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las edificaciones permanentes o temporales tendrán su extensión superficial en correcta relación con las labores, procesos u operaciones para evitar acumulación excesiva, hacinamiento o distribución inhadecuada | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las edificaciones de trabajo permanentes o transitorias, sus instalaciones, vías de tránsito, servicios higenico - sanitarios y demás dependencias deben estar contruidas y conservadas en forma que garanticen la seguridad y salud de los trabajadores | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El piso o pavimento debe ser homogeneo y liso, de material resistente, antirresbaladizo y en lo posible de fácil lavado | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las paredes deben ser lisas, protegidas y pintadas en tonos claros, mantenidas en buen estado de conservación, raparándose tan pronto se produzcan grietas, agujeros o cualquier clase de desperfectos | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los corredores y pasillos interiores que conduzcan a puertas de salida deben tener ancho mínimo de 1.20 m | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La distancia entre máquinas, aparatos, equipos, etc no debe ser menor de 0.8 m | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todo lugar por donde transiten trabajadores tendrá una altura mínima de 1.8 m . | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Contar con cantidad suficiente de puertas y escaleras. Las escaleras de comunicación interna deben ofrecer solidez, estabilidad y seguridad. Se procurará que sean de materiales incombustibles, seguras, provistas de pasamanos a una altura de 0.9 m y de barandilla. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En donde estén instaladas estructuras de soporte de máquinas, equipos, etc, deben instalarse pasarelas metálicas con pasamanos | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Contar con número suficiente de puertas de salida, libres de obstáculos, amplias, bien ubicadas, en buenas condiciones de funcionamiento; deben abrir hacia el exterior, estar provistas de cerraduras interiores de facil operación, no deben ser giratorias, ni de corredera, ni de enrrollamiento vertical. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Instruir al personal sobre métodos seguros para el manejo de materiales, tener en cuenta las condiciones físicas del trabajador, el peso y el volumen de las cargas, y el trayecto a recorrer, para evitar los grandes esfuerzos en estas operaciones. Elaborar un plan general de procedimientos y métodos de trabajo; seleccionar a los trabajadores físicamente capacitados para el manejo de cargas y vigilar continuamente el manejo de cargas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiológica osteomuscular | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Para manejo de materiales situarse frente al objeto con los pies suficientemente separados, sin exagerar la tensión de los músculos abdominales. Adoptar una posición cómoda que permita levantar la carga tan verticalmente como sea posible. Agacharse para alcanzar el objeto doblando las rodillas, conservando el torso erecto. Levanta el objeto gradualmente, realizando la mayor parte del esfuerzo con los músculos de las piernas y de los hombros. Realizar el trabajo pesado con ayuda o dispositivos mecánicos si es posible, o con la ayuda de otros trabajadores. Cuando el levantamiento de cargas se realice en cuadrilla, el esfuerzo de todos deberá coordinarse y un solo trabajador debe dar las órdenes de mando. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiológica osteomuscular | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El despachador o remitente de cualquier bulto u objeto con peso bruto de 50 kg o más debe, antes de despacharlo, marcar en su parte exterior su peso en kilogramos. En ningún caso un trabajador podrá cargar en hombros bultos u objetos con peso superior a los 50 kg, ni una trabajadora pesos que excedan de los 20 kg. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiológica osteomuscular | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Al manipular materiales que estén expuestos a temperaturas extremas, sustancias tóxicas, corrosivas o nocivas a la salud, materiales con bordes cortantes, o cualquier otro material o sustancias que puedan causar lesión, deberán protegerse adecuadamente con el elemento o equipo de seguridad recomendado. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiológica osteomuscular | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La carga máxima que un trabajador puede levantar es de 25 kg de carga compacta; para las mujeres, es de 12.5 kilogramos de carga compacta. Conceder a los trabajadores dedicados constantemente al levantamiento y transporte de cargas, intervalos de pausa o períodos libres de esfuerzo físico extraordinario. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiológica osteomuscular | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No permitir el levantamiento de objetos pesados a las personas enfermas del corazón, que padecen hipertensión arterial, las que han sufrido de alguna lesión pulmonar, a las mujeres en estado de embarazo, que han sufrido de lesiones en las articulaciones o que padecen de artritis. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiológica osteomuscular | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las cajas o sacos se manejarán tomándolos por las esquinas opuestas, en posición erecta para llevar el saco a la cadera y vientre; balanceándose para ponerlo en el hombro y después colocar la mano en la cadera para guardar el equilibrio. Para depositar las cargas se invertir, siempre que sea posible, el método enunciado. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiológica osteomuscular | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En la manipulación de tambores, cilindros, barriles, etc., usar guantes o mitones de cuero. Para rodar los tambores, etc., amarrarlos por las muescas, para evitar lesiones en las manos. Para voltear los tambores, cilindros, etc., parárse con un pie colocado contra el borde inferior de estos y el otro separado; agarrar por el borde superior su parte más lejana al cuerpo, halarlo y dar con la otra mano el movimiento para voltearlo. Para bajar o subir tambores o cilindros a diferentes niveles usar largueros y deslizárlos sobre ellos, no rodárlos. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiológica osteomuscular | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los arrumes o apilamientos de cajas de cartón, etc., que contengan materiales, se estabilizarán por medio de esquineros de madera de una longitud según la altura de los arrumes, en las cuatro esquinas que forman la pila, entrelazando con cadenas o manilas los esquineros en su parte inferior y parte media, con determinada tensión; los esquineros deben tener zapatas para su apoyo. No se deben apilar materiales y cargas en sitios demarcados para extintores, hidrantes, salidas de emergencia, etc. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiológica osteomuscular | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Para el apilamiento de materiales, cargas, etc., disponer espacios o locales apropiados seleccionando los materiales que se van a almacenar, según su naturaleza y características físicas, químicas, etc., tomar las medidas para que los materiales no sufran daño, respecto a la humedad, temperatura, etc. y no provoquen riesgo de accidente. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los equipos para el movimiento de materiales como transportadores, grúas, malacates y vagonetas, serán construidos de materiales resistentes que ofrezcan seguridad en su manejo y transporte. No exceder la carga máxima de diseño de las grúas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Inspeccionar periódicamente las grúas fijas, grúas viajeras y los malacates para verificar que los elementos y dispositivos de seguridad se encuentren en servicio. Reponer o reemplazar las partes que están sometidas a desgaste como los engranajes, embragues de fabricación y transmisiones de cadena cuando muestren desgaste excesivo. Inspeccionarán los frenos y se probarlos con regularidad. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las grúas tendrán medios seguros de acceso, peldaños y barandas; de no ser posible, instalar escaleras fijas y una jaula. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Unicamente quien tenga conocimientos y entienda los letreros, avisos e instrucciones de operación y esté familiarizado con la clave de señales podrá operar una grúa fija o viajera. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Acatar solo las señales que las de la persona que dirige la izada. Ninguna persona menor de 18 años podrá operar, o ayudar a operar, una grúa fija, grúa viajera o malacate. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las personas que sufran de la vista o del oído, que sean cardíacas, epilépticas, o que sufran de trastornos, o que se se encuentren temporalmente física o mentalmente incapacitados, no podrán operar una grúa fija, grúa viajera o malacate. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Exámenes médicos ocupacionales | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ningún operario deberá abandonar la cabina sin antes bajar la carga, desacoplar el embrague, poner las manijas de los controles eléctricos en posición de “abierto” y abrir el interruptor (si es de combustión interna) o la válvula entre la palanca de mando. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Antes de proceder a izar la carga, el operador pondrá los cables de izada a plomo, en cuyo caso moverá el botalón, el carro o el puente, según sea necesario. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No emplear las grúas para tirar de la carga en sentido lateral a menos que una persona responsable asegure que no peligra la estabilidad, y que las partes de la grúa no sufrirán sobretensión por el esfuerzo. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Evitar que la carga pase sobre la gente; cuando alguna carga, de cualquier clase vaya a quedar suspendida por algún tiempo, aplicar el seguro, no permitir estacionar o transitar por debajo de un cucharón de gajos, almeja etc., el operador no abandonará la grúa fija o viajera si previamente no ha bajado a tierra la carga que esté en suspensión. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El diámetro de los tambores que empleen los aparatos para izar no será menor de treinta veces el diámetro del cable o 450 veces el diámetro del alambre que forma el cable. El extremo del cable fijado al tambor deberá estar firmemente sujeto al mismo. No se izarán cargas cuando en el tambor queden menos de cuatro vueltas de cable. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los aparatos para izar, deben equiparse con frenos capaces de sostener efectivamente un peso no menor de una vez y media la carga nominal de dichos aparatos | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los cables de control de los aparatos para izar, que sean maniobrados desde el piso, deben estar debidamente marcados para indicar en que dirección se mueve la carga. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los aparatos para izar, operados eléctricamente, estarán equipados con dispositivos limitadores que automáticamente corten la energía eléctrica cuando la carga pase la altura máxima permisible. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las eslingas, cables, cadenas, ganchos, y todos los demás accesorios destinados a la manipulación de materiales en los aparatos para izar, serán cuidadosamente examinados antes de usarse. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Cuando las carretillas de mano se utilicen en superficies inclinadas, si son de dos ruedas deberán estar provistas de frenos eficaces. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los mangos de las carretillas de una o dos ruedas estarán provistos de resguardos que eviten que las manos rocen con puertas, postes, paredes, materiales apilados u otros objetos. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las cuerdas, cables y cadenas con sus respectivos enganches y montajes para el manejo y movimiento de materiales deben cumplir las normas sobre cargas limites que deban soportar, teniendo en cuenta el factor limite de seguridad. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En las grúas que se emplean para el manejo y transporte de materiales pesados, se tendrá en cuenta el factor mínimo de seguridad; para los ganchos, dicho factor será de 10, para engranajes y ejes será de 8, y para los demás elementos será de 5. En caso de manejar materiales peligrosos (metales en fusión, etc.), o que dichos materiales se pasen por encima de los trabajadores, el factor mínimo de seguridad será de 10. Las pasarelas de las grúas tendrán una anchura de 50 centímetros, que se instalarán a todo lo largo del puente, a un lado del armazón. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La limpieza y engrasado de las máquinas, motores, transmisiones, debe hacerla personal experimentado y durante la parada de los mismos o en marcha muy lenta y bajo la acción del dispositivo de seguridad contra arranques accidentales. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todos los trabajadores al servicio de las máquinas, motores y transmisiones en general, deben llevar prendas de vestir ajustadas, sin partes sueltas o flojas, debiendo las mujeres, en caso necesario, recogerse el pelo bajo cofia. Queda prohibido situarse en el plano de rotación de los volantes u órganos que giren a gran velocidad, salvo que las necesidades del trabajo lo exijan. Prohibido permanecer durante las horas de descanso, junto a focos de calor, pozos, depósitos, andamios, pasarelas, puentes, motores, transmisiones, máquinas, instalaciones y maquinaria eléctrica de alta tensión y en cualquier lugar que ofrezca peligro. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Toda máquina, aunque sus partes o piezas estén debidamente resguardadas, debe instalarse de manera que el espacio asignado al operador sea amplio y cómodo, y pueda, en caso de emergencia, abandonar el lugar fácil y rápidamente. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las máquinas pesadas que continúen operando después de haber sido cortada la fuerza motriz, dispondrán de frenos eficaces para uso en paradas de emergencia. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las máquinas y equipos deberán esta provistos de dispositivos, para que los operadores o mecánicos de mantenimiento puedan evitar que sean puestos en marcha mientras se hacen ajustes o reparaciones. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Situar los interruptores eléctricos manuales en posición que dificulte el arranque o parada de la máquina por el contacto inadvertido de personas u objetos extraños. En el caso de interruptores de palancas horizontales, éstas deben estar adecuadamente resguardadas. Los botones de presión de arranque y parada de las máquinas deben estar adecuadamente resguardados. Los botones de presión de arranque y parada de las máquinas deben estar protegidos. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En las máquinas donde exista el riesgo de partículas que salten, instalar barreras o mallas de una altura y ancho adecuados para proteger a las personas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No se permiten espacios entre máquinas o equipos, o entre estos y muros, paredes u otros objetos estacionarios menores de 40 cm de ancho por donde pudan transitar personas. Si existe una condición similar, se debe resguardar o cerrar el paso con barreras | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las barandas utilizadas para resguardar las partes en movimiento de las máquinas, deben tener una altura no menor de 1.80 m sobre el nivel del piso o plataforma de trabajo. Cuando las correas estén a 2 m o menos del piso, los resguardos deben tener una altura no menor de 15 cm por encima de la parte baja de la correa. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todas las máquinas, motores, equipos mecánicos, recipientes a presión, depósitos, tuberías de conducción de agua, vapor, gas o aire a presión, deben estar libres de defectos de construcción y de instalaciones o implementos que puedan ofrecer riesgos, mantenidos en buenas condiciones de seguridad y de funcionamiento mecánico y operados y mantenidos por personal capacitado. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las máquinas-herramientas, motores y transmisiones deben estar provistos de desembragues u otros dispositivos similares que permitan pararlas instantáneamente. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Mantener lugares de trabajo, pasadizos, bodegas y servicios sanitarios en buenas condiciones de higiene y limpieza. No se permite acumulación de polvo, basuras y desperdicios | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Prohibido mantener o almacenar líquidos inflamables dentro de locales destinados a reunir gran número de personas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los recipientes de las sustancias peligrosas deben llevar rótulos y etiquetas para su identificación, que indiquen el nombre de la sustancia, la descripción del riesgo, las precauciones y las medidas de primeros auxilios en caso de accidente o lesión. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Controlar los agentes nocivos preferentemente en su origen, mediante sustitución de sustancias, cambio o modificación del proceso, encerramiento o aislamiento de procesos, ventilación general, ventilación local exhaustiva y mantenimiento. Aplicar la limitación del tiempo de exposición y protección personal, sólo cuando los otros métodos sean insuficientes por sí mismos o en combinación. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En trabajos de inspección, reparación o limpieza que se realice en pozos, alcantarillado, conducciones de gases o humos, recipientes depósitos metálicos o similares que ofrezcan riesgos de insalubridad o inflamabilidad se debe sanear la atmósfera por ventilación exhaustiva o neutralización química y los trabajadores deben contar con equipos de protección como respiradores, cinturones y cuerda salvavidas y auxiliados por personal situado en la parte exterior. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Emplear métodos de ventilación geneal, por dilución, por succión local o extracción localizada, aislamiento o sistemas húmedos donde se produzcan polvos, humos, gases neblinas, vapores tóxicos o nocivos. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tomar todas las medidas necesarias para impedir la propagación o exposición a agentes biológicos y tóxicos nocivos para la salud de los trabajadores. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Fijar los niveles máximos permisibles de exposición a sustancias tóxicas, inflamables o contaminantes atmosféricos industriales, en P.P.M o en peso en mg/m3 de aire de acuerdo con los valores límites permisibles fijados por el Ministerio de Salud o por la Conferencia de Higenistas Industriales | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los recipientes que contienen sustancias peligrosas deben estar marcados o provistos de etiquetas que sean fácilmente identificables y acompañados de instrucciones que indiquen la manipulación y precauciones para evitar los riesgos por inhalación, contacto o ingestión, el antídoto específico en caso de intoxicación para sustancias venenosas. Las etiquetas deben indicar el nombre e ingredientes activos, el uso o empleo, cantidades y métodos de aplicación y mezcla, advertencias para su manejo, equipo protector que se recomienda, primeros auxilios y antídotos. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión de Riesgos quimico | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Organizar y desarrollar programas de medicina preventiva e higiene y seguridad industrial | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En los trabajos de soldaduras u otros que conlleven el riesgo de emisión de radiaciones ultravioletas, tomar las precauciones necesarias para evitar la difusión o disminución de las radiaciones, colocando pantallas alrededor del punto de origen o entre éste y los puestos de trabajo. Limitar al mínimo la superficie sobre la que incidan estas radiaciones. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Dotar a los trabajadores expuestos a radiaciones ultravioletas, de gafas o máscaras protectoras con cristales coloreados, para absorber las radiaciones, guantes o manguitos apropiados y cremas aislantes para las partes que queden al descubierto. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Matriz de EPP | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Efectuar las operaciones de soldadura por arco eléctrico, en compartimentos o cabinas individuales y si no es factible colocar pantallas protectoras movibles o cortinas incombustibles alrededor de cada lugar de trabajo. Los compartimentos deben tener paredes interiores que no reflejen las radiaciones pintadas de colores claros. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Instruir a todo trabajador sometido a radiaciones ultravioletas en cantidad nociva, en forma repetida, verbal y escrita sobre los riesgos a que está expuesto y los medios de protección. Prohibidos estos trabajos a mujeres menores 21 años y a varones menores de 18 años. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Progrma de capacitacion | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los recipientes y aparatos que contienen gases, vapores, aire a presión, agua caliente, etc., deber ser construidos con materiales de buena calidad y sus chapas metálicas tendrán un peso y espesor adecuados para resistir las altas presiones y temperaturas a que estarán sometidos, ofrecerán condiciones de seguridad en sus accesorios e implementos y serán revisados e inspeccionados periódicamente para controlar las condiciones de funcionamiento y las fallas técnicas de operación. Estos recipientes deben estar instalados en locales independientes. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los recipientes a presión deben estar equipados con dispositivos de seguridad, desahogo e indicadores de control que garanticen su funcionamiento seguro. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los dispositivos indicadores o aparatos de control de los recipientes a presión deben ser fácilmente legibles, estar protegidos para evitar lesiones y mantenerse en buen estado de funcionamiento. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En los recipientes sometidos que están constituidos por varios aparatos de control, tuberías y demás accesorios, en donde la confusión en el manejo de válvulas pueda ocasionar accidentes, se deben pintar las tuberías, etc., con diferentes colores para identificar su contenido. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Cuando la operación lo requiera las líneas de tubería a presión dispondrán de drenajes o trampas adecuadas para desalojar los condensados u otros líquidos acumulados en el sistema. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Antes de ser puesto en funcionamiento por primera vez o después de ser reparado, todo sistema de tuberías a presión debe ser sometido a una prueba de presión, la cual no será nunca menor de 110% ni mayor de 150% de la presión de trabajo. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | los sistemas de tubería a presión deben inspeccionarse a intervalos frecuentes y las válvulas, conexiones o tramos defectuosos, deben reemplazarse. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las juntas y válvulas de los sistemas de tuberías que transportan ácidos, sustancias alcalinas o corrosivas a presión, estarán provistas de dispositivos para recoger los fluidos que se derramen. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Usar carretillas para el transporte de los cilindros de acetileno y de oxígeno. Cuando un cilindro de acetileno y un cilindro de oxígeno estén montados conjuntamente en una carretilla instalar un tabique de amianto o de otro material incombustible entre los cilindros, colocarlos con las válvulas de descarga dirigidas en sentido opuesto. Mantenerlos en posición vertical, sujetos por bandas, collarines o cadenas para evitar que se inclinen o caigan. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Disponer y usar equipo protector apropiado, como gafas de lentes absorbentes, cascos, viseras, delantales y guantes de amianto o de cuero. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los locales en donde se realicen operaciones de soldadura deben tener pisos de materiales incombustibles y estar bien iluminados y ventilados; tendrán bancos apropiados y equipos para el manejo de materiales. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No usar fósforos para encender un soplete; usar un encendedor a fricción. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los recipientes que hayan contenido gases o líquidos combustibles deben limpiarse y purificarse antes de empezar cualquier trabajo de soldadura o corte; desconectar los tubos, etc., y vaciarlos completamente, para evitar que el gas o líquido pase por ellos hacia el área de soldadura o corte. Los recipientes tendrán respiraderos para escape de gases. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Antes de proceder a soldar un recipiente, se debe determinar qué clase de gas o líquido contenía, para efectuar la limpieza y purificación. En el caso que haya contenido sustancias muy volátiles, emplear vapor o agua caliente; si ha contenido aceites espesos emplear una solución fuerte de soda cáustica, etc. Como medida preventiva el recipiente limpio y purificado se llena con agua antes de empezar a soldarlo o cortarlo, hasta una altura un poco más abajo del punto donde se va a cortar o soldar. En caso de que no sea conveniente llenarlo con agua, usar un gas inerte como el bióxido de carbono o el nitrógeno | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En la soldadura y corte de metales cuyas emanaciones sean tóxicas, tales como el plomo, osmio, cadmio o mercurio, los soldadores deben usar equipos de protección para las vías respiratorias, cuando por otros medios no se puedan eliminar las emanaciones en el punto de operación. Evitar que las emanaciones tóxicas puedan afectar a otras personas que deban permanecer cerca al sitio donde se efectúa la soldadura. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todo tanque o recipiente de almacenamiento debe estar diseñado y construido para soportar las presiones internas resultantes de su propia función. En la selección y tratamiento del material de construcción y en el plan de mantenimiento, tomar en cuenta la acción corrosiva de la sustancia almacenada. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los recipientes de almacenamiento estarán provistos de agujeros de hombre (boca de visita), orificios de mano u otras aberturas de inspección que permita examinarlos o limpiarlos interiormente. Cuando la menor dimensión de estos recipientes sea mayor de 6 m y requiera la entrada de personas, tendrá como mínimo 2 aberturas de inspección, a menos que posean tapa corrediza. Las bocas de visita permitirán el libre acceso y sus dimensiones no serán inferiores a 30 por 40 cm, o de 40 cm si son circulares. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los tanques y recipientes de almacenamiento que contengan productos inflamables deberán identificarse con la palabra “INFLAMABLE”, escrita en lugar visible. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todo tanque o recipiente de almacenaje que contenga sustancias volátiles y que no esté diseñado para trabajar a presión, debe estar dotado de un tubo de ventilación u otro sistema apropiado que garantice el mantenimiento de su presión interior dentro de los límites del diseño. Los respiradores de tales tanques dispondrán de una malla o dispositivo contra fuego. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todo tanque o recipiente donde se almacenen líquidos combustibles o inflamables, debe estar conectado eléctricamente a tierra. Dicha conexión debe tener una resistencia no mayor de 5 ohms. Si el tanque se llena desde arriba, debe utilizarse un tubo de alimentación que llegue hasta el fondo del mismo o por lo menos hasta el mínimo nivel del producto que pueda contener. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los tanques no subterráneos utilizados para almacenar líquidos combustibles o inflamables, deben colocarse sobre bases o fundaciones firmes de material no combustible. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los tanques no subterráneos utilizados para almacenar líquidos combustibles o inflamables deben estar rodeados por muros contra fuego, los cuales deben estar provistos de sistemas de drenaje y tener una capacidad no menor de 1.5 veces la capacidad del tanque o tanques. La distancia entre el tanque y el muro no debe ser menor a la altura del tanque. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En los tanques y recipientes usados para almacenar sustancias que por su naturaleza puedan provocar reacciones al combinarse con otras, dando lugar a incendios, explosiones o cualquier otro fenómeno que ponga en peligro la salud de los trabajadores, se extremarán las precauciones para evitar dichas combinaciones, en especial cuando se estén llenando, vaciando o cuando se desee usar el tanque o recipiente para almacenar otros productos. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Antes de abandonar o desechar tanques o recipientes usados para almacenar sustancias tóxicas, nocivas o inflamables, se deben tomar las precauciones necesarias para eliminar los posibles riesgos que afecten la salud de los trabajadores u otras personas. Los residuos y sedimentos extraídos de los tanques y recipientes de almacenamiento que contengan sustancias tóxicas, deben ser enterrados colocando un aviso que indique su existencia, o ser sometidos a un proceso que elimine su toxicidad. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No penetrar en tanques que ha permanecido cerrados por largo tiempo, aunque se hayan limpiado y estén vacíos, antes de haberlos ventilado, a menos que se lleve una máscara con manguera de aire que suministre aire fresco. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Se considerará peligrosa a la respiración, la atmósfera dentro de un tanque, cuando alcanza un valor menor del 14 al 20 por ciento del límite más bajo de explosividad, que registre un indicador de vapor o de gas, aún por corto tiempo. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En los tanques de almacenaje de petróleo, el Supervisor competente, dirigirá las operaciones de limpieza, determinando la clase de petróleo crudo y productos de petróleo no refinado, que el tanque ha contenido anteriormente, e indicando la cantidad de residuos que se hallen dentro del tanque, además de las condiciones físicas del recipiente, para que las operaciones de limpieza se realicen sin peligro. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los trabajadores que limpian los tanques para almacenaje de petróleo deben estar provistos de guantes hechos de material impermeable al petróleo, botas de caña alta fabricadas de material resistente al agua y al petróleo con punteras de acero, overoles, cuerdas salvavidas y máscaras con corriente de aire fresco suministrado por un soplador manual o mecánico. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Eliminar todos los focos de ignición de los lugares donde los vapores inflamables puedan estar presentes, desde el momento en que empieza la limpieza del tanque, hasta cuando éste quede libre de vapor y los residuos hayan sido eliminados. No se permite ningún equipo que pueda dar origen a igniciones en la vecindad de los tanques, hasta que se haya constatado ausencia de vapores en la misma. En caso de usar dicho equipo, se colocará a gran distancia del tanque, preferentemente contra el viento. No se debe trabajar si la dirección del viento puede arrastrar vapores a los lugares donde pueda producirse una combustión peligrosa, ni cuando una tempestad eléctrica amenace o esté en proceso. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No usar dentro de tanques de almacenamiento de petróleo ninguna clase de luz artificial de llama abierta, sino linternas o lámpara con baterías de bajo voltaje, una vez se haya extraído el vapor del tanque. Las lámparas portátiles usadas fuera del tanque en el camino de posibles corrientes de vapor, deben ser a prueba de explosión, utilizándo cables, enchufes e interruptores aprobados | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El sedimento que se extrae de los tanques y que contiene sulfuroso se debe conservar mojado hasta su eliminación total, para evitar una combustión espontánea. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Antes de proceder a destapar los tanques de almacenamiento, todo el petróleo debe ser bombeado o vaciado hasta el mínimo nivel posible a través de la toma más baja del tanque. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La concentración máxima permitida de vapor de petróleo en el aire es de 500 partes por millón (equivalentes aproximadamente a 4.0% del límite inferior de explosividad para vapores de petróleo que están presentes ordinariamente durante una jornada de ocho horas diarias). | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El trabajador que se encuentre dentro de un tanque con el equipo de respiración y descubra algún olor, como gasolina, debe abandonar el tanque inmediatamente, y no debe volver a él hasta que se haya determinado la causa y se le haya provisto de un equipo adecuado. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Si se efectúan reparaciones en los tanques que requieran operaciones de quemar o soldar, las superficies que son calentadas, deben estar libres de petróleo o de gasolina; hacer pruebas frecuentes para cerciorarse que la atmósfera del tanque no contenga trazas de gas o vapor de combustible. Si las reparaciones se realizan en frío dentro del tanque y se produce polvillo, usar un respirador adecuado contra el polvo, monogafas para la protección de los ojos, casco de seguridad y máscaras de soldador. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las operaciones de quemar y cortar las superficies metálicas del tanque, que producen intenso calor, con desprendimiento de humos de plomo de las pinturas adheridas a las superficies internas y externas, se realizan utilizando un respirador apropiado contra las emanaciones o humos de plomo. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La temperatura y el grado de humedad del ambiente en los locales cerrados de trabajo, debe mantenerse, siempre que sea posible, entre los límites tales que no resulten desagradables o perjudiciales para la salud. En fuentes de calor, adaptar dispositivos adecuados para la reflexión y aislamiento de calor y utilizar EPP contra las radiaciones dañinas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tomar medidas para controlar las condiciones de temperatura ambiente, incluyendo el calor transmitido por radiación y convección-conducción, la humedad relativa y el movimiento del aire para prevenir efectos adversos sobre el organismo y la eficiencia de los trabajadores. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proteger a los trabajadores por medios naturales o artificiales de las corrientes de aire, cambios bruscos de temperatura, humedad o sequedad excesiva. Cuando se presenten temperaturas muy bajas o muy altas, conceder pusas o relevos periódicos. Para realizar la evaluación del ambiente térmico tener en cuenta el índice WBGT. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proporcionar duchas con agua fría y caliente y facilidades para cambio de ropas al finalizar la jornada laboral y suministrar agua potable cerca en sitios con temperaturas elevadas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los conductos “sistemas de tuberías” usados para el transporte de gases, vapores, líquidos, sustancias semilíquidas o plásticas que puedan ofrecer algún peligro, deben ser instalados de acuerdo a las recomendaciones dadas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todas las tuberías y conductos, deben ir señalados con dispositivos o pintados en colores, para poder identificar el contenido. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los tubos, accesorios, válvulas, etc., serán de materiales resistentes a la acción química de las sustancias que se transporten y manipulen y adecuados para resistir las presiones y temperaturas a las cuales estarán sometidos. Colocar carteles o instrucciones indicando la clase de precauciones en aquellas tuberías o conductos que puedan ofrecer mayor peligro. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los sistemas de tuberías para el transporte de líquidos inflamables no se deben colocar de manera que pasen cerca de conmutadores, motores o llamas abiertas que puedan encender el goteo. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las líneas de los sistemas de tuberías para la distribución de gas combustible o petróleo, deberán ir soterradas. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los tubos, válvulas y accesorios de los sistemas de tuberías estarán instalados de tal forma que puedan ser fácilmente hallados | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todo sistema de tuberías se instalará de tal manera que evite el sifonaje accidental del contenido de los recipientes. Las líneas de conducción de los sistemas de tuberías estarán provistas de codos o juntas de expansión. Firmemente sujetas o ancladas en puntos entre las curvas o juntas de expansión, con el resto de la tubería colocada sobre ménsulas ajustables o soportes debidamente alineados, provistos de aberturas para inspección y drenaje en lugares adecuados y en los puntos más bajos de cada circuito. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los grifos y las válvulas de vástago fijos en los sistemas de tuberías se equiparán con indicadores que muestren cuándo están abiertos o cerrados. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las válvulas automáticas de control en los sistemas de tuberías serán del tipo de válvulas de paso o se instalarán en tal forma en la línea que permitan su operación a mano en el caso de que las válvulas automáticas fallen. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Cuando sea necesario disponer de drenajes, trampas o goteros adecuados para desaguar la condensación o aceites de cualquier sección del sistema de tubería donde pueda acumularse, se instalará una válvula como mínimo en cada drenaje o línea de goteo. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todos los sistemas de tuberías deben ser examinados periódicamente para corregir defectos en válvulas, conexiones o tubos corroídos. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En los locales cerrados y dependencias anexas, debe renovarse el aire de manera uniforme y constante para proporcionar un ambiente inofensivo y cómodo. Las entradas de aire puro deben estar ubicadas en lugares opuestos a los sitios por donde se extrae o se expulsa el aire viciado. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En procesos u operaciones que produzcen contaminación ambiental por gases, vapores, humos, neblinas, etc., establecer dispositivos especiales y apropiados para su eliminación por medio de métodos naturales o artificiales de movimiento del aire para diluir o evacuar los agentes contaminadores. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proporcionar una o varias salidas del aire, colocadas de preferencia en la parte superior de la edificación; el aire suministrado no debe contener sustancias nocivas. La descarga debe evitar la entrada de los agentes tóxicos por los dispositivos de admisión del aire. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Suministrar la cantidad de aire teniendo en cuenta el área del piso, así: industria en general, que no desprende agentes insalubres, tóxicos ni inflamables 1 pie cúbico aire/minuto/pié; garajes (ventilación mecánica) 1 pie cúbico aire/minuto/pié; gimnasios 1.5 pies cúbicos aire / minuto / pié; sanitarios – uartos de baño 3 pies cúbicos aire/minuto/pié; sala carga de baterías 2 pies cúbicos aire/minuto/pié; comedores 1.5 pies cúbicos aire/minuto/pié; cabinas para soldadura eléctrica 50 pies cúbicos aire/minuto/pié; sala – limpieza abrasiva 100 pies cúbicos aire/minuto/pié. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ventilar mecánicamente las cocinas que no tengan ventilación natural adecuada, extrayendo aire a razón de treinta 30 cambios por hora como mínimo. Instalar campanas de aspiración. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Mantener los sistemas de ventilación en condiciones de perfecto funcionamiento. Renovar con frecuencia los colectores que retienen las sustancias molestas o nocivas y que evitan su dispersión en la atmósfera general. Disponer los materiales recogidos en los colectores de manera que no constituyan peligro para la salud del personal. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El sistema de extracción localizada debe constar de campana o estructura para encerrar total o parcialmente la operación o proceso, conectada mediante un conducto que absorbe el contaminante desde la campana al punto de descarga, ventilador centrífugo para el movimiento de aire para aspirar aire limpio. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Controlar las vibraciones que den origen a síntomas de alteraciones vasomotoras, alteraciones en los huesos y articulaciones, signos clínicos neurológicos, etc., mediante: el mejoramiento de los diseños de las herramientas, máquinas, equipos, aparatos productores de vibraciones (forma, soporte, peso, etc.), o supresión de su uso en cuanto sea posible; entrenamiento al personal sobre la manera correcta de utilización y manejo; selección del personal; reducción de la jornada de trabajo o rotación del personal expuesto. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proveer dispositivos que impidan la transmisión de las vibraciones a los conductos con circulación forzada de líquidos o gases, especialmente cuando estén conectados directamente con máquinas que posean órganos en movimiento. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las máquinas y herramientas, que originen trepidaciones (martillos, neumáticos, apisonadoras, remachadoras, compactadoras, trituradoras) deben estar provistas de horquillas u otros dispositivos amortiguadores y el trabajador debe utilzar EPP para su atenuación. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Anclar máquinas y aparatos que produzcan ruido, vibraciones o trepidaciones, con técnicas más eficaces que logren su óptimo equilibrio estático y dinámico. Prohibido instalar máquinas o aparatos ruidosos adyacentes a paredes o columnas con distancia inferior a 1 m. | Ministerio del Trabajo | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | |||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2413 | Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción. | Ministerio del Trabajo | 1979 | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 181294 | Modificar el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas. | Ministerio de Minas y Energías | 2008 | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 957 | Adopta el instrumento andino de seguridad y salud en el trabajo. | Comunidad Andina de Naciones | 2005 | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1384 | Adopta el método para establecer los límites de velocidad en las carreteras nacionales, departamentales, distritales y municipales de Colombia. | Ministerio de Transporte | 4/20/2010 | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 4100 | Por la cual se adoptan los límites de pesos y dimensiones en los vehículos de transporte terrestre automotor de carga por carretera, para su operación normal en la red vial a nivel nacional. | Ministerio de Transporte | 12/28/2004 | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1782 | Peso bruto vehicular para los vehículos de transporte de carga a nivel nacional. Modifica el artículo 8º de la Resolución 4100 del 28 de diciembre de 2004. Introduce modificaciones al peso bruto vehicular para los vehículos de transporte de carga a nivel nacional en especial a los que tienen que ver con la configuración C2 – C3. C2 19 Toneladas C3 30 Toneladas. | Ministerio de Transporte | 2009 | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1383 | Condiciones tecnomecánicas, de emisiones contaminantes, de operación, ambiental y de seguridad. Vehículo servicio particular será revisado cada 2 años durante primeros 6 años. Motocicletas cada año. | Congreso de la República de Colombia | 3/16/2010 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONCEPTO | 2010134000314 20101340080071 |
Referencian NTC ICONTEC 4407 (parámetros mínimos vehículos personas movilidad reducida), 4901-1 (vehículos articulados y biarticulados) y, 45 (vehículos accesibles con características urbano de personas con movilidad o comunicación reducida). | Ministerio de Transporte | 1/6/2010 | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONCEPTO | 20101340090731 20101340090791 |
Es responsable del cumplimiento de las disposiciones de tránsito el conductor. Refiere sanciones por infracciones y la vigencia de las licencias de conducción: vehículo particular indefinida, de servicio público tres años y, un año para motociclistas. | Ministerio de Transporte | 3/15/2010 | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2309 | En situaciones de emergencia (transporte de sustancias peligrosas) coordinar y desarrollar actividades que eviten que las áreas adyacentes se vean afectadas. Dar notificación inmediata de lo sucedido. | Ministerio de Salud y Protección Social | 1986 | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los vehículos que transporten residuos especiales deben tener caracteristicas para evitar derrames o esparcimientos | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El manejo de residuos especiales debe comprender las siguientes actividades: generación, almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento, separación y disposición final. | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Se prohíbe la combinación de residuos establecidos en la resolución | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Recipientes para residuos especiales, deben ser retornables o desechables y no permitir la entrada de agua, insectos o roedores, no provocar reacciones que los contenga, ser de un color diferente, con características diferentes que lo identifiquen. | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El almacenamiento de los residuos se debe hacer en un sitio y por un periodo determinado, para ser tratados y dispuestos | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Se debe capacitar y mantener informados a los conductores acerca de los residuos que transportan y las medidas de prevención que se deben tomar. Los conductores de los residuos deben entregar en los sitios autorizados. | SG-SST | Responsable SST | SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 919 | Para actividades peligrosas o de alto riesgo, realizar análisis de vulnerabilidad para determinar las probabilidades de desastres en áreas de influencia a causa de las actividades, tomar medidas para atender estas situaciones y de protección, participar en la ejecución de los planes específicos de atención a desastres bajo la dirección, coordinación y control de la entidad competente | Presidencia de la República de Colombia | 1989 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 321 | Elaboración, implementación, mantenimiento y mejora del plan de emergencias. | Presidencia de la República de Colombia | 1999 | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 10 | Todos los locales de trabajo tendrán puertas de salida en número suficiente y de características apropiadas para facilitar la evacuación del personal en caso de emergencia o desastre, las cuales no podrán mantenerse obstruidas o con seguro durante las jornadas de trabajo. | Congreso de la República de Colombia | 1997 | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 55 | Todos los productos químicos deben llevar etiqueta de identificación. Para productos químicos peligrosos debe ser fácilmente comprensible para los trabajadores, incluir su clasificación, los peligros que entrañan y las precauciones de seguridad, de acuerdo a las Normas Nacionales. Para el transporte, debe tenerse en cuenta las recomendaciones de las Naciones Unidas. | Congreso de la República de Colombia | 1993 | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proporcionar fichas de datos de seguridad que contengan información sobre identificación, proveedor, clasificación, peligrosidad, medidas de precaución y los procedimientos de emergencia. La denominación utilizada para identificar el producto químico en la ficha de datos de seguridad deberá ser la misma que la que aparece en la etiqueta. No utilizar productos sin contar con esta información | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Mantener un registro de los productos químicos peligrosos utilizados en el lugar de trabajo, con referencias a las fichas de datos de seguridad apropiadas. El registro deberá ser accesible a todos los trabajadores interesados y sus representantes | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Indentificar el contenido cuando se transfieran productos químicos a otros recipientes o equipos | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Disponer y manipular los químicos peligrosos que no se necesiten más y sus recipientes de manera que se eliminen o reduzcan al mínimo los riesgos para la seguridad, la salud y el medio ambiente, de conformidad con la legislación nacional. | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Instruir a los trabajadores sobre la forma de obtener y usar la información que aparece en las etiquetas y en las fichas de datos de seguridad y sobre los procedimientos y prácticas que deben seguirse para la utilización segura de productos químicos en el trabajo; utilizar las fichas de datos de seguridad, junto con la información específica del lugar, como base para la preparación de instrucciones de trabajo | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 336 | Disposiciones generales para el transporte automotor terrestre. | Ministerio de Transporte | 1996 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1274 | Promulga el "Convenio 136 relativo a la Protección contra los riesgos de intoxicación por el Benceno", adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, el 23 de junio de 1971. | Ministerio del Trabajo | 1997 | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 1843 | DE LOS PRIMEROS AUXILIOS. Para efectos de prestación de primeros auxilios, las empresas aplicadoras o expendios de plaguicidas en lugar apropiado y de fácil acceso, deberán disponer de un botiquín que contenga los elementos y medicamentos necesarios para atender casos de urgencia o emergencia así como los antídotos específicos de acuerdo con los plaguicidas que se produzcan, formulen, expendan o apliquen. DE LOS SERVICIOS MEDICOS. Toda persona natural o jurídica que en forma permanente, temporal o esporádica contrate o emplee trabajadores para el uso y manejo de plaguicidas, estará obligada a suministrarles el servicio de atención y control médicos de que trata el presente Capítulo. |
Presidencia de la República de Colombia | 1991 | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La dotación básica para los operarios según la actividad desarrollada con plaguicidas, será la siguiente: a) Ropa de trabajo para cada operario en cantidad suficiente que garantice el recambio diario, o antes cuando las circunstancias así lo requieran; b) Guantes de caucho o de cuero (de acuerdo al riesgo de manejo): Un par por cada trabajador; c) Botas de seguridad: Un par por cada trabajador; d) Gorra, casco o sombrero: Uno por cada trabajador; e) Implementos de aseo: Toalla y jabón para cada trabajador; f) Disponer de casilleros dobles independientes e individuales, ubicados a la entrada del sitio de trabajo, para colocar la ropa de trabajo y de calle; g) Equipos de protección respiratoria, ocular, auditiva o dérmica cuando el riesgo lo requiera. Toda persona que tenga injerencia en el manejo y uso de plaguicidas, deberá cumplir y hacer cumplir las normas relacionadas con la actividad respectiva, contenidas en la presente disposición. |
SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 320 | Informe de accidente. Los empleadores deberán informar tan pronto como se produzca un accidente mayor a la autoridad competente y a los demás organismos que se designen con este objeto. 1. Tras un accidente mayor, los empleadores deberán, dentro de un plazo establecido previamente, presentar a la autoridad competente un informe detallado en el que se analicen las causas del accidente y se indiquen sus consecuencias inmediatas in situ, así como todas las medidas adoptadas para atenuar sus efectos. 2. El informe deberá incluir recomendaciones que describan en detalle las medidas que se vayan a llevar a cabo para impedir que el accidente vuelva a producirse. |
Congreso de la República de Colombia | 1996 | SG-SST | Responsable SST | Procedimiento reporte de accidente de trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 436 | La legislación nacional deberá prescribir las medidas que habrán de adoptarse para prevenir y controlar los riesgos para la salud debidos a la exposición profesional al asbesto y para proteger a los trabajadores contra tales riesgos. | Congreso de la República de Colombia | 1998 | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 173 | Cuando no se utilicen equipos propios para el transporte de carga, la contratación de este servicio debe realizarse con empresas de transporte legalmente construidas y debidamente habilitadas por el Ministerio de Transporte. Contar con manifiesto y remesa de carga. | Presidencia de la República de Colombia | 2001 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 1609 | Plan Contingencia con disposiciones para carga y decarga de mercencías peligrosas | Presidencia de la República de Colombia | 2002 | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Controlar operación de descargue de mercancías peligrosas, verificar vehículo que realizó el transporte salga completamente limpio, solicitar a conductor tarjeta de emergencia (caracteristicas de peligrosidad del material), carga debidamente etiquetada y rotulada. | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En caso de emergencia en el transporte o recepción de productos peligrosos prestar apoyo; efectuar transbordo de acuerdo a las instrucciones del remitente o destinatario de la mercancía, utilizar los equipos de maniobra y de protección individual descritos en la Tarjeta de Emergencia. | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Realizar capacitación, entrenamiento en productos químicos | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 769 | Contar con: Licencia de conducción, certificado de gases, revisión técnico- mecánica y de operación: garantizar como mínimo el perfecto funcionamiento de frenos, del sistema de dirección, del sistema de suspensión, del sistema de señales visuales y audibles permitidas y del sistema de escape de gases; y demostrar un estado adecuado de llantas, del conjunto de vidrios de seguridad y de los espejos | Ministerio de Transporte | 2002 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La revisión técnico- mecánica y de operación debe garantizar el perfecto funcionamiento de frenos, sistema de dirección, sistema de suspensión, sistema de señales visuales y audibles permitidas y sistema de escape de gases; y demostrar un estado adecuado de llantas, del conjunto de vidrios de seguridad y de los espejos. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ningún vehículo podrá transitar por las vías del territorio nacional sin portar el equipo de carretera: gato, cruceta, dos señales de carretera en forma de triángulo en material reflectivo y provistas de soportes o lámparas de señal de luz amarilla intermitentes o de destello, botiquín de primeros auxilios, extintor, dos tacos para bloquear el vehículo, caja de herramienta básica (alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas), llanta de repuesto, linterna y salida de emergencia para transporte de personas. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La carga de un vehículo debe estar debidamente empacada, rotulada, embalada y cubierta. Los contenedores deberán llevar dispositivos especiales de sujeción. Permiso de transporte de carga. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Transitar por los carriles demarcados. No transitar por la zona de seguridad y protección de la vía férrea. Anunciar por medio de luces direccionales y señales ópticas o audibles la intención de adelantamiento o cruce. Abstenerse de realizar acciones que afecten la seguridad, mientras esté en movimiento. Respetar los conglomerados. Respetar a los peatones. Ceder el paso a vehículos de emergencia. Utilizar la señal de parqueo en vía pública. Detener el vehículo en giros en cruce de intersección cuando no tiene prelación. Utilizar carriles conforme a la señalización. Transitar con las puertas cerradas. Obedecer señales de tránsito. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Prohibido transitar por andenes. No realizar maniobras de retroceso en vías públicas. Prelación en intersecciones o giros para quien gira a la derecha. Remolque de vehículos solo con grúa. Prohibiciones especiales para adelantar otro vehículo en intersecciones, donde exista línea separadora central continua o prohibición de adelantamiento, en curvas o pendientes, con visibilidad desfavorable, cerca a pasos de peatones, en intersecciones de vías férreas, por la berma o por la derecha de un vehículo, cuando la maniobra ofrezca peligro. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Reducir la velocidad a 30 km/hr en lugares de concentración de personas y en zonas residenciales, en zonas escolares, en dificil visibilidad, cuando las señales lo ordenen, en proximidad a una intersección. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Estacionar en costados autorizados en vías urbanas, a no menos de 30 cm del andén y a una distancia mínima de 5 m de la intersección. Prohibido estacionar vehículos sobre andenes, zonas verdes o espacio público, en vías arterias, autopistas, zonas de seguridad, en cruces, donde se indique la prohibición, en puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o sus accesos, en paradas de vehículos de servicio público o de limitados físicos, en carriles dedicados a transporte masivo, en doble fila de vehículos estacionados, frente a hidrantes y entradas de garajes, en curvas. Estacionamiento en autopistas y zonas rurales, únicamente por fuera de la vía colocando en el día señales reflectivas de peligro y en la noche, luces de estacionamiento y señales luminosas de peligro. El estacionamiento para cargar o descargar materiales debe hacerse en zonas y horarios determinados. Tomar medidas para evitar en movimiento del vehículo estacionado. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No reparar vehículos en vías publicas sino en caso de emergencia o en imposibilidad de mover el vehículo, estacionar a la derecha, colocar señales visibles 50 m adelante y 100 m atrás, no permanecer más de 30 minutos. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Solo podrán viajar en el asiento delantero 1 o 2 personas de acuerdo con las características del vehículo que no sean menores de 10 años. No llevar un número de pasajeros superior a la capacidad señalada en la licencia de tránsito. Prohíbido llevar pasajeros en la parte exterior, fuera de la cabina, excepto vehículos de atención a incendios y recolección de basuras o en los estribos. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Obligatorio el uso del cinturón de seguridad por parte del conductor y de los pasajeros ubicados en los asientos delanteros del vehículo en todas las vías del territorio nacional, incluyendo las urbanas. Para vehículos fabricados desde el año 2004, se exige el uso de cinturones de seguridad en los asientos traseros. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Realizar el aprovisionamiento de combustible con el motor apagado. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tener encendidas las luces exteriores a partir de las 18 horas hasta las seis 6 horas del día siguiente y cuando las condiciones de visibilidad sean adversas. Usar luz media dentro del perímetro urbano, fuera de éste se puede usar la luz plena o alta, excepto cuando se aproxime un vehículo en sentido contrario o cuando esté indicado e señales de tránsito. Ningún vehículo podrá portar luces exploradoras en la parte posterior. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todo vehículo deberá estar provisto de un aparato para producir señales acústicas de intensidad, no superior a los señalados por las autoridades ambientales, utilizable únicamente para prevención de accidentes y para casos de emergencia. Prohibido el uso de sirenas, luces intermitentes o similares en vehículos particulares. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Límite de velocidad en vías urbanas es de máximo 60 km/hr y en zonas rurales máximo 80 km/hr por hora excepto cuando se indiquen veocidades distintas por medio de señales. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La separación entre vehículos para velocidades de hasta 30 km/hr es de 10 m, para velocidades entre 30 y 60 km/hr de 20 m, para velocidades entre 60 y 80 km/hr de 25 m, para velocidades de ochenta 80 km/hr de 30 m o la que la autoridad indique. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2730 | Todo vehiculo automotor que transite por las carreteras a cargo de la Nación o de los departamentos deberá tener encendidas las luces medias exteriores durante las 24 horas del día, sin importar las condiciones climaticas reinantes. | Ministerio de Transporte | 2004 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 4007 | Todo vehículo automotor que transite por las carreteras nacionales o departamentales deberá tener encendidas las luces medias exteriores entre las 06:00 horas y las 18:00 horas, sin importar las condiciones climáticas reinantes Sancionar a los conductores que incumplan la medida de que trata el artículo 1° de esta resolución conforme lo establece el Código Nacional de Tránsito-Ley 769 de 2002, en su artículo 131, literal c) numeral 8, infracción 041 de la Resolución 17777 del 8 de noviembre de 2002. |
Ministerio de Transporte | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 401 | Por la cual se modifican los artículos 1° y 3° de la Resolución número 4007 del 16 de diciembre de 2005 que adoptó una medida tendiente a mejorar la seguridad vial de las carreteras nacionales y departamentales y se deroga el artículo 2° de dicha resolución | Ministerio de Transporte | 2006 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1401 | Reglamenta La investigacion de incidentes y accidentes de trabajo | Ministerio de Salud y Protección Social | 2007 | SG-SST | Responsable SST | Procedimiento Investigación de accidente de trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 20665 | Prevención y reparación de accidentes de trabajo. | Corte Suprema de Justicia | 2004 | SG-SST | Responsable SST | Procedimiento Investigación de accidente de trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 36046 | Mp Eduardo López. Para que proceda la indemnización de perjuicios derivados de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional se requiere culpa suficientemente comprobada del empleador. Mediante la Sentencia referida, proferida el día 26 de enero de 2010, la Sala de casación laboral de la Corte Suprema de Justicia se refiere al tema del asunto indicando que si, luego de presentarse el siniestro, la empresa cumple con el deber de investigar las causas del accidente y atiende las recomendaciones efectuadas por la entidad aseguradora, no, por esto, se configura su culpabilidad en el suceso. Es deber de las empresas investigar las causas sobre los accidentes anteriores y de las circunstancias en que estos han ocurrido, para que con todos esos antecedentes y de las formas como se presta el servicio sea factible eliminar o al menos atenuar los riesgos que aquella engendra. | Corte Suprema de Justicia | 2/21/2008 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Procedimiento Investigación de accidente de trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Sentencia | 35271 | Mp Eduardo López Villegas y Luis Javier Osorio López. Imposibilidad del empleador responsable del accidente de trabajo para descontarse de la indemnización las sumas reconocidas por la ARP. Mediante la Sentencia referida, proferida el día 26 de enero de 2010, la Sala de casación laboral de la Corte Suprema de Justicia se refiere al tema del asunto indicando que no acepta que el empleador pueda descontar del monto de la indemnización lo pagado por la ARP toda vez que no es posible argumentar su propia culpa y menos aún, beneficiarse de ella, en virtud del principio según el cual nadie puede lucrarse del daño ajeno. Concluye la Corte que ninguna de las hipótesis consagradas por los artículos 216 del Código Sustantivo del Trabajo y 83 del acuerdo 155 de 1963, permiten a quien causó el perjuicio descontar suma alguna de las prestaciones en dinero pagadas por el Sistema de Seguridad Social. | Corte Suprema de Justicia | 1/26/2010 | SG-SST | Talento Humano - Responsable de SST | Procedimiento Investigación de accidente de trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 36274 | Mp Eduardo López Villegas. Terminación del contrato de trabajo por no utilización de los elementos de protección personal por parte del trabajador. Mediante la Sentencia referida, proferida el día 2 de febrero de 2010, la Corte Suprema de Justicia se refirió al tema del asunto. Para la Sala es claro que en el caso bajo estudio el trabajador incumplió gravemente con el deber que tenía de cuidar su integridad física a pesar de que el empleador le suministró los elementos de protección necesarios para evitar accidentes de trabajo, en cumplimiento de las obligaciones legales que le imponen el deber de cuidar su vida y la integridad física del trabajador. Con base en lo planteado, considera la Corte que la terminación del contrato de trabajo obedeció a una justa causa. | Corte Suprema de Justicia | 2/2/2010 | SG-SST | Responsable SST | Procedimiento Investigación de accidente de trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Sentencia | 29640 | Magistrado Ponente: FRANCISCO JAVIER RICAURTE GOMEZ. Sentencia "Culpa plena patronal ante accidente de trabajo en trabajo eléctrico. La falta de diligencia y cuidado que los hombres ordinariamente emplean en sus negocios propios, incurriendo en culpa leve que consagra el Art. 63 C.S.T., no cumpliendo la obligación principal de prevenir el accidente, omisión presente, inclusive, en el encargado de la obra, respecto a estar pendiente de las normas de seguridad y evitar que una descarga atmosférica produjera el daño por incumplimiento de reglas de oro de seguridad eléctrica, máquinas desconectadas y aisladas de las zonas. | Corte Suprema de Justicia | 11/19/2008 | SG-SST | Responsable SST | Procedimiento Investigación de accidente de trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Sentencia | 35261 | Indemnización plena de perjuicios por culpa patronal. | Corte Suprema de Justicia | 3/16/2010 | SG-SST | Talento Humano - Responsable de SST | Procedimiento Investigación de accidente de trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 35864 | Responsabilidad solidaria del contratante, dueños de obra, respecto a las obligaciones de sus contratistas. Mediante esta Sentencia, señala la Corte que lo que se busca con la solidaridad laboral del artículo 34 del Código Sustantivo del Trabajo es que la contratación con un contratista independiente para que realice una obra o preste servicios, no se convierta en un mecanismo utilizado por las empresas para evadir el cumplimiento de obligaciones laborales. En consecuencia, cuando una actividad directamente vinculada con el objeto económico principal de la empresa se contrata para que la preste un tercero, pero utilizando trabajadores, existirá una responsabilidad solidaria respecto de las obligaciones laborales de esos trabajadores. Así las cosas, de cara al establecimiento de la mencionada solidaridad laboral, lo que debe observarse no es exclusivamente el objeto social del contratista sino que la obra que haya ejecutado o el servicio prestado al contratante, dueño de la obra, no constituyan labores extrañas a las actividades normales de la empresa o negocio de éste. De igual forma, si la labor individualmente desarrollada por el trabajador, no es extraña a las actividades normales de la empresa contratante, se dará la solidaridad establecida. | Corte Suprema de Justicia | 3/1/2010 | SG-SST | Talento Humano - Responsable de SST | Procedimiento Investigación de accidente de trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Sentencia | 33570 | Alcance del concepto de solidaridad del contratante por el incumplimiento de obligaciones prestacionales o indemnizatorias del contratista frente a sus trabajadores. Mediante esta Sentencia, señala la Corte que el artículo 34 del Código Sustantivo de Trabajo no hace otra cosa que hacer extensivas las obligaciones al dueño de la obra conexa con su actividad principal, sin que pueda confundirse tal figura jurídica con la vinculación laboral. La relación laboral es única y exclusivamente con el contratista independiente, mientras que la relación con el obligado solidario, apenas lo convierte en garante de las deudas de aquél. De igual forma, la culpa que genera la obligación de indemnizar es exclusiva del empleador pero el contratante, dueño de la obra, se convierte en garante del pago de la indemnización correspondiente, no porque se le haga extensiva la culpa, sino por el fenómeno de la solidaridad. Lo anterior implica la posibilidad de que el contratante, una vez cancele la obligación, se subrogue en la acreencia contra el contratista, en los términos del artículo 1579 del Código Civil. | Corte Suprema de Justicia | 4/13/2010 | SG-SST | Talento Humano - Responsable de SST | Procedimiento Investigación de accidente de trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Sentencia | 36922 | Elementos y circunstancias principales para la configuración de un accidente de trabajo. Mediante esta Sentencia, señala la Corte que la noción de accidente de trabajo no está ligada exclusivamente al hecho mismo del trabajo o al desarrollo de tareas al servicio del empleador, pues abarca otras situaciones, no estrictamente laborales, que tienen relación con la actividad laboral. El concepto de ‘Trabajo’ debe entenderse con total amplitud y flexibilidad, debido a que no se debe circunscribir exclusivamente a la actividad o tarea laboral desplegada por la persona, toda vez que dentro del ejercicio de la relación laboral existen ciertas actuaciones que no están relacionadas con las obligaciones laborales, ni pueden confundirse con las que normalmente desarrolla el trabajador, pero que éste debe adelantar sin que impliquen el estricto cumplimiento de sus funciones o la ejecución de órdenes del empleador. Pese a ello, estas actividades guardan una estrecha relación con la prestación del servicio y le son inherentes al mismo, de suerte que pueden entenderse vinculadas al trabajo y tienen relación de causalidad con él. | Corte Suprema de Justicia | 3/16/2010 | SG-SST | Talento Humano - Responsable de SST | Procedimiento Investigación de accidente de trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 35261 | Sentencia 35261 del 16 de marzo de 2010. Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. Mp Eduardo López Villegas. Indemnización plena de perjuicios por culpa patronal. señala la Corte que es deber esencial del empleador brindar seguridad a los trabajadores y proveer los elementos adecuados para protegerlos de accidentes que pongan en riesgo su vida o integridad. El empleador para exonerarse de la responsabilidad en caso de infortunio laboral debe demostrar diligencia para prevenir o evitar su ocurrencia, máxime, en actividades de altísimo riesgo para la vida y la integridad del trabajador, donde si bien, no puede afirmarse que la culpa del empleador se presume, sí se compromete un grado superlativo de diligencia y cuidado, debiendo tomar las medidas que correspondan con la alta vulnerabilidad a que queda expuesto el trabajador en esta clase de actividades. Las medidas de seguridad en los eventos de actividades de alto riesgo no pueden corresponder a las de un oficio ordinario. En cada caso deben evaluarse las circunstancias específicas en que ocurrió el accidente y el comportamiento patronal en ese hecho concreto. | Corte Suprema de Justicia | 3/16/2010 | SG-SST | Talento Humano - Responsable de SST | Procedimiento Investigación de accidente de trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Sentencia | C030 | Reitera que para tener derecho a la pensión especial por vejez por laborar en actividades de alto riesgo, el trabajador debe estar afiliado al Régimen de Prima Media con Prestación Definida (ISS), dando plazo de tres meses para trasladarse del Fondo Privado al ISS, plazo desde la expedición de la Sentencia (28 de enero de 2009). Ya el Decreto 2090 de 2003 (26 de julio) había regulado las actividades de alto riesgo para la salud de los trabajadores y un régimen especial de pensión por vejez. De hecho disponía que el afiliado debía estar afiliado al Régimen de Prima Media con Prestación Definida (ISS) y cotizar 10 puntos por encima del porcentaje habitual de cotizaciones al Sistema General de Pensiones. No precisa la Corte si los diez puntos adicionales que deben aportarse al ISS para que esta entidad reconozca el derecho a la pensión especial, están a cargo del empleador o del trabajador que durante estos años se mantuvo afiliado al Fondo Privado de Pensiones. | Corte Constitucional | 1/28/2009 | SG-SST | Talento Humano - Responsable de SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Sentencia | 32105 | Magistrada Ponente: ISAURA VARGAS DIAZ, Radicación No. 32.105, agosto 26 de 2008. Sentencia "empleador, responsable de la cobertura de Accidentes de Trabajo ocurridos el mismo día de la afiliación" Sociedad INTERGLOBAL SEGURIDAD Y VIGILANCIA LTDA.y DRUMMOND LTD., para que se declare que son responsables por la muerte en accidente de trabajo, le paguen solidariamente indexados los perjuicios, la pensión de sobrevivientes y las costas. LA PREVISORA VIDA S.A. dijo no constarle los hechos; aclaró que la negativa a reconocer las acreencias suplicadas se respaldaba en lo previsto por el literal k del artículo 4° del Decreto 1295 de 1994. Propuso las excepciones de falta de legitimación y de causa, culpa exclusiva de la víctima, buena fe y la que denominó “genérica”. La primera instancia condenó a la PREVISORA VIDA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS a reconocer y pagar la pensión de sobrevivientes, en proporción del 50% para la compañera permanente, y el restante 50% repartido entre sus hijos. Absolvió a las demás demandadas. El tribunal al decidir la apelación de la demandante y de la Aseguradora, revocó la parte resolutiva de la decisión de primer grado y, en su lugar, condenó a INTERGLOBAL DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA LIMITADA a pagar la pensión de sobrevivientes a partir del 17 de enero de 2004. Absolvió a la PREVISORA VIDA S.A. y a DRUMMOND LTDA., de todas las súplicas de la demanda. El recurso de casación lo interpuso INTERGLOBAL. La CORTE SUPREMA DE JUsoICIA, SALA DE CASACIÓN LABORAL NO CASA la Sentencia proferida por el Tribunal. | Corte Suprema de Justicia | 8/26/2008 | SG-SST | Talento Humano - Responsable de SST | Procedimiento Investigación de accidente de trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 27259 | MAGIsoRADO PONENTE EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS. CERVECERÍA UNION S.A., abandonó puesto de trabajo, afectó la línea de producción, no contó con autorización del superior. | Corte Suprema de Justicia | 8/9/2006 | SG-SST | Talento Humano - Responsable de SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1973 | Programa de manejo de productos químicos, proporcionando a los trabajadores informaciones sobre los productos químicos utilizados en los lugares de trabajo, así como sobre las medidas adecuadas de prevención que les permitan participar eficazmente en los programas de seguridad. Establece las condiciones y parámetros para los trabajadores que manipulan sustancias químicas. (promulga el convenio 170 sobre seguridad en la utilización de los productos químicos en el trabajo). | Mnisterio de Relaciones Exteriores | 1995 | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1605 | Cancelar valores de multas y enviar copia de consignación dentro de los 15 días hábiles siguientes a la ejecutoria de la resolución por medio de la cual se imponga la sanción. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2003 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1348 | Las empresas, entidades y personas que laboren en el sector eléctrico, cualquiera que sea su vinculación, deben desarrollar la planeación, ejecución, control y seguimiento necesarios para dar cumplimiento al presente reglamento y a la legislación en salud ocupacional sobre la materia. Los directivos o administración de la empresa facilitará los mecanismos y proporcionarán los recursos que permitan implementar la gestión en prevención y protección de todas las personas que participan en el desarrollo de sus procesos con el objetivo de mantener y mejorar la salud física, mental y social, así como las condiciones apropiadas de salubridad y seguridad en los puestos de trabajo, tareas y actividades en el sector eléctrico. En los panoramas de factores de riesgos o peligros o matrices de riesgos o peligros, deben identificarse los riesgos que generen enfermedades profesionales, o puedan ocasionar accidente de trabajo desarrollando los respectivos programas de vigilancia epidemiológica o de mitigación de accidentes. Las empresas deben diseñar, implementar y normalizar los procedimientos para la ejecución segura de los trabajos con riesgo eléctrico, revisando periódicamente la realización de actividades, dando prioridad a las actividades definidas en el panorama o matrices de factores de riesgos peligrosos. Todas las empresas, dentro de su cronograma de actividades, incluirán un programa de entrenamiento y capacitación en materia de seguridad industrial y salud ocupacional, para todos los trabajadores, con el fin de darles a conocer los factores de riesgo a los que estarán expuestos en cada una de sus actividades y los métodos de control. Parágrafo. La capacitación, asesoría, consultoría, asistencia, exámenes y, en general, lo referente a salud ocupacional y riesgos profesionales que contrate o se le proporcione a una o varias empresas del sector eléctrico, sólo podrá ser contratado, otorgado y dado por personal con licencia en salud ocupacional vigente conforme a la Resolución 2318 de 1996 o la norma que la modifique, adicione o sustituya, para lo cual la empresa debe verificar este hecho, siendo sancionada en caso de no contratar o ser asistida por personal sin la licencia vigente en salud ocupacional. |
Ministerio de Salud y Protección Social | 2009 | SG-SST | responsable SST | Matriz identificación de peligros | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONCEPTO | 89341 | Por medio de concepto 089341 de 31 de marzo de 2011, el Ministerio de Protección Social precisó el alcance de la obligación del empleador de reentrenar a los trabajadores que realizan labores en alturas. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | responsable SST | Programa de gestion de riesgo trabajo en alturas | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1938 | Requisitos para ser entrenador de Trabajo Seguro en Alturas. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2009 | SG-SST | responsable SST | Programa de gestion de riesgo trabajo en alturas | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3673 | Por la cual se establece el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2008 | SG-SST | responsable SST | Programa de gestion de riesgo trabajo en alturas | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 736 | Modificiaciones al reglamento técnico de trabjo en alturas. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2009 | SG-SST | responsable SST | Programa de gestion de riesgo trabajo en alturas | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 884 | El pasado 30 de abril del año en curso, el Gobierno Nacional profirió el Decreto 884 de 2012, por medio del cual reguló ciertos aspectos de la Ley 1221 de 2008, a través de la cual el Congreso de la República había fijado el marco normativo del Teletrabajo | Ministerio del Trabajo | 2012 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1409 | El 9 de agosto de 2012, fue publicada en el diario oficial la Resolución 1409 de 2012 "por la cual se establece el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas". | Ministerio del Trabajo | 2012 | SG-SST | responsable SST | Programa de gestion de riesgo trabajo en alturas | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1523 | Política nacional de gestión del riesgo de desastres y estableció el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2012 | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1610 | Por la cual se regulan algunos aspectos sobre las inspecciones del trabajo y los acuerdos de formalización laboral. | Congreso de la República de Colombia | 2013 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1696 | Por medio de la cual se dictan disposiciones penales y administrativas para sancionar la conducción bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas. | Congreso de la República de Colombia | 2013 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1575 | A través de la Ley 1575 de 2012, el Congreso de la República profirió el marco legal de los Bomberos en Colombia. | Congreso de la República de Colombia | 2012 | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1505 | A través de la Ley 1505 de 2012, el Congreso de la República creó el Subsistema Nacional de Voluntarios de Primera Respuesta y se otorgan estímulos a los voluntarios de la Defensa Civil, de los Cuerpos de Bomberos de Colombia y de la Cruz Roja Colombiana, dentro de los cuales se consagran algunos en materia de seguridad social. | Congreso de la República de Colombia | 2012 | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1502 | Por la cual se promueve la cultura en seguridad social en colombia, se establece la semana de la seguridad social, se implementa la jornada nacional de la seguridad social y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2011 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2578 | Por la cual se establecen lineamientos para el cumplimiento de la Resolución 1409 del 23 de julio de 2012 expedida por el Ministerio de Trabajo, sobre trabajo en alturas, y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2012 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3027 | Por la cual se actualiza la codificación de las infracciones de tránsito, de conformidad con lo establecido en la Ley 1383 de 2010, se adopta el Manual de Infracciones y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Transporte | 2010 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1409 | El 9 de agosto de 2012, fue publicada en el diario oficial la Resolución 1409 de 2012 "por la cual se establece el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas". | Ministerio del Trabajo | 2012 | SG-SST | Responsable SST | Programa de gestion de riesgo trabajo en alturas | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1903 | Establecer el SG- Sso y disposiciones de reglamentacion para el trabajo seguro en alturas | Ministerio del Trabajo | 2013 | SG-SST | Responsable SST | Programa de gestion de riesgo trabajo en alturas | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3597 | Por la cual se señalan y actualizan las actividades consideradas como peores formas de trabajo infantil y se establece la clasificación de actividades peligrosas y condiciones de trabajo nocivas para la salud e integridad física o psicológica de las personas menores de 18 años de edad. | Ministerio del Trabajo | 2013 | SG-SST | Responsable SST | Matriz identificación de peligros | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 34 | Garantía de la afiliación a los Sistemas Generales de Seguridad Social en Salud y Riesgos Laborales. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2013 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 1072 capitulo 6 titulo 4 libro 2 | El empleador o contratante debe establecer por escrito una política de Seguridad y Salud en el Trabajo- Sso que debe ser parte de las políticas de gestión de la empresa, con alcance sobre todos sus centros de trabajo y todos sus trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluyendo los contratistas y subcontratistas. Esta política debe ser comunicada al Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo según corresponda de conformidad con la normatividad vigente. | Ministerio del Trabajo | 2014 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La Polftica de Sso de la empresa debe entre otros, cumplir con los siguientes requisitos: 1. Establecer el compromiso de la empresa hacia la implementación del Sso de la empresa para la gestión de los riesgos laborales; 2. Ser específica para la empresa y apropiada para la naturaleza de sus peligros y el tamaño de la organización; 3. Ser concisa, redactada con claridad, estar fechada y firmada por el representante legal de la empresa; 4. Debe ser difundida a todos los niveles de la organización y estar accesible. a todos los trabajadores y demás partes interesadas, en el lugar de trabajo; y 5. Ser revisada como mínimo una vez al año y de requerirse, actualizada acorde con los cambios tanto en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo - Sso, como en la empresa. |
SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La Política de Sso de la empresa debe incluir como mínimo los siguientes objetivos sobre los cüales la organización expresa su compromiso: 1. Identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles; 2. Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, mediante la mejora continua del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG Sso en la empresa; y 3. Cumplir la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales. |
SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador debe: 1. Definir, firmar y divulgar la política de Seguridad y Salud .en el Trabajo a través de documento escrito, el empleador debe suscribir la política de seguridad y salud en el trabajo de la empresa, la cual deberá proporcionar un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de seguridad y salud en el trabajo | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador debe: Debe asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo - Sso a todos los niveles de la organización, incluida la alta dirección; | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador debe: definir y asignar los recursos financieros, técnicos y el personal necesario para el diseño, implementación, revisión evaluación y mejora de las medidas de prevención y control, para la gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo y también, para que los responsables de la seguridad y salud en el trabajo en. la empresa, el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo según corresponda, puedan cumplir de manera satisfactoria con sus funciones | SG-SST | Gerente | Manual del SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador debe: garantizar que opera bajo el cumplimiento de la normatividad nacional vigente aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo, en armonía con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales de que trata el artículo 14 de la Ley 1562 de 2012 | SG-SST | Gerente | Manual del SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador debe: adoptar disposiciones efectivas para desarrollar las medidas de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos y establecimiento de controles que prevengan daños en la salud de los trabajadores y/o contratistas, en los equipos e instalaciones | SG-SST | Gerente | Matriz identificación de peligros | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador debe: diseñar y desarrollar un plan de trabajo anual para alcanzar cada uno de los objetivos propuestos en el Sistema :de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-Sso, el cual debe identificar claramente metas, responsabilidades, recursos y cronograma de actividades, en concordancia con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales | SG-SST | Gerente | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador debe: El empleador debe implementar y desarrollar actividades de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como de promoción de la salud en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, de conformidad con la normatividad vigente | SG-SST | Gerente- Responsable SST | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador debe: asegurar la adopción de medidas eficaces que garanticen la participación de todos los trabajadores y sus representantes ante el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, en la ejecución de la política y también que estos últimos funcionen y cuenten con el tiempo y demás recursos necesarios, acorde con la normatividad vigente que les es aplicable | SG-SST | Gerente- Responsable SST | Procedimiento comunicación, participación y consulta | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador debe: Informar a los trabajadores y/o contratistas, a sus representantes ante el Comité Paritario o el Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, según corresponda de conformidad con la normatividad vigente, sobre el desarrollo de todas las etapas del Sistema de Gestión de Seguridad de la Salud en el Trabajo SG-Sso e igualmente, debe evaluar las recomendaciones emanadas de éstos para el mejoramiento del SG-SST | SG-SST | Gerente- Responsable SST | COPASST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Debe garantizar la disponibilidad de personal responsable de la seguridad y la salud en el trabajo, cuyo perfil deberá ser acorde con lo establecido con la normatividad vigente y los estándares mínimos que para tal efecto determine el Ministerio del Trabajo quienes deberán, entre otras: Planear, organizar, dirigir, desarrollar y aplicar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-Sso, y como mfnimo una (1) vez al año, realizar su evaluación; Informar a la alta dirección sobre el funcionamiento y los resultados del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-Sso, y; e. Promover la participación de todos los miembros de la empresa en la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-Sso. |
SG-SST | Gerente- Responsable SST | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador o contratante debe definir los requisitos de conocimiento y práctica en seguridad y salud en el trabajo necesarios para sus trabajadores, también debe adoptar y mantener disposiciones para que estos los cumplan en todos los aspectos de la ejecución de sus deberes u obligaciones, con el fin de prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Para ello, debe desarrollar un programa de capacitación que proporcione conocimiento para identificar los peligros y controlar los riesgos relacionados con el trabajo, hacerlo extensivo a todos los niveles de la organización incluyendo a trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión, estar documentado, ser impartido por personal idóneo conforme a la normatividad vigente. Parágrafo 1. El programa de capacitación en seguridad y salud en el trabajo - Sso, debe ser revisado mínimo una (1) vez al año, con la participación del Comité Paritario o Vigía de Seguridad. y Salud en el Trabajo y la alta dirección de la empresa: con el fin identificar las acciones de mejora. |
SG-SST | Talento Humano - Responsable de SST | Programa de Capacitación | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador proporcionará a todo trabajador que ingrese por primera vez a la empresa, independiente de su forma de contratación y vinculación y de manera previa al inicio de sus labores, una inducción en los aspectos generales y específicos de las actividades a realizar, que incluya entre otros, la identificación y el control de peligros y riesgos en su trabajo y la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Programa de Capacitación | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador deberá tener disponibles y actualizados los siguientes documentos: La política y los objetivos de la empresa en materia de seguridad y salud en el trabajo Sso, firmados por el empleador | SG-SST | Gerente- Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las responsabilidades asignadas para la implementación y mejora continua del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo SG-Sso | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La identificación anual de peligros y evaluación y valoración de los riesgos | SG-SST | Responsable SST | Matriz de identificaicón de Peligros | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El informe de las condiciones de salud, junto con el perfil sociodemográfico de la población trabajadora y según los lineamientos de los programas de vigilancia epidemiológica en concordancia con los riesgos existentes en la organización | SG-SST | Responsable SST | Programas de vigilancia epidemiológica | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo - Sso de la empresa, firmado por el empleador y el responsable del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-Sso | SG-SST | Responsable SST | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 19 | Establece los elementos y la condición para el reporte de accidente de tránsito dentro de las 24 horas siguientes a su acontecimiento. | Superintendencia de Puertos y Transporte | 2013 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 1443 | El programa de capacitación anual en seguridad y salud en el trabajo - Sso, así como de su cumplimiento incluyendo los soportes de inducción, reinducción y capacitaciones de los trabajadores dependientes, contratistas, cooperados y en misión | Ministerio del Trabajo | 2014 | SG-SST | Responsable SST | Programa de Capacitación | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los procedimientos e instructivos internos de seguridad y salud en el trabajo | SG-SST | Responsable SST | Procedimientos | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Registros de entrega de equipos y elementos de protección personal | SG-SST | Responsable SST | Registros | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Registro de entrega de los protocolos de seguridad, de las fichas técnicas cuando aplique y demás instructivos internos de seguridad y salud en el trabajo | SG-SST | Responsable SST | Fichas tecnicas | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los soportes de la convocatoria, elección y conformación del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo y las actas de sus reuniones o la delegación del Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo y los soportes de sus actuaciones | SG-SST | Responsable SST | COPASST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los reportes y las investigaciones de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales de acuerdo con la normatividad vigente | SG-SST | Responsable SST | Procedimiento reporte de accidente de trabajo | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La identificación de las amenazas junto con la evaluación de la vulnerabilidad y sus correspondientes planes de prevención, preparación y respuesta ante emergencias | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los programas de vigilancia epidemiológica de la salud de los trabajadores, incluidos los resultados de las mediciones ambientales y los perfiles de salud arrojados por los monitoreos biológicos, si esto último aplica según priorización de los riesgos | SG-SST | Responsable SST | Programas de vigilancia epidemiológica | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Formatos de registros de las inspecciones a las instalaciones, maquinas o equipos ejecutadas | SG-SST | Responsable SST | Formatos | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La matriz legal actualizada que contemple las normas del Sistema General de Riegos Laborales que le aplican a la empresa | SG-SST | Responsable SST | Normograma | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador debe conservar los registros y documentos que soportan el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-Sso de manera controlada, garantizando que sean legibles, fácilmente identificables y accesibles. protegidos contra daño, deterioro o pérdida | SG-SST | Responsable SST | Listado maestro | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Deberá mantenerse por un periodo mínimo de 20 años: Registros de las actividades de capacitación, formación y entrenamiento en seguridad y salud en el trabajo | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión documental | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Deberá mantenerse por un periodo mínimo de 20 años: Registro del suministro de elementos y equipos de protección personal | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión documental | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador debe establecer mecánismos eficaces para: Recibir, documentar y responder adecuadamente a las comunicaciones internas y externas relativas a la seguridad y salud en el trabajo | SG-SST | Responsable SST | Procedimiento comunicación, participación y consulta | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador debe establecer mecánismos eficaces para: Garantizar que se dé a conocer el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-Sso a los trabajadores y contratistas | SG-SST | Responsable SST | Procedimiento comunicación, participación y consulta | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador debe establecer mecánismos eficaces para: Disponer de canales que permitan recolectar inquietudes, ideas y aportes de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo para que sean consideradas y atendidas por los responsables en la empresa | SG-SST | Responsable SST | Procedimiento comunicación, participación y consulta | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador o contratante debe aplicar una metodología que sea sistemática, que tenga alcance sobre todos los procesos y actividades rutinarias y no. rutinarias internas o externas, máquinas y equipos, todos los centros de trabajo y todos los trabajadores independientemente de su forma de contratación y vinculación, que le permita identificar los peligros y evaluar los riesgos en seguridad y salud en el trabajo, con el fin que pueda priorizarlos y establecer los controles necesarios realizando mediciones ambientales cuando se requiera | SG-SST | Responsable SST | Matriz de identificaicón de Peligros | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 90708 | Expide el reglamento de instalaciones eléctricas y deroga todas aquellas normas que le eran contrarias. | Ministerio de Minas y Energías | 2013 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 90907 | Corrige algunos yerros del reglamento de instalaciones eléctricas expedido por medio de la resolución 90907 de 2013. | Ministerio de Minas y Energías | 2013 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1223 | Establece los lineamientos de contenido, duración, periodicidad y competencia de los conductores que transporten mercancías peligrosas. | Ministerio de Transporte | 2014 | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1565 | Establece la guía metodológica para la elaboración del plan de seguridad vial | Ministerio de Transporte | 2014 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras disposiciones. | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 256 | Por medio de la cual se reglamenta la conformación, capacitación y entrenamiento para las brigadas contraincendios de los sectores energético, industrial, petrolero, minero, portuario, comercial y similar en Colombia. | Unidad Administrativa Especial - Dirección Nacional de Bomberos | 2014 | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2766 | Promover la cultura de la Seguridad Social a través de organizaciones a las que se refiere la Ley 1502 de 2011, quienes desarrollarán en el ámbito de sus competencias y responsabilidades, acciones y programas orientadas a promover el conocimiento y apropiación de los principios y valores de la seguridad social, estimularán esta temática entre la población e informarán los resultados del cumplimiento de sus responsabilidades en el marco de dicha ley. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2013 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1503 | Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2011 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1409 | Por la cual se establece el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas. | Ministerio del Trabajo | 2012 | SG-SST | Responsable SST | Programa de gestion de riesgo trabajo en alturas | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2852 | Por la cual se reglamenta el servicio público de empleo y el régimen de prestaciones del mecanismo de protección al cesante y se dictan otras disposiciones. | Ministerio del Trabajo | 2013 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1072 | Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. | Ministerio del Trabajo | 2015 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 171 | Por medio del cual se modifica el art. 2.2.4.6.37 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, sobre la transición para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-Sso). | Ministerio del Trabajo | 2/1/2016 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1079 | Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte. | Ministerio de Transporte | 2015 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2060 | Por el cual se adiciona el Decreto 1079 de 2015 y se reglamenta el artículo 84 de la Ley 1450 de 2011" Reglamentar los Sistemas Inteligentes para la Infraestructura, el Tránsito y el Transporte (SIT |
Ministerio de Transporte | 2015 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1310 | "Por el cual se modifica el Decreto 1079 de 2015, en relación con el Plan Estratégico de Seguridad Vial". | Ministerio de Transporte | 2016 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 55 | Por el cual se reglamenta la afiliación de estudiantes al Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones. | Ministerio del Trabajo | 2015 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 36 | Por el cual se modifican los artículos 2.2.2.1.16 al 2.2.2.1.23 y se adicionan los artículos 2.2.2.1.24 al 2.2.2.1.32 del capítulo 1 del título 2 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, y se reglamentan los artículos 482, 483 Y 484 del Código Sustantivo de Trabajo. | Ministerio del Trabajo | 2016 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 4415 | Adoptan unas medidas relacionadas con el Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz para Conducir. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2844 | Adopta las Guías de Atención Integral en salud ocupacional basadas en la evidencia aplicables al dolor lumbar inespecífico y enfermedad discal relacionada con manipulación manual de cargas; desórdenes musculoesqueléticos relacionados con movimientos repetitivos de miembros superiores; hombro doloroso; neumoconiosis e; hipoacusia neurosensorial inducida por ruido en el lugar de trabajo. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2007 | SG-SST | Responsable SST | Programas de vigilancia epidemiológica | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1013 | Adopta Guías de Atención Integral en salud ocupacional basadas en la evidencia, con alcance a cinco enfermedades profesionales: asma ocupacional, trabajadores expuestos a benceno, cáncer ocupacional, dermatitis por contacto relacionada con el trabajo y, trabajadores expuestos a plaguicidas inhibidor de colinesterasa. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2007 | SG-SST | Responsable SST | Programas de vigilancia epidemiológica | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 730 | Codificación CIE-10 morbilidad. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Programas de vigilancia epidemiológica | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1670 | Ajustan la fecha para el pago de aportes al sistema de protección social y obligatoriedad del uso de la planilla integrada de liquidación de aportes modificado Res.3975/07 | Ministerio de Salud y Protección Social | 2007 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1280 | Adiciona el numeral 10 al Artículo 57 del Código Sustantivo de Trabajo, reconociendo distinto a la grave calamidad doméstica, la licencia por luto al conceder al trabajador a quien le fallezca cónyuge o compañero(a) permanente o familiar hasta segunda grado de consanguinidad, primero de afinidad o primero civil, licencia remunerada de luto de 5 días hábiles, indistinto de la modalidad de vinculación o contratación laboral. | Congreso de la República de Colombia | 2009 | SG-SST | Responsable SST | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1355 | Por medio de la cual se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a ésta como una prioridad de salud pública y se adoptan medidas para su control, atención y prevención. | Congreso de la República de Colombia | 2009 | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiológica cardiovascular | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO | - | Dar aviso al juez del trabajo del lugar, o en su defecto al juez municipal, donde conste el día, hora y lugar del accidente, cómo se produjo, quiénes lo presenciaron, el nombre de la víctima, el salario que devengaba el día del accidente, y la descripción de la lesión o perturbación, firmada por el profesional que asista al trabajador dentro de los 8 días siguientes a su ocurrencia. Debe interpretarse en concordancia con el artículo 62 del Decreto 1295/94. | Congreso de la República de Colombia | 8/5/1950 | SG-SST | Responsable SST | Procedimiento Investigación de accidente de trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Poner a disposición de los trabajadores los instrumentos adecuados y las materias primas necesarias para la realización de las labores | SG-SST | Gerente- Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proporcionar locales apropiados y elementos adecuados, de protección contra los accidentes y enfermedades profesionales en forma que se garantice razonablemente la seguridad y la salud. | SG-SST | Gerente- Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Prestar inmediatamente los primeros auxilios en caso de accidentes o de enfermedad | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Prohibiciones: presentarse al trabajo bajo el efecto de alcohol o drogas | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Reglamento interno de trabajo | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Prestar primeros auxilios en caso de accidente, aún cuando el accidente sea debido a provocación deliberada o culpa grave de la victima. Tener los medicamentos necesarios para las atenciones de urgencia en casos de accidente o ataque súbito de enfermedad de acuerdo con la reglamentación y proporcionar sin demora la asistencia médica y farmacéutica necesaria | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Suministrar y acondicionar sitios de trabajo que garanticen seguridad y salud de los trabajadores. Hacer examenes médicos a su personal y adoptar medidas de higiene y seguridad. | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Elaborar un reglamento especial de Higiene y Seguridad, someterlo a la revisión y aprobación de la oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial del Ministerio y publicarlo en 2 lugares visibles | SG-SST | Responsable SST | Reglamento de Hiegiene y Seguridad industrial | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Elaborar, adoptar Reglamento Interno de Trabajo cuando hay más de 10 trabajadores permanentes aprobado por la Dirección Regional del Trabajo, publicarlo en 2 sitios distintos o en cada sitio | SG-SST | Responsable SST | Reglamento interno de trabajo | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2684 | La función de inspección y vigilancia, se ejercerá así: 1. En las ciudades sede de las Direcciones Territoriales en donde existen Grupos de Trabajo y en las Oficinas Especiales, serán los Inspectores de Trabajo y Seguridad social de acuerdo con el numeral 26 del artículo 12 de la Resolución 0951 de 2003. 2. En los municipios diferentes a la sede de las Direcciones Territoriales en aquellos en los que no exista sede de las Oficinas Especiales, serán los Inspectores de Trabajo y de Seguridad social de acuerdo con el numeral 23 del artículo 13 de la Resolución 0951 de 2003. 3. Los Inspectores de Trabajo y Seguridad social de acuerdo con lo preceptuado por el inciso 2° del artículo 33 del Decreto 4588 de 2006, atenderán las reclamaciones que se presenten en relación con el incumplimiento de las obligaciones generales en virtud del trabajo asociativo y podrán actuar como conciliadores en las eventuales discrepancias que se presenten. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2007 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 11 | En caso que los trabajadores que de acuerdo con las normas de seguridad industrial requieran de ropa de trabajo y elementos especiales de trabajo, el empleador esta obligado a suministrar dichos implementos de trabajo a todos los trabajadores y estos a usarlos como mecanismos de protección contra los diversos riesgos a que están expuestos. Se excluyen los trabajadores del servicio doméstico y conductores de familia. | Congreso de la República de Colombia | 1984 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 9 | Maximizar la salud de las personas previniendo enfermedad. Protección por exposición a riesgos. Eliminar o controlar los agentes nocivos presentes en los sitios de trabajo. | Presidencia de la República de Colombia | 1979 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las aberturas de paredes, pisos, fosos, escaleras, montacargas, plataformas, terrazas y demás zonas elevadas, deben tener la señalización y protección necesaria. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Adoptar medidas de higiene y seguridad para controlar agentes nocivos y aplicar procedimientos de prevención y control. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud de los trabajadores, así como la correcta ubicación del trabajador en una ocupación adaptada a su constitución fisiológica y psicológica, se implementarán en las actividades del Programa de Medicina Preventiva | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todo lugar de trabajo tendrá las facilidades y recursos para la prestación de primeros auxilios. | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Garantizar la salud y el bienestar en el suministro de alimentos, procesamiento de aguas industriales, excretas y residuos. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El material de los equipos y utensilios para suministro de alimentos debe permitir la fácil limpieza y desinfección y mantenerse en buen estado de higiene y conservación. Realizar la limpieza, lavado y desinfección con implementos o productos que no generen ni dejen sustancias peligrosas durante su uso. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Utilizar en la preparación de alimentos materias primas cuyas condiciones higiénico-sanitarias permitan su correcto procesamiento. No reutilizar alimentos. Las áreas deben ser independientes. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Almacenar materiales y objetos sin crear riesgos para la salud o el bienestar. Prohibido el almacenamiento de sustancias peligrosas en cocinas o espacios donde se almacenen, manipulen o sirvan alimentos. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proporcionar y mantener un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de higiene y seguridad, establecer métodos de trabajo con el mínimo de riesgos. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las áreas de circulación deben estar claramente demarcadas, con amplitud suficiente y señalización adecuada. Todo espacio que pueda ofrecer peligro para las personas, deberá estar provisto de adecuada señalización. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Se prohíben métodos o condiciones de trabajo con sobrecarga o pérdida excesiva de calor. Adoptar medidas para controlar y mantener los factores de intercambio calórico dentro de los límites de ley. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Realizar programas educativos sobre los riesgos para la salud y sus métodos de prevención y control | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El agua suministrada para consumo humano debe ser potable | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Diseñar y construir sistemas de desagüe que permitan un rápido escurrimiento de los residuos líquidos, eviten obstrucciones, impidan el paso de gases y animales al interior de las edificaciones, no permitan el vaciamiento, escape de líquido o la formación de depósitos en el interior de las tuberías, y eviten la polución del agua. Ningún desagüe tendrá conexión o interconexión con tanques y sistemas de agua potable | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Aplicar sistema de tratamiento cuando las emisiones a la atmósfera de una fuente sobrepasen o puedan sobrepasar los limites | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Se prohíbe el uso en el territorio nacional de combustibles que contengan sustancias o aditivos en un grado de concentración que las emisiones sobrepasen los limites del Min Salud | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tener las facilidades y recursos necesarios para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Responsabilidad permanente por el programa de medicina, higiene y seguridad en el trabajo, establecer el Pso. | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Denunciar descargas de residuos, tratados o no, al medio ambiente, ante el organismo del Sistema Nacional de Salud competente. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Prohibido descargar residuos líquidos en las calzadas, carreteras, canales o sistemas de alcantarillado. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Construir sistemas que garanticen la disposición final de los residuos líquidos cuando no se permita su disposición en los colectores públicos. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tratar y disponer residuos tóxicos con procedimientos que no produzcan riesgos a la salud y el ambiente. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No se podrá almacenar a campo abierto o sin protección las basuras provenientes de las instalaciones. sin previa autorización de la entidad competente. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | solamente se podrán utilizar como sitios de disposición de residuos los predios autorizados por la autoridad. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Cualquier recipiente colocado en vía publica para la recolección de residuos deberá colocarse en forma tal que impida la proliferación de insectos, la proliferación de olores. El arrastre de desechos y cualquier otro fenómeno que atente contra la salud | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El almacenamiento de los residuos debe hacerse en recipientes cerrados, por periodos que impidan la proliferación de insectos, roedores y olores. Los recipientes para almacenamiento de basuras serán de material impermeable, provistos de tapa y lo livianos para manipularlos con facilidad. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Manejo de residuos sólidos: no se podrá efectuar en las vías publicas separación y clasificación de residuos. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ningún aparato sanitario podrá producir en su funcionamiento polución por contraflujo. Las tuberías deben cumplir con los requisitos de calidad. Conservar la instalación sanitaria interna, utilizar registro o dispositivo de regulación, dotar en cada piso de un equipo de interrupción del sistema de abastecimiento y distribución de agua. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los inodoros deberán funcionar de tal manera que asegure su permanente limpieza en cada descarga. El número y tipo de los aparatos sanitarios estarán de acuerdo con el número y requerimientos de las personas servidas (1/20 personas). Contar con ventilación adecuada. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2400 | Proveer y mantener el ambiente ocupacional en adecuadas condiciones de higiene y seguridad. | Ministerio del Trabajo | 1979 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En los locales de trabajo semiabiertos, proteger a los trabajadores contra la acción del sol. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los cuartos de almacenamiento, preparación y servida de alimentos deben estar bien ventilados y a prueba de insectos, mantenerse aseados y con suministro de agua. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Notificar síntomas de enfermedades infecto-contagiosas en los campamentos a las autoridades sanitarias locales | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las paredes en los campamentos deben ser en superficie compacta para evitar entrada de polvo, insectos, zancudos, roedores, etc | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los pisos en campamentos provisionales pueden ser de ladrillo, piedra con revoque, cemento triturado o cascajo con mortero, cemento o madera. No en tierra. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proteger las puertas,ventanas y claraboyas con angeo y los orificios en techos o paredes en lugares donde hay zancudo. Las puertas debén tener resorte de cierre automático y abrir hacia afuera. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los residuos deben depositarse en recipientes cerrados, los líiquidos deben conducirse a pozos sépticos (planta de tratamiento) | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Contar con botiquín de primeros auxilios, camilla y 2 frazadas por cada 15 trabajadores. | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los servicios de agua a presión deben lavarse diariamente y desinfectarse 2 veces por semana. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Disponer servicios sanitarios 1 por cada 15 personas en campamentos provisionales, deben recibir aire y luz del exterior. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los retretes deben permanecer limpios, asearse cada día y esterilizarse con solución antiséptica 2 veces por semana. En zonas pantanosas o lluviosas disponer de 1 ducha por cada 15 trabajadores, toallas y jabones para uso individual e impermeables. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los techos pueden ser en paja, teja metálica, de asbesto o madera, etc. La altura del cielo- raso desde el piso en lugares con temperatura media menor de 18°, debe ser minimo 3 m. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Distribuir ventanas convenientemente, su área no debe ser inferior a 1/8 de la superficie del piso. En climas de más de 18° debe haber claraboyas permanentes de ventilación (se cuenta con aires). | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los comedores, casinos se deben ubicar fuera de lugares de trabajo, separados de otros locales y de focos insalubres o molestos. Los pisos, paredes, techos deben ser lisos y de fácil limpieza, tener iluminación, ventilación y temperatura adecuada. Las aberturas hacia el exterior deben estar provistas de anjeo y las puertas deben cerrar automáticamente. Extraer gases, humos y vapores por ventilación local mediante campana de succión, colector, ventilador y ducto de salida con sombrerete. Mantenerse limpio a todo momento. Depositar residuos de alimentos en recipientes cerrados para su evacuación. Disponer agua potable para el cocimiento de comidas y lavado de untensilios. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El suministro de agua para uso humano y de alimentos, el procesamiento de aguas industriales, la disposición de aguas negras, excretas, basuras, desperdicios y residuos, debe efectuarse en forma que garantice la salud y el bienestar. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Crear el COPASO, realizar reuniones periódicas y dejar actas, el COPASO debe intervenir en la elaboración del reglamento de higiene y seguridad | SG-SST | Responsable SST | COPASST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Suministrar los EPP, según la naturaleza del riesgo, de calidad. Para protección de la cabeza usar cascos para expuestos a recibir golpes en la cabeza por proyecciones o posibles caídas de materiales pesados, deben ser resistentes, livianos, de material incombustible, dieléctricos, no permeables a la humedad. | SG-SST | Responsable SST | Formato inspección EPP | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Protectores auriculares para trabajadores expuestos a sufrir lesiones auditivas. | SG-SST | Responsable SST | Formato inspección EPP | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Para la protección de rostro y ojos usar anteojos y protectores de pantalla adecuados contra proyecciones de partículas, sustancias sólidas, líquidas o gaseosas, frías o calientes; anteojos y protectores especiales contra las radiaciones luminosas o caloríficas peligrosas; gafas resistentes para esmerilar u operaciones similares donde salten fragmentos, con lentes reforzados; gafas para soldar y exposición a deslumbramientos, con filtros adecuados. Los lentes de los protectores para la vista deben estar libres de estrías, burbujas de aire, ondulaciones, aberraciones esféricas o cromáticas y no causar distorsión lateral, medicados si es necesario, con copas que ajusten estrechamente y sin aberturas de ventilación. | SG-SST | Responsable SST | Formato inspección EPP | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Para respiratoria usar máscara respiratoria cuando no sea posible conseguir una eliminación satisfactoria de gases, vapores u otras emanaciones nocivas para la salud; mascarillas en comunicación con una fuente exterior de aire puro o con recipientes de oxígeno, en trabajos en atmósferas altamente peligrosas, alcantarillas, lugares confinados, etc; respiradores para la protección contra la inhalación de humos, dispersiones sólidas o partículas de materias formadas por la condensación de vapores tales como los que se producen por el calentamiento de metales y otras sustancias; respiradores de filtro o cartucho químico para la protección contra la inhalación de neblinas, vapores inorgánicos y orgánicos, dispersiones, etc; máscaras para la protección contra la inhalación de ácidos, vapores orgánicos clorados, fosforados, o neblinas; máscaras de manguera con suministro de aire en lugares donde se pueda presentar asfixia o envenenamiento. | SG-SST | Responsable SST | Formato inspección EPP | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Para la protección de manos y los brazos usar guantes de caucho dieléctrico para los electricistas en circuitos vivos; guantes de cuero grueso y con protectores metálicos cuando se trabaje con materiales con filo, si es necesario usar manoplas largas hasta el codo; guantes de hule, caucho o plástico para protección contra ácidos y alcalinos; guantes de tela asbesto para operaciones en calor; guantes de cuero para trabajos con soldadura eléctrica y autógena; guantes, mitones y mangas protectoras para manipular metales calientes, en asbesto u otro material resistente al calor; guanteletes que cubran el antebrazo contra la acción de sustancias tóxicas, irritantes o infecciosas; guantes de maniobra para operar taladros, prensas, punzonadoras, tornos, fresadoras, etc. | SG-SST | Responsable SST | Formato inspección EPP | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Para la protección de los pies y piernas usar calzado de seguridad para proteger por caída de objetos pesados, o contra aprisionamiento de los dedos bajo grandes pesos, con punteras de acero, que cumplia con la norma de fuerza aceptada (1200 kg o impacto de 25 kg de altura de 30 cm); calzado de seguridad de puntera de acero y suela de acero interpuesta para proteger contra clavos, salientes en obras, etc; calzado dieléctrico para electricistas, y calzado que no despida chispas para explosivos; polainas de seguridad para expuestos a salpicaduras ligeras o chispas grandes, o que manipulen objetos toscos o afilados, confeccionadas de cuero curtido al cromo u otro material de suficiente dureza; botas de caucho de caña alta o de caña mediana, para lugares húmedos o manejo de líquidos corrosivos. | SG-SST | Responsable SST | Formato inspección EPP | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Para la protección del tronco usar mandiles para la protección contra productos químicos, biológicos, quemaduras, llamas abiertas, fuegos y objetos incandescentes, deben ser confeccionados en material resistente al fuego; mandiles o delantales para manipular líquidos corrosivos, deben ser confeccionados en caucho natural o sintético u otro material resistente; los mandiles para expuestos a sustancias radiactivas deben ser confeccionados en caucho plomizo u otro material a prueba de agua, lavables, de largo adecuado que cubran totalmente los vestidos de uso diario, el cuello y muñecas y cambiarse por lo menos una vez a la semana. | SG-SST | Responsable SST | Formatos EPP | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Para los trabajadores que laboren en soldadura y corte de arco, soldadura y corte con llama suministrar lentes o ventanas con filtros. | SG-SST | Responsable SST | Formatos EPP | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los respiradores de cartucho químico y las máscaras de depósito no deberán emplearse en lugares cerrados con ventilación deficiente o en ambientes donde el contenido de oxígeno sea inferior al 16%. Adiestrar en el uso, cuidado y limitaciones del equipo protector y procedimientos en casos de emergencia. Guardarlos en sitios protegidos contra el polvo y mantenerse en buenas condiciones. | SG-SST | Responsable SST | Formatos EPP | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Emplear aparatos de respiración de oxígeno en combate de incendios, salvamento o trabajos de reparación en atmósferas que contengan altas concentraciones de gases o tenga deficiencia de oxígeno por personas adiestradas. | SG-SST | Responsable SST | Formatos EPP | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No se permite el barrido, ni operaciones de limpieza que produzcan polvo, sustituirlas por limpieza húmeda o aspiración | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Mantener el piso de salas de trabajo limpio y seco, cuando no se pueda mantener seco proporcionar la inclinación adecuada e instalar sistema de drenaje, proveer a todo trabajador de botas especiales | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Mantener pisos y corredores libres de desperdicios y sustancias que causen daño al trabajador (no encharcado y limpio de aceites, grasas, etc) | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Efectuar limpieza de áreas de trabajo fuera de horario de trabajo, siempre que sea posible, evitando la diseminación de polvo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Guardar en casilleros especiales cerca de los servicios sanitarios los útiles de aseo. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Tomar medidas efectivas para evitar entrada o procreación de insectos, roedores o plagas en áreas de trabajo | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Organizar y desarrollar programas de medicina preventiva e higiene y seguridad industrial | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todos los desperdicios y basuras se deberán recolectar en recipientes que permanezcan tapados, se evitará la recolección o acumulación de desperdicios susceptibles de descomposición, que puedan ser nocivos para la salud de los trabajadores. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Efectuar la evacuación y eliminación de residuos por procedimientos adecuados y previo tratamiento de los mismos de acuerdo a las disposiciones higiénico-sanitarias vigentes. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Cuando se manipulen materias orgánicas susceptibles de descomposición o de contener gérmenes infecciosos, se extremarán las medidas higiénicas de limpieza y protección del personal, y si es factible, se someteran dichas materias a desinfecciones previas. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No descargar aguas de desechos industriales y los residuos líquidos o sólidos en fuentes o cursos de agua (ríos), alcantarillado, lagos, represas, sin adoptar las medidas necesarias, para evitar perjuicios, molestias o daños a la fauna o flora acuática con destrucción de los procesos bioquímicos naturales. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los recipientes empleados para depositar residuos líquidos o que sufran descomposición, deben ser de material impermeable, no permitir escapes y de fácil limpieza. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Remover los residuos, en lo posible, cuando no haya personal laborando y con métodos que eviten la dispersión de los materiales, especialmente de aquellas sustancias nocivas para la salud. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Disponer drenajes apropiados para la eliminación efectiva de todas las aguas de desperdicios, provistos de sifones hidráulicos u otros dispositivos eficientes para prevenir la producción de emanaciones, mantenerlos en buenas condiciones de servicio. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Mantener en forma eficiente los sistemas de control para la protección de los trabajadores | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Suministrar instrucción adecuada a trabajadores antes de iniciar culaquier ocupación sobre los riesgos y peligros y la forma, métodos y sistemas para prevenirlos o evitarlos | SG-SST | Responsable SST | Programa de Capacitación | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Suministrar ropa de trabajo adecuada según los riesgos, deben ajustar bien; no deben tener partes flexibles que cuelguen, cordones sueltos, ni bolsillos demasiado grandes. No usar prendas sueltas, desgarradas o rotas, corbatas, cadenas de llaveros, o pulseras de relojes, etc.,en proximidades a los elementos en movimiento de las máquinas. De preferencia camisas cortas. No llevar en los bolsillos objetos con puntas o afilados, ni materiales explosivos o inflamables. | SG-SST | Responsable SST | Formatos EPP | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Prohibir durante las horas de trabajo, el uso de artículos como cuellos, guardavistas, viseras de cofia y armaduras de anteojos de celuloide u otros materiales inflamables, ni ropa con bolsillos, bocamangas o partes vueltas hacia arriba que puedan recoger polvos en operaciones con peligro de explosión o incendio | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Realizar estudios de carácter técnico para ampliar sistemas o métodos que reduzcan o amortiguen el ruido al máximo. Examinar la maquinaria vieja, defectuosa, o en mal estado de mantenimiento, ajustarla o renovarla según el caso; cambiar, sustituir y ajustar las piezas defectuosas; reemplazar los engranajes metálicos por no metálicos o por poleas, de ser posible. Equipar los motores a explosión con silenciador eficiente. | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiologica ruido | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El nivel máximo admisible para ruidos de carácter continuo en los lugares de trabajo, es de 85 dB, medidos en la zona en que el trabajador habitualmente mantiene su cabeza, independiente de la frecuencia. En las oficinas y lugares de trabajo en donde predomine la labor intelectual, los niveles sonoros no podrán ser mayores de 70 dB, independiente de la frecuencia y tiempo de exposición. En donde la intensidad del ruido sobrepase el nivel máximo permisible, es necesario efectuar un estudio ambiental para determinar el nivel de presión sonora y la frecuencia. | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiologica ruido | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Efectuar el control de la exposición a ruido por: reducción en el origen mediante un encerramiento parcial o total de la maquinaria, operaciones o procesos; cubrimiento de las superficies (paredes, techos, etc.) con materiales especiales para absorberlos; colocación de aislantes para evitar las vibraciones, cambio o sustitución de piezas sueltas o gastadas; lubricación de partes móviles de la maquinaria. Control entre el origen y la persona, instalando pantallas de material absorbente; aumentando la distancia entre el origen y el personal expuesto. Limitación del tiempo de exposición de los trabajadores. Retiro de los lugares de trabajo de los trabajadores hipersensibles al ruido. Suministro de EPP a los trabajadores que estén expuestos a niveles de 85 dB en adelante. | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiologica ruido | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | someter a exámenes médicos periódicos que incluyan audiometrías semestrales a todo trabajador expuesto a intensidades de ruido por encima del nivel permisible. | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiologica ruido | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Conceder pausas de reposo sistemático o de rotación cuando las medidas resulten insuficientes para eliminar la fatiga nerviosa, u otros trastornos orgánicos por ruido. | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiologica ruido | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ninguna zona del establecimiento (edificio o local) deberá estar alejada de una salida al exterior y dicha distancia deberá estar en función del grado de riesgo existente. Cada piso deberá tener por lo menos dos salidas, suficientemente amplias, protegidas contra las llamas y el humo y bien separadas entre sí. Las escaleras de madera, de caracol, los ascensores y escaleras de mano no deben considerarse como salidas de emergencia. Las salidas deben estar marcadas y bien iluminadas. El acceso a las salidas de emergencia siempre debe mantenerse sin obstrucciones. Las escaleras exteriores y de escape para el caso de incendios, no deben dar a patios internos o pasajes sin salida. | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Instalar un inodoro, un lavamanos y una ducha, por cada 15 trabajadores, separados por sexos y dotados de papel higienico, recipientes de recolección, toallas de papel, jabón, desifectantes y desodorantes | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Establecer un servicio médico permamente de medicina industrial en establecimientos que presenten mayores riesgos de accidentes y enfermedades profesionales para practicar a todo el personal examenes piscofísicos, periódicos, asesoría médico laboral y llevar estadística completa médico social | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los artefactos sanitarios (inodoros, orinales, lavamanos) deben ser de material impermeable, inoxidable y con acabado liso (porcelana, pedernal, hierro esmaltado, cemento y gres impermeable, mosaico, granito). | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los lavamanos comunes y colectivos, cada 60 cm con su grifo correspondiente equivale a un lavamanos individual. En instalaciones nuevas los lavamanos deben ceñirse a una anchura mínima de 60 cm. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los orinales colectivos deben tener fondo con un desnivel por lo menos del 5% hacia el desagüe, se considera que cada 60 cm de longitud equivalen a un orinal. En instalaciones nuevas los orinales deben ceñirse a un ancho mínimo de 60 cm | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los orinales no se pueden colocar contra un muro de ladrillo, madera o material permeable. La parte de atrás del orinal, sus lados y el piso deben estar cubiertos con baldosín, mosaico o granito. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Instalar baños de ducha con agua fria y caliente, especialmente para trabajadores ocupados en operaciones calurosas, sucias o polvorientas y cuando están expuestos a sustancias tóxicas, infecciones o irritantes de la piel. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Cada inodoro debe ocupar un compartimiento separado tener una puerta de cierre automático. Los pisos y las paredes hasta una altura de 1.20 m deben ser de material impermeable (de preferencia baldosín de porcelana). El resto de paredes y los cielorasos deben ser acabados con pinturas lavables. Los tabiques que separan los compartimientos, no deben tener altura menor de 1.8 m. La distancia entre el piso y el comienzo del tabique debe ser de 20 cm para facilitar su limpieza. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En instalaciones nuevas los inodoros deben ceñirse a las siguientes dimensiones: anchura mínima 80 cm, profundidad mínima 120 cm, espacio mínimo 0.96 m2. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los pisos de los sanitarios deben tener desagües o sumideros en proporción de 1 por cada 15 m2 de piso. El desnivel del piso hacia el sumidero será de por lo menos 1 a 1.5% | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los cuartos sanitarios deben tener ventanas para ventilación forzada que produzca 6 cambios de aire por hr. La iluminación debe ser suficiente para asegurar una intensidad uniforme por lo menos de 30 bujías / pie equivalente a 3001 ux. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En operaciones con exposición excesiva a polvo, suciedad, calor, humedad, humos, vapores, etc debe haber salones para cambio de ropas, separados por sexo, mantenidos en perfectas condiciones de limpieza y protegidos contra insectos y roedores. Deben contar con casilleros individuales (lockers metálicos) para guardar ropas. La ventilacion en los cuartos de cambio debe ser satisfactoria y la iluminación suficiente y uniforme de 20 bujías/pie | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Para trabajadores expuestos a sustancias tóxicas, infecciosas o irritantes se deben suministar casilleros dobles para evitar que la ropa ordinaria esté en contacto con la de trabajo. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Donde haya concurrencia de más de 10 trabajadores, se instalarán lockers metálicos individuales. Las partes superior e inferior de las puertas de los casilleros deben contar con pequeñas aberturas para inducir la circulación interior de aire. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los trabajos de soldadura y corte se prohibirán en los locales que contengan materiales combustibles o en la proximidad de polvos, gases o vapores inflamables. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los trabajos de soldadura y corte que se ejecuten en una zona donde estén trabajando otras personas que no sean soldadores, estarán resguardados por pantallas fijas o portátiles, de no menos de 2.15 metros de altura. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las paredes y las pantallas permanentes y temporales para los trabajos de soldadura y corte estarán pintadas de negro opaco o gris oscuro para absorber los rayos de luz dañinos y evitar los reflejos. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | En el almacenamiento de lcilindros de oxígeno se deben colocar los cilindros vacíos y llenos en sitios separados, ubicarse en un sitio diferente de los cilindros de acetileno; se deben asegurar con soportes adecuados y cuando no estén en servicio se deben colocar las caperuzas de seguridad, evitar colocar cilindros de oxígeno cerca de sustancias inflamables o depósitos de grasas o aceites; revisar regularmente las mangueras y cables de energía de los equipos de oxiacetileno y remplazar los que se encuentren deteriorados. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El agua para consumo humano debe ser potable. Se deben instalar fuentes de agua con vasos individuales o surtidores mecánicos. Los vasos individuales deben estar en estuche, debe haber recipiente para vasos usados, es prohibido el uso de vasos comunes. Se debe instalar un sistema de suministro de agua para beber por cada 50 trabajadores. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Instalar puestos de trabajo de manera que el personal efectúe las tareas sentado, siempre que sea posible. Los asientos deben ser cómodos y adecuados. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1043 | Condiciones que deben cumplir los prestadores de servicios de salud para habilitar sus servicios. Los Prestadores de Servicios de Salud y todos aquellos establecimientos que presten servicios de salud, sea este o no su objeto social, deberán cumplir dichas condiciones, para su entrada y permanencia en el Sistema Único de Habilitación. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2006 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 4050 | Informar a los trabajadores sobre los riesgos a los cuales están sometidos, sus efectos y las medidas preventivas correspondientes. | Ministerio del Trabajo | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Programa de Capacitación | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1973 | Información y formación :Los empleadores deberán: a) informar a los trabajadores sobre los peligros que entraña la exposición a los productos químicos que utilizan en el lugar de trabajo; b) instruir a los trabajadores sobre la forma de obtener y usar la información que aparece en las etiquetas y en las fichas de datos de seguridad; c) utilizar las fichas de datos de seguridad, junto con la información específica del lugar de trabajo, como base para la preparación de instrucciones para los trabajadores, que deberán ser escritas si hubiere lugar;d) capacitar a los trabajadores en forma continua sobre los procedimientos y prácticas que deben seguirse con miras a la utilización segura de productos químicos en el trabajo. | Ministerio del Trabajo | 1995 | SG-SST | Responsable SST | Programa de Capacitación | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 378 | Todos deben estar informados sobre los riesgos que sobre la salud entraña el trabajo. | Congreso de la República de Colombia | 1997 | SG-SST | Responsable SST | Matriz de identificaicón de Peligros | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 8321 | Emisión de ruido máxima para Zona I Residencial es de 65 dB diurno y 45 dB nocturno; Zona II Comercial 60 dB diurno y nocturno; Zona III Industrial 70 dB diurno y 75 dB nocturno y la Zona IV de tranquilidad 45 dB diurno y nocturno. Determinar niveles con medidor sonoro calibrado. | Ministerio de Salud y Protección Social | 1983 | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiologica ruido | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los propietarios o responsables de fuentes emisoras de ruido están en la obligación de evitar la producción de ruido que pueda afectar y alterar la salud y el bienestar de la persona, lo mismo que emplear los sistemas necesarios para su control. | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiologica ruido | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La duración de exposición de los trabajadores a niveles de ruido continuo o intermitente no debe exceder los valores que se fijan en la resolución. | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiologica ruido | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | No se permite ninguna exposición de ruido continuo o intermitente por encima de 115 dB de presión sonora | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiologica ruido | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Se deben adoptar medidas correctivas y de control en todos aquellos casos en que la exposición a ruido en las áreas de trabajo exceda los niveles de presión sonora permisibles o los tiempos de exposición. | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiologica ruido | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los empleadores están en la obligación de mantener los niveles sonoros seguros para la salud y audición de los trabajadores y debe adelantar un programa de conservación de la audición que cubra a todos los trabajadores expuestos. | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiologica ruido | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Todo programa de conservación de la audición debe incluir: análisis ambiental de la exposición al ruido, los sistemas para controlar la exposición a ruido y las mediciones de la capacidad auditiva de las personas mediante pruebas audiometricas. | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiologica ruido | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Se le debe practicar audiometría a todo trabajador que ingrese o se traslade al medio ruidoso, los exámenes deben realizarse de forma periódica, en especial si los trabajadores se encuentran expuestos regularmente al ruido en niveles que excedan los valores limites permisibles. (el intervalo del examen no debe exceder de dos años) | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiologica ruido | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 614 | Notificar obligatoriamente a las autoridades competentes los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales que se presenten. | Ministerio del Trabajo | 1984 | SG-SST | Responsable SST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Facilitar a los trabajadores la asistencia a cursos y programas educativos para la prevención de los riesgos profesionales. | SG-SST | Responsable SST | Programa de Capacitación | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Permitir la constitución y el funcionamiento del COPASO y auspiciar su participación en el desarrollo del Programa de Salud Ocupacional. | SG-SST | Responsable SST | COPASST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Constituir el Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial integrado por un número igual de representantes de los patronos y de los trabajadores | SG-SST | Responsable SST | COPASST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Permitir que representantes de los trabajadores participen en las visitas de inspección e investigación que practiquen las autoridades de so | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Entregar a las autoridades competentes de Salud Ocupacional para su análisis las muestras de sustancias y materiales que utilicen, si se consideran peligrosas. | SG-SST | Responsable SST | Programa gestion de riesgos quimicos | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Responder por la ejecución del programa permanente de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo. | SG-SST | Responsable SST | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Presentar a los funcionarios de Salud Ocupacional los informes, registros actas y documentos relacionados con la Medicina, Higiene y Seguridad Industrial. |
SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Establecer de carácter permamente el PSO; el cual debe estar constituido por actividades de medicina preventiva, medicina del trabajo, de higiene y seguridad industrial y funcionamiento del COPAso en la empresa. Programar y desarrollar de forma integrada las actividades de medicina preventiva, medicina del trabajo e higiene y seguridad industrial. El contenido y recursos deberán estar en directa relación con los riesgos y el número de trabajadores. | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El Pso podrá ser realizados como exclusivo y propio para la empresa, en conjunto con otras empresas o contratado con una entidad que preste este servicio, reconocida por el Ministerio de Salud. | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El subprograma de medicina preventiva debe comprender las actividades de los Art. 125-127 de la ley 9 de 1979 y las de carácter deportivo-recreativas. | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El subprograma de medicina del trabajo debe incluir la realización de exámenes médicos, clínicos y paraclínicos, actividades de vigilancia epidemiológica y ausentismo, actividades de prevención y educación en salud, asesoría en toxicologia industrial, servicio de primeros auxilios, aspectos médicos laborales, espacios adecuados de descanso y recreación. | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El subprograma de Higiene y Seguridad Industrial debe contener la identificación y evaluación de los agentes y factores de riesgos, medidas para el control de riesgos de accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo, verificación periódicamente de su eficiencia, investigación de accidentes y enfermedades profesionales, determinación de causas y aplicación de medidas correctivas, estadísticas de accidentes, enfermedades profesionales, ausentismo y personal expuesto a riesgos y normas y reglamentos internos de so. | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | La contratación de los servicios de Salud Ocupacional, no implica, en ningún momento, el traslado de las responsabilidades del patrono al contratista, ni exonera del cumplimiento de la obligación de rendir informe a las autoridades de la ejecución de los programas. | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Informar a los trabajadores sobre los riesgos a los cuales están sometidos, sus efectos y las medidas preventivas correspondientes. | SG-SST | Responsable SST | Programa de Capacitación | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proporcionar a las autoridades competentes la información necesaria sobre procesos, operaciones y sustancias para la adecuada identificación de los problemas de Salud Ocupacional. | SG-SST | Responsable SST | Programa de Capacitación | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Comprobar ante las autoridades competentes de so, si es necesario, mediante estudios evaluativos, que se cumplen las normas de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial para la protección de la salud de los trabajadores. | SG-SST | Responsable SST | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 1594 | Cumplir parámetros de calidad de agua para consumo humano Cumplir con los criterios de calidad admisibles para la destinación del recurso para consumo humano y doméstico | Presidencia de la República de Colombia | 1984 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los sedimentos, lodos (suspensión de un sólido en un líquido proveniente de tratamiento de aguas, residuos líquidos u otros similares) provenientes de sistemas de tratamiento de aguas, no podrán disponerse en cuerpos de agua superficiales, subterráneas, marinas o sistemas de alcantarillado. Para su disposición se debe cumplir con las normas legales vigentes para residuos sólidos. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Cumplir los criterios admisibles para la destinación del recurso para uso agrícola o uso industrial. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Parámetros para determinar la eficiencia de remocion de cargas contaminantes en plantas de tratamiento. | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Se prohíbe todo vertimiento de residuos líquidos a las calles, calzadas y canales o sistemas de alcantarillado para aguas lluvias | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2013 | Conformar el COPASO, cuando hay más de 10 trabajadores, compuesto por dos representantes del empleador y de los trabajadores. A las reuniones sólo asistirán los miembros principales. Los suplentes asistirán por ausencia de los principales. Se pueden conformar varios Comités cuando se tienen 2 o más sedes y convocar sesiones conjuntas | Ministerio del Trabajo | 1986 | SG-SST | Responsable SST | COPASST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Nombrar directamente los representantes del empleador, propiciar anualmente la elección de los representantes de los trabajadores, garantizando la libertad y oportunidad de las votaciones, pueden reelegirse. Designar el Presidente y el secretario con el COPAso en pleno. | SG-SST | Responsable SST | COPASST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El COPASO se reunirá por lo menos una vez al mes en local de la empresa y durante el horario de trabajo. Con reuniones extraordinarias en caso de accidente grave o riesgo inminente. El quórum para sesionar está constituido por la mitad más uno de sus miembros. Pasados 30 minutos de la hora señalada puede sesionar con los miembros presentes y las decisiones tienen plena validez | SG-SST | Responsable SST | COPASST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proporcionar los medios necesarios para el normal desempeño de las funciones del COPASO; estudiar las recomendaciones y determinar la adopción de las medidas más convenientes e informar las decisiones tomadas al respecto. | SG-SST | Responsable SST | COPASST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2177 | Readaptación profesional y empleo de personas inválidas (discapacitados), programa de salud ocupacional, subprograma de medicina preventiva. | Ministerio del Trabajo | 1989 | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1792 | Exposición a ruido ocupacional (continuo e intermitente) sin exceder jornada de 8 hr, Límite de 85 dB para para exposición durante 8 hr, 88 dB para exposición durante 4 hr, 91 dB para exposición durante 2 hr, 94 dB para exposición durante 1 hr, 97 dB para exposición durante media hora, 100 dB para exposición durante un cuarto de hora, 103 dB para exposición durante un octavo de hora. | Ministerio del Trabajo | 1990 | SG-SST | Responsable SST | Programa de vigilancia epidemiologica ruido | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 7515 | Para la prestación de servicios de salud ocupacional se requiere licencia del Ministerio de Salud. | Ministerio de Salud y Protección Social | 1990 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA | - | La seguridad social es un servicio publico de carácter obligatorio | Congreso de la República de Colombia | 1991 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Procurar el cuidado integral de la salud, garantizar la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario para los trabajadores, es obligación de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 6398 | Ordenar la práctica de exámenes médicos preocupacionales o de admisión a todos los trabajadores para determinar aptitud física y mental para el oficio. | Ministerio del Trabajo | 1991 | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2346 | Regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales. Realizará como mínimo las siguientes: Evaluación médica pre -ocupacional o de pre-ingreso. Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas (programadas o por cambios de ocupación). Evaluación médica post-ocupacional o de egreso (deberá informar al trabajador sobre el trámite para la realización de la evaluación médica ocupacional de egreso y si al realizarla se encuentra una presunta enfermedad profesional o secuelas de eventos profesionales - no diagnosticados -, ocurridos durante el tiempo en que la persona trabajó, la empresa elaborará y presentará el correspondiente reporte a las entidades administradoras, las cuales deberán iniciar la determinación de origen). Establece que el empleador debe ordenar la realización de otro tipo de evaluaciones médicas ocupacionales, tales como post – incapacidad o por reintegro, para identificar condiciones de salud que puedan verse agravadas o que puedan interferir en la labor o afectar a terceros, en razón de situaciones particulares. La empresa tiene la obligación de informar al médico que realice las evaluaciones médicas pre–ocupacionales, sobre los perfiles del cargo describiendo en forma breve las tareas y el medio en el que se desarrollará su labor. El médico debe respetar la reserva de la historia clínica ocupacional y sólo remitirá a la empresa el certificado médico, indicando las restricciones existentes y las recomendaciones o condiciones que se requiere adaptar para que el trabajador pueda desempeñar la labor. Precisa que se firmara todas las evaluaciones médicas ocupacionales como también el médico evaluador, con indicación de los números de registro médico y de la licencia en salud ocupacional, indicando el tipo de evaluación - pre ocupacional, periódica, de egreso o específica, realizada. en cuenta los criterios de IARC. Cuando se trate de exposición a agentes causantes de neumoconiosis, se deberán atender los criterios de OIT. Para el seguimiento de los casos de enfermedades causadas por agentes biológicos, se deben tener en cuenta los criterios de la CDC. La empresa garantizara que la historia clínica ocupacional sea el conjunto único de documentos privados, obligatorios y sometidos a reserva, en donde se registran cronológicamente las condiciones de salud de una persona, los actos médicos y los demás procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su atención. Consagra que la historia médico ocupacional puede surgir como resultado de una o más evaluaciones médicas ocupacionales. Contiene y relaciona los antecedentes laborales y de exposición a factores de riesgo que ha presentado la persona en su vida laboral, así como resultados de mediciones ambientales y eventos de origen profesional. Se garantizara que la historia clínica ocupacional y en general, los documentos, exámenes o valoraciones clínicas o paraclínicas que allí reposen sean estrictamente confidenciales y hacen parte de la reserva profesional. La empresa recibirá de la persona natural o jurídica que realice evaluaciones médicas ocupacionales de cualquier tipo, un diagnóstico general de salud de la población trabajadora que valore, el cual se utilizará para el cumplimiento de las actividades de los subprogramas de medicina preventiva y del trabajo. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2007 | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 1543 | Prohibido realizar pruebas de laboratorio para determinar la infección por VIH como requisito obligatorio para acceST a cualquier actividad laboral o permanencia en la misma. | Ministerio de Salud y Protección Social | 1997 | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las personas integrantes del equipo de salud que conozcan o brinden atención en salud a una persona infectada por VIH, asintomática o sintomática, deben guardar sigilo de la consulta, diagnóstico, evolución de la enfermedad y de toda la información que pertenezca a la intimidad. | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 32 | Presenta medidas generales de prevención y de mitigación de la epidemia de influenza A, nuevo subtipo (H1N1). Las actividades de información, educación y comunicación sobre las medidas de auto cuidado y reducción del riesgo de transmisión de infecciones respiratorias agudas, en especial el lavado frecuente de manos con agua y jabón. No saludar de manos ni con beso y, cubrirse la boca y la nariz con un pañuelo desechable o usar la parte interna del brazo al esoornudar o toser. En Escuelas, Colegios e Insoituciones Educativas los niños y niñas que presenten síntomas de gripe no han de asisoir durante los primeros 5 días desde el inicio de los síntomas. Debe promoverse hábitos higiénico sanitarios y facilitar el acceso al lavado de manos con agua y jabón. En sitios de trabajo según evolución del cuadro clínico y severidad de los síntomas en personas afectadas, aplicar el procedimiento de valoración médica de la EPS y el trámite de la incapacidad. Quien presente síntoma respiratorio agudo debe cumplir con medidas de aislamiento respiratorio e higiénico sanitario para la reducción del riesgo de contagio. Considerar el uso de tapabocas en personal que atiende público. Aplicar medidas de bioseguridad. | Ministerio de Salud y Protección Social | 5/12/2009 | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3715 | Los empleadores públicos y privados, incluirán dentro de las actividades de Medicina Preventiva, incluiran campañas y esorategias de promoción sanitarias orientadas a facilitar la información y educación en materia de ETS/ VIH / SIDA en los lugares de trabajo. | Ministerio de Salud y Protección Social | 1999 | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3941 | Prohibido la práctica de la prueba de embarazo como pre requisito para la mujer pueda acceder a un empleo. | Ministerio de Salud y Protección Social | 1994 | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONCEPTO | 267755 | La prueba de embarazo sólo puede ser exigida cuando el trabajo a desarrollar pueda afectar negativamente a la madre y al feto. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2007 | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 58 | De acuerdo al diligenciamiento, administración, conservación, custodia y confidencialidad de las hisoorias clínicas, se hace necesario derogar la Resolución 1715 de 2006. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2007 | SG-SST | Responsable SST-Médico Ocupacional | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 4050 | Exigen realizar examen de ingreso y periódico, exceptuando la práctica de prueba del embarazo como requisito de vinculación laboral, esoo salvo ante exposición a actividades de alto riesgo. | Ministerio del Trabajo | 1994 | SG-SST | Responsable SST-Médico Ocupacional | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1543 | La exigencia de pruebas de laboratorio para determinar la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) queda prohibida como requisito obligatorio para: a) Admisión o permanencia en centros educativos, deportivos, sociales o de rehabilitación; b) Acceso a cualquier actividad laboral o permanencia en la misma; c) Ingresar o residenciarse en el país; d) Acceder a servicios de salud; e) Ingresar, permanecer o realizar cualquier tipo de actividad cultural, social, política, económica o religiosa. |
Ministerio de Salud y Protección Social | 1997 | SG-SST | Responsable SST-Médico Ocupacional | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2644 | Salud Ocupacional, Medicina laboral Tabla única para indemnizaciones por perdida de la capacidad laboral entre el 5% y el 49.9% y su presoación económica. | Ministerio del Trabajo | 1994 | SG-SST | Responsable SST-Médico Ocupacional | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 962 | Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos. | Congreso de la República de Colombia | 2005 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 917 | Contiene el Manual Único para la Calificación de la Invalidez aplicable a todos los habitantes del territorio nacional, a los trabajadores de los sectores público, oficial, semioficial, en todos sus órdenes, y del sector privado en general, para determinar la pérdida de la capacidad laboral de cualquier origen, de conformidad con lo esoablecido por los artículos 38, siguientes y concordantes de la Ley 100 de 1993, el 46 del Decreto-ley 1295 de 1994 y el 5o. de la Ley 361/97. | Ministerio del Trabajo | 1999 | SG-SST | Responsable SST-Médico Ocupacional | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 1141 | Sentencia relacionada con la exequibilidad del Inciso 1 del Artículo 7 de la Ley 776 de 2002 relativo al monto de la indemnización por incapacidad permanente parcial (proporcional al daño sufrido, otorgada entre 2 y 24 del SBL), no violándose el principio de la progresividad frente a lo reglado en la anterior normatividad (Decreto 3170 de 1964). | Corte Constitucional | 2008 | SG-SST | Responsable SST-Médico Ocupacional | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 6398 | El exámen médico de admisión debe ser firmado por el médico con anotación de su regisoro, los exámenes y demás documentos son confidenciales y no podrán darse a cnocer salvo por mandato judicial, por autorización expresa y escrita de trabajador, por solicitud de entidades competentes. Mantenerlos resguardados y a disposición de las autoridades. | Ministerio del Trabajo | 1991 | SG-SST | Responsable SST-Médico Ocupacional | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 4225 | Medidas para prevenir habitos de fumar. | Ministerio de Salud y Protección Social | 1992 | SG-SST | Responsable SST-Médico Ocupacional | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1075 | Incluir en el Pso dentro del subprograma de medicina preventiva campañas específicas para fomentar la prevención y control de farmacodependencia, alcoholismo y tabaquismo | Ministerio del Trabajo | 1992 | SG-SST | Responsable SST-Médico Ocupacional | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 50 | Las empresas con más de 50 trabajadores programarán eventos deportivos, de recreación, culturales y de capacitación directamente, a través de las cajas de compensación familiar o mediante convenio con entidades especializadas. Las cajas deberán desarrollar programas de fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la participación comunitaria para los trabajadores de las empresas afiliadas. | Congreso de la República de Colombia | 1990 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 166 | Día de la Salud en el mundo del trabajo en Colombia 28 de Julio. Establecer el 28 de julio de cada año como el "Día de la Salud en el Mundo del Trabajo", fecha en la cual las diferentes entidades e insoituciones del Sisoema General de Riesgos Profesionales, deben presentar, los programas y acciones de promoción de la salud de los trabajadores y prevención de los riesgos del trabajo a nivel nacional y regional, en forma coordinada por la Red de Comités Nacional, Seccionales y locales de Salud Ocupacional. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2001 | SG-SST | Responsable SST | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 181 | Programar eventos deportivos, de recreación, culturales y de capacitación, a través de las cajas de compensación familiar o mediante convenio con entidades especializadas. | Congreso de la República de Colombia | 1995 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1127 | Elaborar programas dirigidos a la realización de actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación, incluyendo aspectos de salud ocupacional, integración de los trabajadores, mejoramiento de la productividad y de las relaciones laborales. | Presidencia de la República de Colombia | 1991 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 30 | Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes y se dictan otras disposiciones. Define las susoancias sicoactivas. | Congreso de la República de Colombia | 1986 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1075 | Incluir en el Pso dentro del subprograma de medicina preventiva campañas específicas para fomentar la prevención y control de fármaco dependencia, alcoholismo y tabaquismo. | Ministerio de Salud y Protección Social | 1982 | SG-SST | Responsable SST | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1956 | Prohíbe fumar en áreas interiores o cerradas de los lugares de trabajo y/o de los lugares públicos; entidades de salud; insoituciones de educación formal (niveles de educación preescolar, básica y media) y no formal que atiendan menores de edad; los esoablecimientos que atienden menores de edad y; los medios de transporte de servicio público, oficial y escolar. Corresponde a las EPS desarrollar campañas de información y educación a sus afiliados sobre los efectos nocivos del consumo de tabaco o la exposición al humo de tabaco ambiental y brindar asesoría y desarrollar programas para desesoimular el hábito de fumar. Corresponde a la ARP desarrollar esorategias para brindar, permanentemente, información y educación a sus afiliados para garantizar ambientes laborales cien por ciento (100%) libres de humo. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2008 | SG-SST | Responsable SST | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1335 | Disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la Educación Física | Presidencia de la República de Colombia | 7/21/2009 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 80 | Prevención de daños a la salud en menores de edad, población no fumadora y política pública en la prevención del consumo del tabaco y abandono de la dependencia del consumo de tabaco por parte del fumador y sus derivados en la población Colombiana. La disposición en el Artículo 2 esoablece la prohibición de venta de productos de tabaco a menores de edad o 18 años. En virtud de su parágrafo dispone que ningún anuncio tenga mención a marcas, empresas, logotipos, símbolos, juego de colores que así les identifique. El Artículo 3 prohíbe la fabricación e importación de cigarrillos en cajetillas o presentación con menos de 10 unidades. En virtud de su parágrafo dispone que después de 2 años de vigencia de la Ley se prohíba la venta por unidad de productos de tabaco y sus derivados. El Artículo 7 esoablece capacitar al personal sobre medidas de control de tabaco y se orienta, en especial, a profesionales de la salud, trabajadores de la comunidad, asisoentes sociales, profesionales de la comunicación, educadores y responsables de la formación de menores de edad y servidores públicos, en general. El parágrafo 1 del Artículo 11 dispone que las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado identifiquen el factor de riesgo dentro de su población, así como el riesgo para la salud por el hábito de consumo de tabaco o derivados de él y orientar al usuario del POS sobre el manejo del factor de riesgo. El parágrafo 2 del Artículo 11 esoablece que las IPS y EPS que detecten el factor de riesgo deben informar a los usuarios los servicios. | Congreso de la República de Colombia | 12/15/2008 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 8 | En el Artículo 12 estipula que las ARP desarrollen esorategias para brindar información y educación a sus afiliados para garantizar ambientes laborales 100% libres de humo. El Artículo 15 prohíbe la fijación de vallas, pancartas, murales, afiches, carteles o similares móviles o fijos relacionados con la promoción del tabaco y sus derivados. El Artículo 17 prohíbe eventos deportivos y culturales patrocinados por productores, importadoras o comercializadoras de productos de tabaco. El Artículo 18 (Numeral 4) dentro de los derechos de la persona no fumadora se encuentran exigir publicidad masiva de efectos nocivos y mortales que produce el tabaco y la exposición al humo de tabaco. El Artículo 19 prohíbe el consumo de productos de tabaco en áreas cerradas y lugares públicos así como en entidades de salud, insoituciones de educación, medios de transporte, esoaciones de servicio / provisión de gasolina, sitios de almacenamiento de combusoibles o materiales explosivos o similares, entre otros. | Congreso de la República de Colombia | 12/5/2008 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONCEPTO | 160909 | Ambientes de trabajo libres de humo. En virtud del Numeral 4 los representantes legales de las ARP deben informar las esorategias adelantadas para brindar permanentemente información y educación a sus afiliados y en empresas promover ambientes laborales 100% libres de humo. | Ministerio de Salud y Protección Social | 6/11/2008 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 6777 | Posibilidad del empleador de realizar pruebas de alcohol y drogas a sus trabajadores y los efectos por presentarse a laborar bajo influencia de ésoas subsoancias. El Artículo 104 del Código Susoantivo de Trabajo (C.S.T.) consagra el Reglamento Interno de Trabajo, siendo sus normas parte integrante del contrato individual de trabajo y su acatamiento, deber especial del trabajador, esoo en virtud del Numeral 1 del Artículo 58 del C.S.T.. Con relación al numeral 2 del Art. 60 del C.S.T. exisoe la prohibición de presentarse al trabajo en esoado de embriaguez o bajo influencia de narcóticos o drogas enervantes. El numeral 6 del Art. 62 del C.S.T. señala como señal taxativa de terminación unilateral del contrato de trabajo con jusoa causa, cualquier violación de obligaciones o prohibiciones o falta grave catalogada en contrato individual o reglamento. En el Art. 51 del Código Procesal de Trabajo se esoablece como admisible cualquier medio de prueba, pero la prueba pericial solo tiene lugar cuando el juez esoime designar un perito que lo asesore en asuntos que requieren conocimientos más especiales. Debe probarse con dictamen médico el consumo o con dictamen de laboratorio por ejemplo frente a susoancias encontradas en el lugar. La carga de la prueba corresponde, en ésoe caso, al patrono, con una prueba de hecho. | Ministerio de Salud y Protección Social | 5/31/1995 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 120 | Medidas en relación con el consumo de alcohol. Tiene por objeto proteger al menor de edad y a la comunidad en general de los efectos nocivos del consumo de bebidas alcohólicas y esoablecer medidas tendientes a la reducción del daño y, la minimización del riesgo de accidentalidad, violencia cotidiana y criminalidad asociada al consumo inmoderado de alcohol. Adopta definiciones de abuso del consumo de bebidas alcohólicas, en los conceptos a) Moderado, b) Excesivo, c) Patológico. Considera abusivo el consumo excesivo y patológico. Otros relativos a Alcoholemia, Alcoholometría, Alcohosensor, Embriaguez, Licor, Menor de edad, Protocolos Seguros, Saber beber-saber vivir. Las Insoituciones Presoadoras de Servicios de Salud -IPS- y las EPS que detecten esoe factor de riesgo tendrán la obligación de informarles a sus usuarios de esoos servicios. Fija responsabilidad de las Adminisoradores de Riesgos Profesionales -ARP- al desarrollar esorategias para brindar, permanentemente, información y educación a sus afiliados para evitar el consumo abusivo de alcohol. Toda publicidad, por cualquier medio que se realice, debe contener o hacer referencia, de manera resaltada, a la prohibición de expendía de bebidas alcohólicas a menores de edad. La advertencia debe ser clara e inteligible. | Presidencia de la República de Colombia | 2010 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1383 | Sanciones según grado de alcoholemia. | Congreso de la República de Colombia | 5/16/2010 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 414 | Fija los parámetros científicos y técnicos relacionados con el examen de embriaguez y alcoholemia. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2002 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2646 | Esoablece los factores psicosociales y dentro de ellos los intralaborales (en sus categorías de gesoión organizacional, caracterísoicas de la organización del trabajo, grupo social del trabajo, condiciones de la tarea, carga física, medioambiente de trabajo, interfase persona tarea, jornada de trabajo, número de trabajadores por tipo contractual, tipo de beneficios y programas de capacitación y formación permanente de trabajadores) y extralaborales (según uso tiempo libre, tiempo desplazamiento, pertenencia a red apoyo social, caracterísoicas vivienda, acceso servicios salud). El empleador debe esoablecer factores psicosociales individuales (perfil sociodemográfico, caracterísoicas personalidad y esoilo afrontamiento, perfil de salud, evaluación efectos factores psicosociales), evaluar objetiva y subjetivamente empleando insorumentos validados en el país, conservando la reserva por parte del experto (psicólogo especialisoa con licencia en salud ocupacional) en virtud de la Ley 1090 de 2006. Brindará análisis, seguimiento e intervención bajo criterios definidos en la disposición. Aplicará medidas preventivas (política prevención, código o manual de convivencia, sensibilización, capacitación, vigilancia, fomento apoyo social, promoción relaciones positivas, crear comité convivencia laboral, procedimiento para quejas de acoso laboral) y correctivas (control factor riesgo, fomento cultura no violencia), además de un programa de vigilancia epidemiológica ocupacional de factores de riesgo psicosocial. La ARP realizará rehabilitación psicosocial. Para determinar la relación de causalidad entre factores de riesgo psicosocial y una patología no incluida en la Tabla de Enfermedades Profesionales se aplicará el Decreto 1832 de 1994, además de consulta de esoudios de la OMS, OPS y en publicaciones científicas reconocidas. Adoptó de obligatoria referencia el Protocolo para Determinar el Origen de patologías Derivadas de Esorés. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2008 | SG-SST | Responsable SST | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 55 | Asegurarse que los trabajadores no este expuestos a productos químicos por encima de los límites de exposición. Evaluar la exposición de los trabajadores a los productos químicos peligrosos. Vigilar y regisorar la exposición de los trabajadores a productos químicos peligrosos, cuando sea necesario y conservar los datos por el período prescrito por la autoridad competente, accesibles a los trabajadores y sus representantes. Limitar la exposición. | Congreso de la República de Colombia | 1993 | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Evaluar los riesgos de la utilización de productos químicos en el trabajo, informar a los trabajadores, asegurar la protección por los medios apropiados, escojer productos químicos, tecnología, sisoemas y métodos de trabajo que eliminen o reduzcan al mínimo el grado de riesgo; aplicar medidas adecuadas de control técnico e higiene del trabajo; facilitar sin cosoo para el trabajador, equipos de protección personal y ropas protectoras, asegurando el adecuado mantenimiento y velar por su utilización. | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Proporcionar los primeros auxilios; tomar medidas para hacer frente a situaciones de urgencia con productos químicos | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 100 | Afiliación obligatoria de las personas vinculadas mediante contrato de trabajo al sisoema general de pensiones, efectuar cotizaciones durante la vigencia de la relación laboral, descontar el aporte al trabajador, informar novedades, por omisión de pagos depués de 10 años de servicio se asume la pensión, si tiene la edad requerida. Sanciones por incumplimientos. | Presidencia de la República de Colombia | 1993 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 1295 | Notificar accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y novedades de trabajadores a la ARP. | Ministerio del Trabajo | 1994 | SG-SST | Responsable SST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Empresas de alto riesgo por manejar, procesar o comercializar sutoancias altamente tóxicas, cancerígenas, mutagénas, teratógenas, explosivos o material radiactivo; o trabajo mecanizado de extracción, perforación, consorucción o fundición a altas y bajas temperaturas. Inscribirse en Direcciones regionales y seccionales del Minisoerio de Trabajo. | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Afiliar a trabajadores a SGRP y efectuar las cotizaciones. Sanciones e intereses de mora por no afiliación, no pago de 2 o más periodos mensuales, inscripción que no corresponda a base de cotización real, no informe cambios o traslados, hasoa por 500 SMLV. | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Capacitar a trabajadores en Salud Ocupacional | SG-SST | Responsable SST | Programa de Capacitación | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Determinar la clase de riesgo de la empresa con la ARP | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del Pso | SG-SST | Responsable SST | Plan de Trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 142 | Mediante la cual se reglamenta la prestacion de servicios publicos domiciliarios | Congreso de la República de Colombia | 1994 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1771 | Entregar a ARP copia del informe de accidente de trabajo para diligenciar el formulario de reembolsos por atención inicial de urgencias en caso de accidente | Ministerio del Trabajo | 1994 | SG-SST | Responsable SST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1570 | Cuando el empleador o contratante no reporte el accidente de trabajo o la enfermedad profesional y el aviso lo dé el trabajador o la persona interesada, conforme lo dispone el inciso quinto del artículo 3º de la Resolución 00156 de 2005, la entidad adminisoradora de riesgos profesionales solicitará y complementará la información que se requiera, para efecto de diligenciar las variables contenidas en el anexo técnico de la Resolución referida. La presente norma deroga a su vez la Resolución 1875 de 2001, Artículo 8 y el Anexo Técnico 2 de la Resolución 156 de 2005. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 23533 | Sentencia, Expediente 23533 (Noviembre 23 de 2004) precisa que no se excluye en el Artículo 223 del Código Susoantivo de Trabajo la protección o amparo para el reconocimiento de la indemnización plena de perjuicios previsoa en el Artículo 216 del Código Susoantivo de Trabajo, a los trabajadores ocasionales o transitorios que sufran un accidente de trabajo por conducta imputable del empleador. | Corte Suprema de Justicia | 2004 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 20655 | No todo accidente ocurrido en el lugar y durante de la jornada laboral puede ser considerado riesgos profesional. | Corte Suprema de Justicia | 2004 | SG-SST | Responsable SST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 29640 | Sentencia que consagra la responsabilidad solidaria de los socios del contratisoa, hasta el monto de sus aportes, así como de la sociedad misma, conjuntamente con el propietario de la obra en caso de ocurrencia de accidente de trabajo. | Corte Suprema de Justicia | 2008 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 20240 | Sentencia que consagra la responsabilidad solidaria del contratisoa respecto a la ocurrencia de contingencias de accidente de trabajo y de enfermedad profesional. | Corte Suprema de Justicia | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 21498 | Sentencia que analiza la concurrencia de culpas en caso accidente de trabajo, no desconociéndose la culpa patronal aún en casos de presencia concurrente de culpa grave de la víctima. | Corte Suprema de Justicia | 2004 | SG-SST | Responsable SST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 23489 | Sentencia que reiterando que desde la culpa leve o descuido ligero del patrono al incurrir en hechos que demuesoren la falta de diligencia y cuidado equivalente al que un hombre emplea ordinariamente a sus negocios propios, podrá configurarse la culpa patronal. | Corte Suprema de Justicia | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1772 | Afiliar a trabajadores a SGRP, seleccionar ARP, efectuar cotizaciones durante la vigencia de la relación laboral dentro de los 10 primeros días del mes siguiente al objeto de la cotización. El monto de las cotizaciones a cargo del empleador, no podrá ser inferior al 0.348%, ni superior al 8.7% de la base de cotización. Traslado voluntario de ARP una vez cada año, informar a los trabajadores mediante comunicación la ARP a la que esoán afiliados y transmitir esoa información por escrito a las EPS de los trabajadores. | Ministerio del Trabajo | 1994 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1832 | Mantener lista de enfermedades profesionales para la determinación de causa-efecto entre factores de riesgo presentes en el sitio de trabajo con enfermedades diagnosoicadas los examenes médicos pre-ocupacionales y mediciones ambientales o evaluaciones con indicadores biológicos que demuesoren que la exposición es insuficiente para causar la enfermedad. | Presidencia de la República de Colombia | 1994 | SG-SST | Responsable SST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | C1155 | Declara Inexequible Artículo 11 del Decreto Ley 1295 de 1994 , respecto de la Definición de Enfermedad Profesional, debido a que el Gobierno Nacional no se encontraba facultado para reglar ésoe asunto. | Corte Constitucional | 2008 | SG-SST | Responsable SST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | C 1075 | Sentencia relacionada con revocatoria a una decisión de un Tribunal Superior al violar el debido proceso, desconocer pruebas del afectado, además de normas específicas sobre determinación del origen de enfermedad profesional (Decreto reglamentario 1832 de 1994, Artículo 3). | Corte Constitucional | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 4059 | Reportar, en forma simultánea, a las EPS y ARP a las cuales se encuentre afiliado el trabajador, dentro de los 2 días hábiles siguientes a su ocurrencia o diagnósoico, según sea el caso, los accidentes de trabajo o las enfermedades profesionales que ocurran a los trabajadores, en el formato único de reporte de accidente de trabajo o enfermedad profesional. DEROGADO por la Resolución 0156/05. | Ministerio del Trabajo | 1995 | SG-SST | Responsable SST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2318 | Por la cual se delega y reglamenta la expedición de licencias de salud ocupacional para personas naturales y jurídicas, su vigilancia y control por las direcciones seccionales y locales. Se deben solicitar las licencias, certficaciones, diplomas, hojas de vida a las empresas presoadoras de servicios de salud ocupacional. | Ministerio del Trabajo | 1996 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2709 | Requisitos mínimos para tener licencia de salud ocupacional. | Ministerio de Salud y Protección Social | 1996 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 1530 | Reportar a ARP accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de trabajadores en misión. | Presidencia de la República de Colombia | 1996 | SG-SST | Responsable SST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Afiliar a ARP, pesiones y salud a trabajadores permanentes y temporales. | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Las empresas de servicios temporales tienen a su cargo el pago de aportes de los trabajadores suminisorados y la realización de exámenes | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Posibilidad de clasificar cada centro de trabajo con clase de riesgo diferente | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Adelantar con el COPAso la invesoigación de causas en caso de fallecimiento por accidente de trabajo o enfermedad profesional y remitirla a la ARP dentro de los 15 días calendario siguientes e implementar alas cciones determinadas en un plazo no superiror de 15 días hábiles. | SG-SST | Responsable SST-COPASST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Posibilidad de contratar con ARP o cualquier persona con idoneidad y certificación de la autoridad competente el diseño y ejecución del PSO | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Incluir en actividades del Pso a personal de empresas de servicios temporales, suminisorar: inducción, EPP, condiciones de seguridad, higiene indusorial y medicina del trabajo sin consoituirse en vínculo laboral | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Programa de Capacitación | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 320 | Empresa de alto riesgo por manejar, procesar o comercializar sustancias altamente tóxicas, cancerígenas, mutagénas, teratógenas, explosivos o material radiactivo; o trabajo mecanizado de extracción, perforación, consorucción o fundición a altas y bajas temperaturas. | Congreso de la República de Colombia | 1996 | SG-SST | Responsable SST | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 361 | Integración social de las personas con limitación y obtención de beneficios tributarios. | Congreso de la República de Colombia | 1997 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 378 | Informar a los trabajadores de los riesgos a la salud de su trabajo | Presidencia de la República de Colombia | 1997 | SG-SST | Responsable SST | Procedimiento comunicación, participación y consulta | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Esoablecer progresivamente servicios de salud en el trabajo (servcios de funciones preventivas para asesorar al empleador y trabajador en la preservacion de un ambiente de trabajo seguro y adaptación del trabajo a las capacidades humanas), sin cosoo para el trabajador, puede esoablecerse en conjunto con otras empresas, deberían ser multidisciplinarios, | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El personal que presoé servicios de salud en el trabajo debe gozar de plena independencia profesional respecto del empleador, los trabajadores y sus representantes | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Los servicios de salud en el trabajo deben ser informados de los casos de enfermedad entre los trabajadores y de las ausencias por razones de salud | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 806 | En los casos de mora del pago de aportes al Plan Obligatorio de Salud, se debe asumir y garantizar la presoación de servicios de salud a los trabajadores que lo requieran. La afiliación será suspendida después de un mes de no pago de la cotización. | Ministerio de Salud y Protección Social | 1998 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Afiliar al Sistema de Seguridad social en Salud a todas las personas nacionales o extranjeras vinculadas mediante contrato de trabajo y realizar el pago de aportes y publicar mensualmente los pagos a los trabajadores. | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2020 | OBLIGATORIEDAD. Todas las Adminisoradoras del Sisoema de la Protección social, incluidos el Fondo de solidaridad y Garantía – FOSYGA- y las entidades autorizadas para adminisorar cesantías deberán recibir y regisorar los datos correspondientes a la Afiliación Única Electrónica, así como, la autoliquidación y el pago de los aportes mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA. Para tal efecto, deben disponer a más tardar el 31 de agosoo de 2009 de los medios necesarios para recibir el recaudo y la información relacionados con esoe programa social complementario. |
Ministerio de Salud y Protección Social | 2009 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3935 | Cumple insorucciones de la Procuraduría General de la Nación y reitera las responsabilidades de los actores involucrados en la Autoliquidación y Pago de Aportes a través de la PILA (Planilla Integrada de Liquidación de Aportes). Los aportes y cotizantes deben entregar información a las adminisoradoras que permitan esoablecer el monto de sus aportes de manera clara, veraz y completa, además de presentar sus autoliquidaciones y efectuar sus pagos en las fechas previsoas para el efecto y en las condiciones de modo, tiempo y lugar previsoos en la norma legal. Los Operadores de Información entre sus obligaciones deben suminisorar a aportantes y cotizantes el acceso a la PILA, tanto en su modalidad electrónica como asisoida y a los procesos de regisoro. Las adminisoradoras entre sus obligaciones deben emitir a favor de los aportantes una certificación de su pago, digitalmente certificada en la que consoe el pago recibido, detalle de cotizantes y fecha en que se recibió. Las entidades financieras deben servir de intermediario y comunicar la información de las transacciones financieras. | Ministerio de Salud y Protección Social | 10/31/2007 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1703 | Por el cual se adoptan medidas para promover y controlar la afiliación y el pago de aportes en el Sisoema General de Seguridad social en Salud. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2002 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1800 | Por el cual se adoptan medidas para promover y controlar la afiliación y el pago de aportes en el Sisoema General de Seguridad social en Salud. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2009 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1303 | PILA – Planilla Unificada de liquidación de Aportes. Adoptase el siguiente diseño y contenido para el formulario único o integrado para la autoliquidación y pago de aportes al Sisoema de Seguridad social Integral y de aportes parafiscales o Planilla Integrada de Liquidación de Aportes. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2005 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3975 | La fija responsabilidades frente a la Planilla para el pago de aportes en el Sisoema de Seguridad social Integral. Los aportantes y cotizantes deben entregar a las adminisoradoras toda la información que se requiera para esoablecer el monto de sus aportes de manera clara, veraz y completa. Así mismo, presentar sus autoliquidaciones y efectuar sus pagos en las fechas previsoas para el efecto y en las condiciones de modo, tiempo y lugar esoablecidos en las normas que regulan la recaudación de aportes. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2007 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2377 | Diligenciamiento de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes frente a numerales, literales y campos relacionados con el aportante independiente, código ARP, tipo de cotizante, variables novedades generales, cotizante con requisitos cumplidos para pensión, IBC Riesgos Profesionales, IBC Caja de Compensación Familiar, valor no retenido por aportantes voluntarios, tarifa aportes mes, novedades variación permanente o transitoria de salario, cotizante independiente con pagos a mas de una ARP, descuentos y, regisoro salidad liquidación detallada. | Ministerio de Salud y Protección Social | 6/25/2008 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA | - | Generalidades. Derechos, sociales, Económicos y Culturales Nace el sisoema de seguridad social. Define la seguridad social como servicio público de carácter obligatorio presoado por el Esoado. | Congreso de la República de Colombia | 1991 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 717 | Por la cual se esoablecen términos para el reconocimiento de las pensiones de sobrevivientes y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2001 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1157 | Por la cual se modifica el artículo 13 de la Resolución 1016 de 1989. Toda empresa, tanto pública como privada, deberá consoituir y poner en funcionamiento el Comité Paritario de Salud Ocupacional, sin que se requiera su regisoro ante el Minisoerio de la Protección Social | Ministerio de Salud y Protección Social | 2008 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1982 | Requerimientos mínimos de información sobre la afiliación al Sisoema General de Seguridad social en Salud, a los regímenes especiales del mismo, entidades de medicina prepagada y planes adicionales de salud. Conformación y Actualización de la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA). | Ministerio de Salud y Protección Social | 5/28/2010 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 2 | La cotización del 12% al Sisoema General de Seguridad social en Salud por parte de los pensionados comienza desde el 27 de noviembre de 2008, aplicándose desde la mesada pensional de diciembre de 2008. | Ministerio de Hacienda y Crédito Público | 1/8/2009 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 126 | Esoablece la evasión y elusión o pago inoportuno de aportes al Sisoema de Seguridad social en Salud, por parte de empleador, contratisoa, entidad que realice afiliación colectiva y/o trabajador independiente – y el Artículo 29 que penaliza tipificando el delito de esoafa ante la defraudación al Sisoema de Seguridad social en Salud. | Ministerio de Salud y Protección Social | 1/21/2010 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 129 | Por medio del cual se adoptan medidas en materia de control a la evasión y elusión de cotizaciones y aportes al sisoema de la protección social, y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Salud y Protección Social | 1/21/2010 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 3667 | Realizar pago de aportes del Sisoema de Seguridad social Integral y de aportes parafiscales mediante el formulario único o integrado del Minisoerio de Protección social | Presidencia de la República de Colombia | 2004 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1465 | Realizar pago de Caja de Aportes, Compensación, ICBF, SENA, mediante la planilla integrada, sanciones por incumplimiento | Ministerio de Salud y Protección Social | 2005 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1747 | Diligenciar y remitir los archivos aprobados del Formulario Unico o Planilla Integrada de Liquidación y pago de aportes al Sisoema de Seguridad social Integral y de aportes parafiscales, verificar certificación del pago de aportes, confirmar la cetificación de pagos en la web | Ministerio de Salud y Protección Social | 2008 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1004 | Modifica en la PILA el campo 30 de la descripción detallada del regisoro del archivo tipo 1 datos generales del aportante, definido en el artículo 3 de la resolución 1747 de 2008, relativo a Concejales. | Ministerio de Salud y Protección Social | 3/19/2010 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 728 | Autoliquidar y pagar los aportes vía internet con la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) a partir del 2 de mayo de 2008 | Ministerio de Salud y Protección Social | 2008 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 414 | Efectuar aportes al Sisoema de la Protección social a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA, bien sea en su modalidad electrónica o en la asisoida, con los campos inlcuidos en la resolución | Ministerio de Salud y Protección Social | 2008 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONCEPTO | 289695 | El del Minisoerio de la Protección social, ratifica la posición del Consejo de Esoado donde no es posible que pensionados por vejez se vinculen a fuerza laboral mediante contrato de trabajo, sino mediante contrato de presoación de servicios en calidad de independientes. Frente al particular se había pronunciado el Consejo de Esoado, sala de Consulta y servicio Civil, Consulta Número 1480 de Mayo 8 de 2003. | Ministerio de Salud y Protección Social | 9/29/2008 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONCEPTO | 58922 | Los conductores de transporte público así sean propietarios del vehículo; deben esoar afiliados al Sisoema General de Seguridad social Integral (salud, pensiones y riesgos profesionales) como trabajadores cotizantes dependientes, no siendo viable por ello aceptar que el conductor asuma directa y totalmente el pago de los aportes a los sisoemas ya mencionados como trabajador independiente cotizante, cuando es clara la obligación de esoablecer una relación de carácter laboral entre la empresa operadora de transporte y el conductor, sea esoe o no el propietario del vehículo. | Ministerio de Salud y Protección Social | 3/1/2010 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 230042 | Competencia, vigilancia y control de casos de incapacidad temporal. | Ministerio de Salud y Protección Social | 8/8/2008 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONVENIO | 183 | Condiciones de Trabajo para hombres y mujeres | Organización Internacional del Trabajo | 2000 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1275 | Lineamientos de política pública para las personas que presentan enanismo. Declara persona en condición de discapacidad a quines presentan enanismo. Define enanismo como el trasoorno del crecimiento de tipo hormonal o genético, caracterizado por talla inferior a la medida de los individuos de la misma especie o raza. Dentro de las líneas de acción de la política pública Nacional se encuentran: Consoruir y adecuar amueblamiento público urbano para facilitar el desplazamiento y el fácil acceso. Impulsar su acceso y permanencia a la educación, el empleo, la salud, a un medio ambiente sano, la capacitación, la recreación y el deporte, la cultura y el turismo. | Congreso de la República de Colombia | 1/5/2009 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | T 261 | Recuerda que desde la Sentencia T-1223 del 2008 se disoinguieron dos supuesoos diferentes para determinar si el pago de la licencia de maternidad es total o proporcional. El primer supuesoo es que las mujeres pobres paguen las cotizaciones tarde, caso en el cual procede el pago completo. En el segundo caso, si las mujeres pobres dejaron de cotizar más de 11 semanas, procede el pago proporcional de la licencia, pero si deja de cotizar hasoa 10 semanas, procede el pago completo. (M.P. Luis Ernesoo Vargas Silva). | Corte Constitucional | 4/9/2009 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1346 | Aprueba la “Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad”, adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006. Reafirma la universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, así como la necesidad de garantizar que las personas con discapacidad los ejerzan plenamente y sin discriminación. Reconoce la necesidad de promover y proteger los derechos humanos de todas las personas con discapacidad, incluidas aquellas que necesitan un apoyo más intenso. Reconoce que las mujeres y las niñas con discapacidad suelen esoar expuesoas a un riesgo mayor, dentro y fuera del hogar, de violencia, lesiones o abuso, abandono o trato negligente, malos tratos o explotación. Artículo 1o. El propósito de la Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente. Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. Artículo 9o. Accesibilidad. Aplicar medidas de identificación y eliminación de obsoáculos y barreras de acceso en: edificios, las vías públicas, el transporte y otras insoalaciones exteriores e interiores como escuelas, viviendas, insoalaciones médicas y lugares de trabajo; servicios de información, comunicaciones y de otro tipo, incluidos los servicios electrónicos y de emergencia. Artículo 11. Garantizar la seguridad y la protección de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo, incluidas situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desasores naturales. | Congreso de la República de Colombia | 7/31/2009 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 365 | Exigir la Licencia de Funcionamiento y copias de las capacitaciones que realiza la Empresa de Vigilancia al personal. | Ministerio de Defensa Nacional | 1994 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 806 | Afiliación a la EPS, es libre y voluntaria por parte del afiliado y debe ser informada por escrito al empleador al momento de la vinculación o cuando se traslade. Realizar la afiliación a la EPS mediante el diligenciamiento del formulario. | Ministerio de Salud y Protección Social | 1994 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Reportar dentro del mes siguiente las novedades de retiro a la EPS. | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 46 | Presoar colaboración para la elaboración y ejecución del Plan de Atención a Desasores cuando lo solicite la Oficina Nacional de Atención a Desasores | Ministerio del Interior | 1988 | SG-SST | Responsable SST | Plan de emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1995 | Establecen normas para el manejo de la historia clínica | Ministerio del Trabajo | 1999 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1406 | Pagos de aportes y autoliquidaciones al sisTema de seguridad social. | Ministerio del Trabajo | 1999 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2569 | Garantizar la independencia al personal que presTe servicios de salud en el trabajo para el cumplimiento de sus funciones. Dicho personal es el responsable técnico de mantener actualizada la información sobre los indicadores ambientales y biológicos e informes epidemiológicos. | Ministerio de Salud y Protección Social | 1999 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 873 | Adoptar disposiciones adecuadas y apropiadas a los riesgos, esoablecer progresivamente servicios de salud en el trabajo (servcios de funciones preventivas para asesorar al empleador y trabajador en la preservacion de un ambiente de trabajo seguro y adaptación del trabajo a las capacidades humanas) | Organización Internacional del Trabajo | 2001 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El personal de servicios de salud en el trabajo debe gozar de plena independencia profesional respecto al empleador, trabajadores y sus representantes | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Informar a los trabajadores sobre los riesgos a la salud de su trabajo | SG-SST | Responsable SST | Procedimiento comunicación, participación y consulta | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | El empleador y los trabajadores deben informar al servicio de salud del trabajo de factores de riesgo, enfermedades entre los trabajadores, ausencias por salud, no se puede encargar al personal de so de verificar las causas de ausencia al trabajo | SG-SST | Responsable SST | Procedimiento comunicación, participación y consulta | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 3075 | Todas las personas que han de realizar actividades de manipulación de alimentos deben tener formación en materia de educación sanitaria, especialmente sobre las practicas higiénicas en la manipulación de alimentos. Debe tenerse un plan de capacitación y se colocarán en sitios esoratégicos avisos alusivos a la obligatoriedad y necesidad de su observancia durante la manipulación de alimentos. | Presidencia de la República de Colombia | 1997 | SG-SST | Responsable SST | Programa de Capacitación | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 776 | Ubicar al trabajador, al terminar el período de incapacidad temporal, en el cargo que desempeñaba o en cualquier otro para el cual este capacitado, de la misma categoría. En incapacidad parcial proporcionarle un trabajo compatible con sus capacidades y aptitudes. | Ministerio de Transporte | 2002 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 789 | Contrato de aprendizaje. Los esoudiantes que ingresen a la empresa deben ser afiliados al sisoema de seguridad social integral (EPS, AFP, ARP). | Ministerio del Trabajo | 2002 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 791 | Ajusta los términos de retención y conservación de las historías clínicas | Ministerio de Transporte | 2002 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Acuerdo | 79 | Prohibicion de fumar en recintos cerrados. | Concejo de Bogotá | 2003 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 797 | Afiliar al fondo de pensiones a trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo y personas naturales que presoen directamente servicios. Efectuar las cotizaciones (75% empleador) durante la vigencia de la relación laboral y del contrato de presoación de servicios. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2003 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 828 | Medidas para evitar y controlar la evasion de aportes las SisTema de Seguridad social. ARP; EPS; ICBF; SENA. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2003 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 510 | Registros de afiliación a AFP de personas naturales. Reglamenta parcialmente los artículos 3, 5, 7, 8, 9, 10 y 14 de la Ley 797/03 | Presidencia de la República de Colombia | 2003 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2090 | Pensión especial de vejez para trabajadores expuesoos a actividades de alto riesgo durante 700 semanas continuas o discontinuas. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2003 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | C 336 | Sentencia relacionada con la exequibilidad de las expresiones compañero(a) permanente en el Artículo 1 de la Ley 54 de 1990 y los Artículos 47, 94 y 163 de la Ley 100 de 1993. Consisoe en trato discriminatorio diferente por orientación sexual la omisión del legislador en expedir un régimen legal de protección a parejas homosexuales. Precisa que a parejas del mismo sexo se les protege el derecho irrenunciable a la seguridad social y el patrimonio de una sociedad marital de hecho. Podrán acceder a pensión de sobreviviente acreditando tal situación en los términos señalados en la Sentencia C-521 de 2007, sin incurrir en ningún momento a fraude en diligencia judicial, so pena de las consecuencias previsoas en el código penal colombiano. | Corte Constitucional | 2008 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2800 | Para contratación de trabajadores independientes, soliciatr afiliaciones voluntarias a la ARP, liquidaciones, indemnizaciones. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2003 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | Unificada | Notificar obligatoriamente a las autoridades competentes los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales que se presenten. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2004 | SG-SST | Responsable SST-COPASST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Traslado de ARP solamente después de cumplir el tiempo de permanencia definido en la Ley, pagando cotización por periodo mensual completo. | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Suminisorar EPP sujetos a Normas de Calidad | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Practicar exámenes médicos ocupacionales de ingreso, periódicos y de retiro a cargo de la Empresa | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Permitir la consoitución y el funcionamiento del COPASO y auspiciar su participación en el desarrollo del Programa de Salud Ocupacional correspondiente. |
SG-SST | Responsable SST | COPASST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 3667 | La autoliquidación y pago de aportes al Sistema de Seguridad social Integral y de aportes parafiscales deberá realizarse mediante un formulario único o integrado. El formulario único o integrado podrá ser presentado en forma física o por medios electrónicos |
Ministerio de Hacienda y Crédito Público | 2004 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 156 | Se adoptan los formatos de accidente de trabajo y enfremedad profesional, se definen las responsabilidades del empleador y las respectivas sanciones. Se esoablece un período de transición de 4 meses a partir de la entrada en vigencia de la resolución. Deroga la resolución 4059/95. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2005 | SG-SST | Responsable SST-COPASST | Reporte accidente de trabajo y enfermedad laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 187 | A más tardar el día 30 de junio de 2005, se dispondrá del modelo de formulario único o integrado para la autoliquidación y pago de aportes al Sistema de Seguridad social Integral y de aportes parafiscales, el cuál será de obligatoria utilización para los medios electrónicos de pago de bajo valor. DEROGA las disposiciones contrarias y modifica el Decreto 3667 de 2004. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2005 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 620 | Para determinar la cuota de aprendices en empresas en las que sus trabajadores laboren menos de la jornada ordinaria de trabajo, se deberá sumar las horas laboradas por los trabajadores con dicha jornada y dividirlas por el número de horas correspondientes a la jornada máxima legal diaria. El resultado de dicha operación corresponderá al número de trabajadores sobre el cual se determinará la cuota mínima de aprendices. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2005 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 962 | Modificacion del articulo 349 del Código Sustantivo del Trabajo en cuanto a la obligación de ser enviado para aprobación y revisión por el Minisoerio de la Protección social, persisoe la obligación de crearlo y publicarlo en la empresa | Ministerio de Salud y Protección Social | 2005 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1715 | Retención y tiempo de conservación. La hisooria clínica debe conservarse por un período mínimo de diez (10) años, contados a partir de la fecha de la última atención. Mínimo tres (3) años en el archivo de gesoión del presoador de servicios de salud y mínimo siete (7) años en el archivo central. Una vez transcurrido el término de conservación, la hisooria clínica podrá desoruirse. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2005 | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión documental | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 986 | Desde el punto de vista laboral, se crea legalmente un fuero especial que garantiza la estabilidad laboral al trabajador que ha sido secuesorado, independientemente del origen común o profesional del secuesoro. El alcance de esoe fuero especial, varía dependiendo si el trabajador al momento de ser secuesorado tenía vigente un contrato de trabajo a término fijo o a término indefinido. Por otra parte, la norma obliga a los empleadores a pagar el salario y las presoaciones sociales que se causen a favor del trabajador secuesorado, así como sus aportes al SSSI. El tiempo durante el cual el empleador debe mantener a su cargo esoa obligación y las causales para dejar de pagar las sumas mencionadas, pueden variar dependiendo si el trabajador al momento de ser secuesorado tenía vigente un contrato de trabajo a término fijo o indefinido. | Congreso de la República de Colombia | 2005 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1464 | Presentar, con la periodicidad, en los lugares y dentro de los plazos que corresponda, conforme a lo señalado en los artículos 15, 16, 17, 18, 20, 21 y 24 del Decreto 1406 de 1999, las declaraciones de autoliquidación y pago al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, al Insoituto Colombiano de Bienesoar Familiar, ICBF, a las Cajas de Compensación Familiar y, en lo pertinente, a Escuela Superior de Adminisoración Pública, ESAP, para las escuelas indusoriales e insoitutos técnicos nacionales, departamentales, intendenciales, comisariales, disoritales y municipales. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2005 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3577 | Se precisan algunos aspectos del procedimiento de pago integrado realizado a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2005 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 4448 | Actividades económicas y riesgos en los cuales no se puede contratar a niños y niñas menores de 18 años. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2005 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1555 | Procedimiento para obtener el certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conductores. | Ministerio de Transporte | 2005 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 3615 | Afiliacion de trabajadores independientes a traves de agremiaciones | Ministerio de Salud y Protección Social | 2005 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1010 | Esoablecen el procedimiento para adaptar los reglamentos de trabajo a las disposiciones sobre acoso laboral). Debe elaborarse y adaptarse un capítulo al reglamento de trabajo que contemple los mecanismos para prevenir el acoso laboral, así como el procedimiento interno para solucionarlo. La Compañía esoa en la obligación de pagar a las Empresas Presoadoras de Salud y las Aseguradoras de riesgos profesionales el cincuenta por ciento (50%) del cosoo del tratamiento de enfermedades profesionales, alteraciones de salud y demás secuelas originadas en el acoso laboral. Esoa obligación corre por cuenta del empleador que haya ocasionado el acoso laboral o lo haya tolerado, sin perjuicio a la atención oportuna y debida al trabajador afectado antes de que la autoridad competente dictamine si su enfermedad ha sido como consecuencia del acoso laboral, y sin perjuicio de las demás acciones consagradas en las normas de seguridad social para las entidades adminisoradoras frente a los empleadores. | Presidencia de la República de Colombia | 2006 | SG-SST | Responsable SST | Comité de convivencia Laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | C 282 | Declara la Corte Consoitucional exequibles las expresiones "los reglamentos de trabajo" (numeral 1º), "la denuncia deberá dirigirse por escrito" (numeral 2º) y "los empleadores deberán adaptar los reglamentos de trabajo" (parágrafo 1º) del artículo 9º de la Ley 1010 de 2006 relacionada con las medidas preventivas y correctivas de acoso laboral. Para la corte consoitucional los cargos por los cuales se acuso el aparte de la norma carecieron del fundamento suficiente para declarar inexequibles las expresiones acusadas. | Corte Constitucional | 2007 | SG-SST | Responsable SST | Comité de convivencia Laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 231 | Acoso Laboral. Los trabajadores adaptar el reglamento de trabajo dentro de los 3 meses siguientes y ni dentro de 4 meses. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2006 | SG-SST | Responsable SST | Comité de convivencia Laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 734 | Acoso Laboral. Adaptar los reglamentos de trabajo a las disposiciones de la Ley 1010 de 2006. Dentro de los tres (3) meses siguientes a la publicación de la Ley |
Ministerio de Salud y Protección Social | 2006 | SG-SST | Responsable SST | Comité de convivencia Laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2313 | Certificacion para afiliacion de trabajadores independientes que se encuentran afiliados a una agremiacion | Ministerio de Salud y Protección Social | 2006 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Acuerdo | 5 | Aporta fundamentos técnico jurídicos para afiliar a trabajadores independientes al Sisoema General de Riesgos Profesionales. | Ministerio del Trabajo | 2005 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 933 | Afiliar a la ARP, pensiones y salud a los contratisoas independientes. | Ministerio del Trabajo | 2003 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 70 | Presenta la Circular 001 de Diciembre 6 de 2004 relacionada con el Ingreso Base de Cotización o aportes al Sistema de Seguridad social, tanto en Salud como en Pensiones, por parte de trabajadores independientes y de personas vinculadas mediante Contrato de Presoación de Servicios. | Ministerio de Hacienda y Crédito Público | 2004 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2286 | Exoneración en el pago de aportes al Régimen del Subsidio Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, e Insoituto Colombiano de Bienesoar Familiar, ICBF, y los efectos del beneficio de la exclusión del pago de aportes. Los trabajadores adicionales por los cuales se aplica el beneficio de exclusión del pago de aportes de que trata el presente decreto, gozarán de las mismas presoaciones sociales o beneficios que otorga la Caja de Compensación Familiar, el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, y el Insoituto Colombiano de Bienesoar Familiar, ICBF, a los demás trabajadores. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2003 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 933 | La afiliación de los aprendices alumnos y el pago de aportes se cumplirá plenamente por parte del patrocinador así: a) Durante las fases lectiva y práctica el aprendiz esoará cubierto por el Sisoema de Seguridad social en Salud y la cotización será cubierta plenamente por la empresa patrocinadora, sobre la base de un salario mínimo legal mensual vigente; b) Durante la fase práctica el aprendiz esoará afiliado al Sisoema de Riesgos Profesionales por la Adminisoradora de Riesgos Profesionales, ARP, que cubre la empresa patrocinadora sobre la base de un salario mínimo legal mensual vigente. Cuando las fases lectiva y práctica se realicen en forma simultánea, el aprendiz esoará cubierto por salud y riesgos profesionales. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2003 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 933 | Se establece el contenido obligatorio para la liquidación de aportes a las EPS, AFPS y ARP | Ministerio de Salud y Protección Social | 2006 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 634 | Modifica los campos 7,8,9,10,11,y 19 de la resolucion 634 de 2006. Por la cual se adopta el contenido del Formulario Unico o Planilla Integrada de Liquidación de Aportes | Ministerio de Salud y Protección Social | 2006 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1317 | Fechas de obligatoriedad del uso de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes | Ministerio de Salud y Protección Social | 2006 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 364 | Adopta el contenido del formulario único o planilla integrada de liquidación de aportes. La Resolución 2310 de 2005 modifica la Resolución 1303 de 2005 sobre el contenido formulario único o planilla integrada de liquidación de aportes. otros Decretos sobre el mismo particular son el 187 de 2005 y el 3667 de 2004. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2003 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 3085 | Artículo 1 Declaración Anual de Ingreso Base de Cotización por parte de los trabajadores independientes a las adminisoradoras del Sisoema de Protección social a las que se encuentren afiliados. Se realizará de manera manual en formularios previsoos para tal efecto o de manera electrónica, mediante la PILA. Esoe IBC no puede ser inferior a 1 smlvm. El artículo 3 contempla que los trabajadores independientes, que no esoén vinculados mediante contratante alguno mediante contratos de trabajo, como servidores públicos o mediante contratos de presoación de servicios u otros de similar naturaleza, que carezcan del ingreso exigido para afiliarse a los Regímenes Contributivos del SSSIC y a pesar de ello se afilien al Régimen Contributivo del SGSS Salud, deben presentar su declaración anual de IBC ante la EPS soportada, entre otros, con una Declaración rendida ante Notario Público bajo la gravedad de juramento, en la cual se manifiesoe el valor de los ingresos mensuales. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2007 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 93 | Modifica el artículo 6º de la Resolución 2527 de 2007, la cual rige a partir del 1º de marzo de 2008, hablando del procedimiento para la autoliquidación y pago a través de la PILA de los Aportes Patronales regulados (para la Nación) mediante el Decreto 1636 de 2006. Esoaba en el 1° de octubre de 2007. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2008 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2060 | Aplica a todos los empleadores, personas naturales, que cuenten con trabajadores cuya labor se pacte y se presoe por uno o unos días y que, en todo caso, resulten inferiores a un mes. Afiliación Única Electrónica. La afiliación a esoe esquema de cobertura social lo realizará el empleador persona natural, a través del Formulario Único de Afiliación Electrónica, que forma parte de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, para vincular a sus trabajadores a las coberturas sociales de salud-régimen subsidiado, mediante el pago de una contribución de solidaridad para salud, a un ahorro programado de largo plazo, a través del aporte social complementario y al sisoema general de riesgos profesionales, a través del pago de la cotización a la que se refiere el artículo 16 del Decreto-ley 1295 de 1994. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2008 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3121 | Excepciona liquidar y pagar a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes los aportantes o cotizantes en algunos casos. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2008 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2733 | Traslada a las Adminisoradoras de los subsisoemas que conforman el Sisoema de la Protección social el cosoo de la transacción bancaria que hace el trabajador independiente al pagar sus aportes a la Seguridad social, a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). | Ministerio de Salud y Protección Social | 2008 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2527 | Esoablece el procedimiento para la autoliquidación y pago a través de la Planilla Integrada de liquidación de Aportes de los Aportes Patronales regulados mediante el Decreto 1636 de 2006. Artículo 1º. Procedimiento. Para efectos del giro de los aportes patronales efectuados por la Nación a las adminisoradoras del Sisoema de la Protección social se aplicará el siguiente procedimiento: 1.1 La entidad empleadora surtirá el proceso de regisoro ante el operador de información, para lo cual esoe deberá verificar la coincidencia de los datos suminisorados por la entidad con la información suminisorada por el Minisoerio de la Protección social y con la certificación emitida para el efecto por el Departamento. De no coincidir los datos suminisorados con los que obran en el Minisoerio de la Protección social, el operador de información se absoendrá de realizar el regisoro. 1.2 La entidad empleadora realizará la autoliquidación de aportes mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, y la enviará con la antelación que se defina en el manual operativo, al operador de información que seleccione el Minisoerio de la Protección social para el efecto. 1.3 El operador de información verificará que en la cuenta abierta por la entidad empleadora para ello, se encuentran los recursos correspondientes a la cantidad que debe asumir la entidad empleadora para el pago de los aportes al Insoituto Colombiano de Bienesoar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje, Cajas de Compensación Familiar y el saldo que le corresponde asumir para el Sisoema Integral de Seguridad social. 1.4 Una vez se consoate la exisoencia de los recursos que debe aportar la entidad empleadora, el operador de información procederá a adicionar a los mismos el valor correspondiente a los aportes patronales-SGP. 1.5 Conformado el total de los valores que, de acuerdo con la autoliquidación efectuada por la entidad empleadora corresponde girar, el operador de información procederá al giro de los citados aportes a cada una de las adminisoradoras del Sisoema de la Protección social, utilizando para ello el esquema previsoo para la Planilla Integrada. 1.6 El operador de información no podrá en ningún caso efectuar el giro ni adicionar el monto de los aportes del Sisoema General de Participaciones si el valor total no esoá cubierto. 1.7 Si el valor de los aportes patronales resulta superior al que corresponde girar a las adminisoradoras por concepto de salud, pensiones y riesgos profesionales del Sisoema de Seguridad social Integral, la diferencia conservará su desoinación y permanecerá en la cuenta maesora para su utilización en el período siguiente, hasoa la culminación del período fiscal, época en la cual el empleador podrá retirarla allegando certificaciones en las que consoe que se encuentra al día en el pago de los aportes del Sisoema de la Protección social y las adminisoradoras de cesantías, emitidas por cada una de las adminisoradoras correspondientes. 1.8 En el evento en que exisoa un excedente, pero no se acredite paz y salvo de las adminisoradoras de cesantías, no se podrá realizar el retiro, y en su lugar se solicitará al banco el giro de los recursos a las adminisoradoras que corresponda. | Ministerio de Salud y Protección Social | 7/31/2007 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1918 | Esoa Resolución modifica en el artículo 11 de la Res. 2346/07. En Contratación de las evaluaciones médicas ocupacionales y de la valoraciones complementarias. Se modificó el articulo 17 de la Res.2346/07. En la cusoodia y entrega de las evaluaciones ocupacionales y de las Hisoorias ocupacionales | Ministerio de Salud y Protección Social | 2009 | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3212 | La Resolución Número 3212 de 2007 del Minisoerio de la Protección social modifica el artículo 6º de la Resolución 2527 de 2007, el cual quedará así: “La presente resolución comenzará a regir a partir del 15 de enero de 2008”. Establece el procedimiento para la autoliquidación y pago a través de la Planilla Integrada de liquidación de Aportes de los Aportes Patronales regulados mediante el Decreto 1636 de 2006. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2007 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1122 | Cambio el porcentaje de aportes al sistema de seguridad social en salud | Ministerio de Salud y Protección Social | 2007 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1221 | Por la cual se esoablecen normas para promover y regular el teletrabajo y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Salud y Protección Social | 2008 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1348 | Por la cual se adopta el Reglamento de Salud Ocupacional en los Procesos de Generación, Transmisión y Disoribución de Energía Eléctrica en las empresas del sector eléctrico. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2009 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2566 | Adoptase la siguiente tabla de enfermedades profesionales para efectos del Sistema General de Riesgos Profesionales | Presidencia de la República de Colombia | 2009 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1438 | Por medio del cual se reforma el Sisoema General de seguridad social en Salud y se dictan otras disposiciones, Salud Pública, promoción y prevención y atención primaria en salud. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Responsable SST | Manual de SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1468 | Modificacion artic. 236, 239, 57 y 58 del Cso - Descanso remunerado en epoca de parto, prohibición de despido en maternidad, obligaciones del empleador. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | NIOSH | - | NIOSH: Valoración cualitativa de factores de riesgo asociados a patología laboral. | NIOSH | N/A | SG-SST | Responsable SST | Manual de SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACGIH | - | Valores limite umbral (TLVs) para agentes físicos y sustancias químicas. | ACGIH | N/A | SG-SST | Responsable SST | Matriz de identificaicón de Peligros | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | OHSAS | 18001 | Norma utilizada como guía para la implementación de Sistema de Gesoión en Seguridad y Salud Ocupacional de una organización. | BSI | 2007 | SG-SST | Responsable SST | Manual de SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | OHSAS | 18002 | Sistema de Gesoion en Seguridad y Salud Ocupacional. Directrices para la implementacion y mejora del Sisoema. | BSI | 2008 | SG-SST | Responsable SST | Manual de SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ICONTEC | GTC34 | Esoructura Programa de salud ocupacional de empresa. | ICONTEC | 1997 | SG-SST | Responsable SST | Manual de SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ICONTEC | GTC3701 | Estadísoicas y análisis causal de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional. | ICONTEC | 1995 | SG-SST | Responsable SST | Manual de SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ICONTEC | GTC45 | Matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgo. | ICONTEC | 2012 | SG-SST | Responsable SST | Matriz de identificaicón de Peligros | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ICONTEC | GTC4114 | Inspecciones planeadas. | ICONTEC | 1997 | SG-SST | Responsable SST | Plan de inspecciones | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ICONTEC | GTC4115 | Examenes médico ocupacionales. | ICONTEC | 1997 | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 38222 | La Sección Tercera del Consejo de Esoado, profirió la citada Sentencia, en la cual indicó que el daño a la salud por afectaciones a la vida sexual y psicofísica, se debe indemnizar de forma independiente al Daño Moral y Material. | Consejo de Estado | 2011 | SG-SST | Responsable SST | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 4465 | El Minisoerio de Salud y Protección social, por medio de la expedición del mencionado Decreto, amplió el plazo inicialmente concedido para la vigencia de la figura de cotizante de bajos ingresos, la cual podrá operar hasoa el 30 de junio de 2012. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3140 | A través de la Resolución 3140 de 2011, la Superintendencia Nacional de Salud fija el procedimiento sancionatorio a los sujetos vigilados. | Superintendencia Nacional de Salud | 2011 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 4108 | Por el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio del Trabajo y se integra el Sector Administrativo del Trabajo. | Ministerio del Trabajo | 2011 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 4726 | A través de la Resolución 4726 de 2011 el Minisoerio de Protección social designó a los integrantes de las juntas nacional y regionales de calificación de invalidez para los próximos tres años. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 55 | El Minisoerio de la Protección social, en el marco de sus competencias, y en aplicación de las disposiciones de rango legal, relacionadas con la contratación de personal y con el ánimo de unificar criterios que permitan la correcta aplicación de las disposiciones legales, en especial, las señaladas en el artículo 63 de la Ley 1429 de 2010 y en el Decreto 2025 de 2011, reitera a las entidades públicas y privadas, cooperativas y Precooperativas de trabajo asociado, SAS., empresas de servicios temporales, de outsourcing, empresas asociativas de trabajo, corporaciones, asociaciones, fundaciones, ONG, entre otras, la prohibición de realizar cualquier forma de intermediación laboral que afecte los derechos consoitucionales, legales y presoacionales de los trabajadores, consagrados en las normas vigentes, so pena de incurrir en las sanciones esoablecidas en el orden normativo sobre la materia. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONCEPTO | 131152 | EL Minisoerio de la Protección social da respuesoa al oficio en el cual consulta sobre la posibilidad de que una persona que ha recibido una devolución de saldos por invalidez, pueda afiliarse nuevamente al Sisoema General de Pensiones. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2923 | En el Diario Oficial 48.163 del 16 de agosoo del 2011 fue publicado el Decreto 2923 de 2011 en el cual se esoableció "el Sisoema de Garantía de Calidad del Sisoema General de Riesgos Profesionales." | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONCEPTO | 12780 | Concepto radicado mediante la cual consulta en qué casos el sábado es un día hábil al liquidar las vacaciones | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONCEPTO | 131311 | Concepto en relación con los retrasos en la afiliación por parte de la Caja de Compensación Familiar y la ARP | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONCEPTO | 160009 | Respecto de la liquidación de presoaciones sociales a la finalización del contrato de trabajo, nos permitimos señalar la forma de liquidar dichas presoaciones. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONCEPTO | 6232 | Cooperativas de Trabajo Asociado no esoán sujetas a la legislación laboral | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CONCEPTO | 86644 | Radicado 65238. Cooperativa de Trabajo Asociado. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2025 | Por medio del cual, el Gobierno nacional determinó multas y sanciones para los casos en que las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado realicen prácticas no autorizadas y en específico de intermediación laboral. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 661 | Por medio del cual se unifica el ingreso base de cotización al Sisoema de Riesgos Profesionales con el Régimen pensional. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1519 | Por medio de esoa norma se esoablece la acreditación de documentos para realizar la afiliación a la EPS | Ministerio del Interior | 2009 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 6244 | Se adopta la siguiente Tabla de equivalencias para las indemnizaciones por pérdida de la capacidad laboral como parte integrante del Manual Único de Calificación de Invalidez. | Ministerio del Trabajo | 1994 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1348 | Esoablece la posibilidad del reembolso que tiene el empleador de las presoaciones económicas de la Seguridad social en Salud en el evento en que las EPS que no reconozcan y se nieguen a atender a los trabajadores en tratamientos médicos y que dicho tratamiento haya sido asumido por el empleador. | Congreso de la República de Colombia | 2011 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 545 | Esoablece los procedimientos y beneficiarios de los privilegios esoablecidos en la Lay 1429 de 2010 | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1429 | Por medio de esoa norma se deroga la obligatoriedad de realizar el regisoro del Reglamento Interno de Trabajo ante el Minisoerio de Protección social, así como también del Comité Paritario de Salud Ocupacional | Congreso de la República de Colombia | 2010 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1393 | Esoablece la voluntariedad de la afiliación del trabajador independiente a Riesgos Profesionales y se esoablece los mecanismos de control de las afiliaciones en el sisoema de seguridad social integral a los contratisoas | Congreso de la República de Colombia | 2010 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 2291 | Ampliación del plazo esoablecido en el articulo 4 de la resolucion 736 de 2009, para acreditar la competencia laboral del personal que trabajan en alturas | Ministerio de Salud y Protección Social | 2010 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 230042 | Por medio del cual se esoablece la Competencia, vigilancia y control en los casos de incapacidad temporal | Ministerio de Salud y Protección Social | 2008 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1050 | Se esoablecen los mecanismos de señalización que deben observarse en las carreteras del país | Ministerio de Transporte | 2004 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 755 | Esoablece los requisitos para el otorgamiento de la licencia de paternidad por el nacimiento o adopción de un hijo | Congreso de la República de Colombia | 2002 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 889 | Esoablece las condiciones para la realización de los aportes parafiscales | Ministerio del Trabajo | 2001 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 173 | Cuando no se utilicen equipos propios para el transporte de carga, la contratación de esoe servicio debe realizarse con empresas de transporte legalmente consoruidas y debidamente habilitadas por el Minisoerio de Transporte. Contar con manifiesoo y remesa. | Ministerio de Transporte | 2001 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2710 | Se señalan las condiciones de operación del sisoema de Seguridad social para los trabajadores Colombianos en el exterior en países como España, Chile, Argentina y Uruguay. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2010 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 966 | Procedimiento para el pago de aportes parafiscales | Ministerio de Salud y Protección Social | 2008 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1496 | Por medio de la cual se garantiza la igualdad salarial y de retribución laboral entre mujeres y hombres, se esoablecen mecanismos para erradicar cualquier forma de discriminación y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2011 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 46 | Por medio de la resolución 46 de 2012, la Comisión de Regulación en Salud adoptó mecanismos de participación ciudadana en la actualización y unificación del plan POS | Comisión de Regulación de Salud | 2012 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 177 | Por medio del Decreto 177 de 2012, el Minisoerio de Salud y Protección social definió el término único de entrada en vigencia de Regisoro Único de Afiliados -RUAF-, así como la adecuación de las entidades del sisoema a dicho regisoro. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2012 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 100 | En el diario oficial de 20 de enero de 2012, fue publicado el Decreto 100 de 2012 "por el cual se esoablecen reglas para cancelar la multiafiliación en el Sisoema General de Riesgos Profesionales | Ministerio de Salud y Protección Social | 2012 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1505 | A través de la Ley 1505 de 2012, el Congreso de la República creó el Subsisoema Nacional de Voluntarios de Primera Respuesoa y se otorgan esoímulos a los voluntarios de la Defensa Civil, de los Cuerpos de Bomberos de Colombia y de la Cruz Roja Colombiana, dentro de los cuales se consagran algunos en materia de seguridad social. | Congreso de la República de Colombia | 2012 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 1 2 |
La Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, mediante la Circular 001 y 002 de 2011, incluyó algunos medicamentos en el régimen de control directo y dictó otras disposiciones. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 5 | A través de la Circular 005 de 2012, el Minisoerio de Protección social señaló el incremento de las disointas mesadas pensionales y de jubilación atendiendo a la inflación dictaminada por el DANE y el aumento del salario mínimo legal mensual vigente. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2012 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 19 | Por medio del Decreto Ley 019 del 2012, el Gobierno Nacional determinó ciertas normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios exisoentes en la Adminisoración Pública." | Presidencia de la República de Colombia | 2012 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 4619 | El Minisoerio de Salud y de la Protección social, en atención al Decreto 4691 de la misma anualidad, realizó unos ajusoes a Planilla Integrada de Autoliquidación de Aportes - PILA -, para permitir la autoliquidación y el pago de aportes al Sisoema de Seguridad social Integral bajo la figura de “Empleo de Emergencia". | Ministerio de Salud y Protección Social | 2011 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 38 | Por medio del cual se esoablece la obligatoriedad para las empresas del desarrollo de programas encaminados a l prevención del alcoholismo, tabaquismo y farmacodependencia | Ministerio de Salud y Protección Social | 2010 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | SENTENCIA | 1115 | Corte Consoitucional declara inexequible el artículo 11 del Decreto 1295 de 1994, que definía el concepto de Enfermedad Profesional. | Corte Constitucional | 2008 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 652 | Por la cual se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones | Ministerio del Trabajo | 2012 | SG-SST | Responsable SST | Comité de convivencia Laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1356 | A través de la Resolución 1356 de 2012, el Minisoerio de Trabajo efectuó ciertas modificaciones a la Resolución 652 de 2012, por medio de la cual se determinó la conformación de los comité de convivencia laboral a cargo de los empleadores. | Ministerio del Trabajo | 2012 | SG-SST | Responsable SST | Comité de convivencia Laboral | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1548 | Por la cual se modifica la Ley 769 de 2002 y la Ley 1383 de 2010 en temas de embriaguez y reincidencia y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 7/5/2012 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1562 | Por la cual se modifica el Sisoema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional. | Ministerio del Trabajo | 2012 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1450 | Gobierno nacional reglamentó los artículos 21 y 22 del Decreto Ley 019 de 2012, en lo relativo al trámite para la expedición de los certificados de supervivencia. | Ministerio del Trabajo | 2012 | SG-SST | Responsable SST | en cumplimiento | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1618 | Por la cual la cual se esoablecen disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. | Gobierno Nacional | 2013 | SG-SST | Responsable SST - Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1616 | Por medio de la cual se expide la ley de Salud Mental y se dictan otras disposiciones. | Gobierno Nacional | 2013 | SG-SST | Responsable SST | Bateria Psicosocial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1566 | A través de la Ley 1566 de 2012, el congreso de la república fijó los lineamientos para garantizar la atención integral a personas que consumen susoancias psicoactivas y se crea el premio nacional “entidad comprometida con la prevención del consumo, abuso y adicción a sustancias psicoactivas" | Congreso de la República de Colombia | 2012 | SG-SST | Responsable SST | Bateria Psicosocial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 34 | Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 32 de la Ley 1562 de 2012. Poder preferente del Viceminisoro de Relaciones Laborales del Min. De Trabajo frente a las investigaciones y actuaciones que se adelanten dentro del contexto del Sistema de Inspección, Vigilancia y Control en todo el Territorio Nacional. |
Ministerio del Trabajo | 2013 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2734 | Por el cual se reglamentan las medidas de atención a las mujeres víctimas de violencia. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2012 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2368 | A través del Decreto 2368 de 2012, el Gobierno Nacional reglamentó la implementación del certificado de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego. | Ministerio de Defensa Nacional | 2012 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 2 | : sobre el reajuste de pensiones para el año 2013. | Ministerio del Trabajo | 2013 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 5 | Minisoerio de Protección social señaló el incremento de las distintas mesadas pensionales y de jubilación atendiendo a la inflación dictaminada por el DANE y el aumento del salario mínimo legal mensual vigente. | Ministerio del Trabajo | 2012 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 4502 | Esoablecer el reporte relacionado con el regisoro de las actividades de Protección Específica, Detección Temprana y la aplicación de las Guías de Atención Integral para las enfermedades de interés en salud pública de obligatorio cumplimiento, realizadas en los servicios de salud, para su integración al Sisoema Integral de Información de la Protección social (SISPRO). | Ministerio de Salud y Protección Social | 2012 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 723 | Por el cual se reglamenta la afiliación al Sisoema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de presoación de servicios con entidades o insoituciones públicas o privadas y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones | Ministerio del Trabajo | 2013 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2943 | por el cual se modifica el parágrafo 1º del artículo 40 del Decreto 1406 de 1999. En el Sistema General de .Seguridad Social en Salud serán a cargo de los respectivos empleadores las prestaciones económicas correspondientes a los dos (2) primeros días de incapacidad originada por enfermedad general | Presidencia de la República de Colombia | 2013 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1443 | Deberá mantenerse por un periodo mínimo de 20 años: Los resultados de exámenes de ingreso, periódicos y de egreso, así como los resultados de los exámenes complementarios tales como paraclínicos, pruebas de monitoreo biológico, audiometrías, espirometrías, radiografías de tórax y en general, las que se realicen con el objeto de monitorear los efectos hacia la salud de la exposición a peligros y riesgos; cuya reserva y cusoodia esoá a cargo del médico correspondiente | Ministerio del Trabajo | 2014 | SG-SST | Responsable SST | Programa de Gestión documental | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1477 | Esoa norma expide la nueva tabla de Enfermedades Laborales, derrogando el decreto 2566 de 2009. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2014 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1507 | Por el cual se expide el Manual Único para la Calificación de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2014 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 1751 | Por medio del cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Salud y Protección Social | 2015 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Por medio del cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones. | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||||||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3745 | Minisoerio del trabajo. Adopta los formatos de dictamen para la calificación de la pérdida de capacidad laboral y ocupacional. | Ministerio del Trabajo | 2015 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1072 | Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo | Ministerio del Trabajo | 2015 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 171 | Por medio del cual se modifica el art. 2.2.4.6.37 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, sobre la transición para la implementación del Sisoema de Gesoión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-Sso). | Ministerio del Trabajo | 2/1/2016 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 780 | Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Proteccion Social | Ministerio de Salud y Protección Social | 2016 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1370 | Por medio del cual se susoituye un artículo y se adiciona al Capítulo 5 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud una disposición, en relación con la operación de la Cuenta de Alto Cosoo | Ministerio de Salud y Protección Social | 2016 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1184 | Por el cual se adiciona el Capítulo 5 al Título 10, Parte 1, Libro 2, del Decreto 780 de 2016, Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social | Ministerio de Salud y Protección Social | 2016 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 40177 | Por la cual se adopta el Plan de Bienesoar Social Laboral del minisoerio de minas y energia para la vigencia 2016 | Ministerio de Minas y Energías | 2016 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 769 | Por medio del cual se expide el Código Nacional de Tránsito terrestre y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Transporte | 8/6/2002 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2851 | por el cual se reglamentan los artículos 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 9º, 10, 12, 13, 18 y 19 de la Ley 1503 de 2011 y se dictan otras disposiciones…..Acciones y procedimientos en materia de educación vial |
Presidencia de la República de Colombia | 12/6/2013 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 1401 | Por la cual se señala el criterio para definir la autoridad ambiental competente para aprobar el plan de contingencia del transporte de hidrocarburos o sustancias nocivas de que trata el inciso 2 del artículo 3o del Decreto 4728 de 2010. | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 8/16/2012 | SG-SST | Responsable SST - Gestión ambiental | Plan de Gestión integral de residuos peligrosos | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 3930 | Por el cual se reglamenta parcialmente el Título I de la Ley 9ª de 1979, así como el Capítulo II del Título VI -Parte III- Libro II del Decreto-ley 2811 de 1974 en cuanto a usos del agua y residuos líquidos y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 10/25/2010 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1299 | Por el cual se reglamenta el Departamento de Gestión ambiental en las empresas anivel industrial y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 4/22/2008 | SG-SST | Responsable SST - Gestión ambiental | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1843 | Por el cual reglamenta parcialmente los titulos III, V,VI, VII Y XI DE LA LEY 09 DE 1979, SOBRE USO Y MANEJO DE PLAGUICIDAS | Presidencia de la República de Colombia | 7/22/1991 | SG-SST | Responsable SST - Gestión ambiental | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 4728 | Modifica parciamente el decreto 3930 de 2010 ..."Artículo 28. Fijación de la norma de vertimiento. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial fijará los parámetros y los límites máximos permisibles de los vertimientos a las aguas superficiales, marinas, a los sistemas de alcantarillado público y al suelo. |
Presidencia de la República de Colombia | 12/23/2010 | SG-SST | Responsable SST - Gestión ambiental | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | NTC | 4702-1 | Embalaje y envases para transporte de mercancias peligrosas clase 1. Explosivas | ICONTEC | 11/24/1999 | SG-SST | Responsable SST - Gestión ambiental | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | NTC | 4702-2 | Embalaje y envases para transporte de mercancias peligrosas clase 2. Gases | ICONTEC | 11/24/1999 | SG-SST | Responsable SST - Gestión ambiental | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | NTC | 4702-3 | Embalaje y envases para transporte de mercancias peligrosas clase 3. Líquidos infamables | ICONTEC | 11/24/1999 | SG-SST | Responsable SST - Gestión ambiental | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | NTC | 4702-4 | Embalaje y envases para transporte de mercancias peligrosas clase 4. Sólidos infamables | ICONTEC | 11/24/1999 | SG-SST | Responsable SST - Gestión ambiental | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | NTC | 4702-5 | Embalaje y envases para transporte de mercancias peligrosas clase 5. Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos | ICONTEC | 11/24/1999 | SG-SST | Responsable SST - Gestión ambiental | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | NTC | 4702-6 | Embalaje y envases para transporte de mercancias peligrosas clase 6. Sustancias téxicas e infecciosas | ICONTEC | 11/24/1999 | SG-SST | Responsable SST - Gestión ambiental | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | NTC | 4702-7 | Embalaje y envases para transporte de mercancias peligrosas clase 8. Corrosivas | ICONTEC | 11/24/1999 | SG-SST | Responsable SST - Gestión ambiental | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | NTC | 4702-8 | Embalaje y envases para transporte de mercancias peligrosas clase 9. Sustancias peligrosas varias | ICONTEC | 11/24/1999 | SG-SST | Responsable SST - Gestión ambiental | Perograma de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 602 | Por el cual se adiciona la Parte 4 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 y se reglamentan los artículos 84 de la Ley 1523 de 2012 y 12 Y 63 de la Ley 1682 de 2013, en relación con la gestión del riesgo de desastres en el Sector Transporte y se dictan otras disposiciones» Por el cual se adiciona la Parte 4 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 y se reglamentan los artículos 84 de la Ley 1523 de 2012 y 12 Y 63 de la Ley 1682 de 2013, en relación con la gestión del riesgo de desastres en el Sector Transporte y se dictan otras disposiciones» |
Ministerio de Transporte | 06-04.2017 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 821 | Por el cual se establece el reglamento técnico de emergencia para la obtención del registro sanitario de antivenenos y se adopta la Guía de Buenas Prácticas de Manufactura para su fabricación | Ministerio de Salud y Protección Social | 5/16/2017 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 923 | Por el cual se modifican los artículqs 3.2.2.1 y 3.2.3.9 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social…….Plazos para la autoliquidación y el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y aportes parafisca/es. |
Ministerio de Salud y Protección Social | 5/31/2017 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1272 | "Por el cual se adiciona el Capítulo 2, al Título 7, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, que reglamenta parcialmente el artículo 18 de la Ley 1753 de 2015, en lo referente a esquemas diferenciales para la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en zonas de difícil acceso, áreas de difícil gestión y áreas de prestación, en las cuales por condiciones particulares no puedan alcanzarse los estándares de eficiencia, cobertura y calidad ,establecidos en la ley." | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 7/28/2017 | SG-SST | Responsable SST | Manual SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1670 | Por medio del cual se ajustan las fechas para el pago de aportes al Sistema de la Protección Social y para la obligatoriedad del uso de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes | Ministerio de Salud y Protección Social | 5/14/2007 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 839 | Por la cual se modifica la Resolución 1995 de 1999 y se dictan otras disposiciones. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer el manejo, custodia, tiempo de retención, conservación y disposición final de los expedientes de las historias clínicas, así como reglamentar el procedimiento que deben adelantar las entidades del SGSSS-, para el manejo de estas en caso de liquidación. |
Ministerio de Salud y Protección Social | 3/23/2017 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Ley | 1857 | "Por medio del cual se modifica la ley 1361 de 2009 para adicionar y complementar las medidas de protección de la familia y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 7/26/2017 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 68 | Revisión de los Planes estrategicos de seguridad vial | Superintendencia de Puertos y Transporte | 11/16/2017 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2157 | Adoptan directrices generales para la elaboración del plan de gestión del riesgo de desastres de las entidades públicas y privadas en el marco del artículo 42 de la ley 1523 de 2012" | Presidencia de la República de Colombia | 12/20/2017 | SG-SST | Responsable SST | Plan de respuesta a emergencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ISO | 45001 | Este documento especifica requisitos para que un sistema de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo (SST), con orientación para su uso, permita a una organización proporcionar uno o varios lugares de trabajo seguros y saludables, previniendo las lesiones y/o el deterioro de la salud relacionados con el trabajo, así como mejorando de manera proactiva su desempeño de la SST. |
Organización Internacional de Normalización | 2018 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 612 | Por el cual se fijan directrices para la integración de planes institucionales y estratégicos al Plan de Aciión por parte de las entidades del Estado | Presidencia de la República de Colombia | 4/4/2018 | SG-SST | Responsable SST | Plan Anual de trabajo en SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Circular | 26 | Cumplimiento numeral 144 del acuerdo Nacional estatal 2017, Sistemas de Gestión de Seguridad y salud en el trabajo, estandares mínimos | Ministerio del Trabajo | 4/24/2018 | SG-SST | Responsable SST | Plan Anual de trabajo en SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 683 | Por el cual se deroga el Capítulo 2 del titulo 3 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1072 de 2015 | Ministerio del Trabajo | 4/18/2018 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1333 | Por el cual se sustituye el Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, se reglamenta las incapacidades superiores a 540 días y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Salud y Protección Social | 7/27/2018 | SG-SST | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 2016 | Se adopta el Código de Integridad del Servicio Público Colombiano y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2/27/2020 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1496 | Por el cual se adopta el sistema globalmente armonizado de clasifiación y etiquetado de productos qímicos y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad qúmica | Ministerio del Trabajo | 8/6/2018 | SG-SST | Responsable SST | Programa de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1800 | Se adiciona el Capítulo 4 al Título 1 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de Función Pública, en lo relacionado con la actualización de las plantas globales de empleo. | Departamento Administrativo de la Función Publica | 10/7/2020 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Manual planeacion estrategica del Talento Humano | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3246 | Por el cual se reglamenta la instalación y uso obligatorio de cintas retroreflectivas | Ministerio de Transporte | 8/3/2018 | SG-SST | Responsable SST | Plan estratégico de seguridad vial | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 284 | Por el cual se adiciona el Decreto 1076 de 2015, Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con la Gestión Integral de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE Y se dictan otras disposiciones" |
Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 2/15/2018 | SG-SST | Responsable SST | Programa de gestión del Riesgo Químico | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 312 | Por medio de la cual se definen los Estandares Minimos del Sistema de Gesdtión de Seguridad y Salud en el Trabajo |
Ministerio del Trabajo | 2/13/2019 | SG-SST | Responsable SST | Manual del SG-SST | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | NORMA ISO | 27001 | Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información | ICONTEC | 2013 | Of. TIC | Asesor TIC | Paln de Seguridady privacidad de la información / plan de tatamiento de riesgo de seguriad y privacidad de la informacion | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 1581 | Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales |
Congreso de la República de Colombia | 2012 | Of. TIC | Asesor TIC | Politica de Proteccion de Datos | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 603 | Por la cual se modifica el artículo 47 de la Ley 222 de 1995 Derechos de Autor - Software | Congreso de la República de Colombia | 2000 | Of. TIC | Asesor TIC | Contratos para los desarrlladores de software | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO LEY | 19 | Ley Antitramite | Presidencia de la República de Colombia | 2012 | Of. TIC | Asesor TIC | Servicios en linea | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 1341 | Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - TIC-, Se crea la Agencia Nacional del espectro yse dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 2009 | Of. TIC | Asesor TIC | Implementacion de servicios TIC para los usuarios | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 1078 libro 2, parte 2, título 9. Cap. 1 |
Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Infurmación y las Comunicaciones | Ministerio TICs | 2015 | Of. TIC | Asesor TIC | Politica de Gobierno Digital | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 2693 | Por el cual se estrablecen los lineamentos generales de la Estrategia de Gobierno en Línea de la República de Colombia, se reglamentan parcialmente las Leyes 1341 de 2009, 1450 de 2011, y se dictan otras disposiciones" | Ministerio TICs | 2012 | Of. TIC | Asesor TIC | Politica de Gobierno Digital | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Decreto | 1008 | "Por el cual se establecen los lineamientos generales de la política de Gobierno Digital y se subroga el capítulo 1 del título 9 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones | Ministerio TICs | 2018 | Of. TIC | Asesor TIC | Politica de Gobierno Digital | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 1712 | Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones | Ministerio del Interior | 2014 | Of. TIC | Asesor TIC | Pagina Web enlace al sitio de transparencia y acceso a la informacion http://www.lasceibas.gov.co/las-ceibas/planes/plan-anticorrupcion-y-atencion-al-ciudadano |
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GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 415 | Por el cual se adiciona el Decreto Único reglamentario del sector de la Función Pública, Decreto 1083 de 2015, en lo relacionado con la definición de lineamientos para el fortalecimiento institucional en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones"; el cual exhorta a las entidades territoriales a adoptar lineamientos que las entidades estatales deben tener en cuenta para el fortalecimiento institucional y ejecución de los planes, programas y proyectos de tecnologías y sistemas de información en la respectiva entidad | Departamento Administrativo de la Función Publica | 2016 | Of. TIC | Asesor TIC | Paln Estrtetegico de Tecnologias de la Información PETI | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 612 | Por el cual se fijan directrices para la integración de los planes institucionales y estratégicos al Plan de Acción por parte de las entidades del Estado | Departamento Administrativo de la Función Publica | 2018 | Of. TIC | Asesor TIC | Todos los Planes que competen con las TIC | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCIÓN | 3564 | Reglamenta aspectos relacionados con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública | Ministerio TICs | 2015 | Of. TIC | Asesor TIC | Pagina Web enlace al sitio de transparencia y acceso a la informacion http://www.lasceibas.gov.co/las-ceibas/planes/plan-anticorrupcion-y-atencion-al-ciudadano |
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GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 594 | Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 2000 | Of. TIC | Asesor TIC | Plan de Conservación Digital | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | ACUERDO | 6 | Por medio del cual se desarrollan los artículos 46, 47 y 48 del Título XI "Conservación de Documentos" de la Ley 594 de 2000 | Archivo General de la Nación - AGN | 2014 | Of. TIC | Asesor TIC | Plan de Conservación Digital | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 23 | derechos de autor de software | Congreso de la República de Colombia | 1982 | Of. TIC | Asesor TIC | Licencias | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DIRECTIVA | 2 | Directiva Presidencial 02 | Presidencia de la República de Colombia | 2019 | Of. TIC | Asesor TIC | Enlace de la Pagina Web | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | LEY | 1978 | Se moderniza el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC, se distribuyen competencias, se crea un Regulador Único y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2019 | Of. TIC | Asesor TIC | Todos los Planes que competen con las TIC | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 464 | Se disponen medidas con el fin de atender la situación de emergencia económica, social y ecológica de la que trata el Decreto 417 de 2020. | Ministerio TICs | 2020 | Of. TIC | Asesor TIC | Todos los Planes que competen con las TIC | x | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | RESOLUCION | 3050 | Por la cual se adopta el Manual de Procedimientos del Programa de Rehabilitación Integral para la reincorporación laboral y ocupacional en el Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones. | Ministerio del Trabajo | 2022 | SG-SST | Responsable SST | Programa de reincorporacion laboral | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 82 | Registro anual de autoevaluaciones de Estándares Mínimos y planes de mejoramiento del SG-SST | Ministerio del Trabajo | 23 de diciembre 2022 | SG-SST | Responsable SST | Autoevaluacion Anual | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 15 | Obligación del empleador de asumir el costo de las evaluaciones medicas ocupacionales y de las pruebas o valoraciones complementarias | Ministerio del Trabajo | 11 de marzo 2022 | SG-SST | Responsable SST | Examenes médicos ocupacionaes | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 71 | Por la cual se dejan sin efecto circulares expedidas en el marco de la pandemia covid-19 y la circular 049 de 2019 | Ministerio del Trabajo | 30 de noviembre 2022 | SG-SST | Responsable SST | N/A | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 25 | Circular "Incentivar la conformación inclusiva de los Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo – COPASST". | Ministerio del Trabajo | 13 de junio 2022 | SG-SST | Responsable SST | Acta conformacion COPASST , actas de Reunion COPASST | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 26 | Prevención y atención del acoso laboral y sexual, violencia basada en genero contra las mujeres y personas de los sectores sociales LGBTIQ+ en el ámbito laboral | Ministerio del Trabajo | 2023 | SG-SST | Responsable SST | Programa de prevencion de riesgo psicosocial en acoso laoral | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | CIRCULAR | 21 | Ampliación de plazo registro anual de autoevaluaciones de Estándares Mínimos y planes de mejoramiento del SG-SST | Ministerio del Trabajo | 23 de febrero 2023 |
SG-SST | Responsable SST | Reporte de Autoevaluacion Anual en la pag del Min Trabajo | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 293 | Por el cual se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores, Alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales y se dictan disposiciones en materia prestacional. | Presidencia de la República de Colombia | 2024 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Acuerdo de Junta Directiva | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 303 | Por el cual se fijan las escalas de viáticos. | Presidencia de la República de Colombia | 2024 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Acuerdo de Junta Directiva | X | ||
GESTIÓN ADMINISTRATIVA | DECRETO | 2293 | Por el cual se fija el auxilio de transporte | Presidencia de la República de Colombia | 2023 | Of. Talento Humano | Asesor de Talento Humano | Convención colectiva de trabajo | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | ISO | 9001 | Sistema de Gestión de la Calidad | ICONTEC | 2008 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informes de Auditorias Internas | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | NTC GP | 1000 | Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública | ICONTEC | 2009 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informes de Auditorias Internas | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | LEY | 1474 | Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. Modifica los art.8, 9, 11, de la ley 87 del 1993. | Congreso de la República de Colombia | 2011 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informe pormenorizado de Control Interno. Informe sobre posibles actos de corrupcion. Informe sobre la atención prestada por la entidad, por parte de las Oficinas de Quejas, Subgerencias y Reclamos. |
X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | ISO | 19011 | Directrices para la auditoría de Sistema de Gestión | ICONTEC | 2011 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informes de Auditorias Internas | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | CIRCULAR | 17 | Modificar circular 12 del 2 de febrero de 2007, sobre recomendaciones, seguimineto y resultados sobre el cumplimiento de las normas en materia de derechos de autor sobre programas de computador (software). | Unidad Admnistrativa Especial Dirección Nacional de Derechos de Autor | 2011 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informe Derechos de Autor Software | x | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | DECRETO | 19 | Por la cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procediminetos y trámites innecesarios existentes en la administración Pública. Art. 231. | Presidencia de la República de Colombia | 2012 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informe sobre posibles actos de corrupción. | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | DECRETO | 984 | Por el cual se modifica el artículo 22 del Decreto 1737 de 1998 | Presidencia de la República de Colombia | 2012 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informe de Austeridad en el Gasto | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | RESOLUCIÓN | 7350 | Por la cual se modifica la Resolución Orgánica 6289 del 8 de marzo del 2011 que “Establece el sistema de rendición electrónica de la cuenta e informes, SIRECI, que deben utilizar los sujetos de control fiscal para la presentación de la rendición de cuenta e informes a la Contraloría General de la República”. | Contraloría General de la República | 2013 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | informe seguimiento plan de mejoramiento SIRECI | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | DECRETO | 1083 | Por medio del cual se expide el Decreto único Reglamentario del Sector de la Función Pública. Deroga el Decreto 2145 de 1999 y el decreto 1537 del 2001, el art. 5 del decreto 943 del 2014 y este al decreto 1599 del 2005 |
Presidencia de la República de Colombia | 2015 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informe ejecutivo Anual, sobre el avance del Sistema de Control Interno de cada vigencia. Informe de control interno contable. |
X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | DIRECTIVA PRESIDENCIAL | 1 | Reporte a la secretaria de Transparencia de la Presidencia de la Republica de posibles actos de corrupción o irregularidades. | Presidencia de la República de Colombia | 2015 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informe sobre posibles actos de corrupción | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | CIRCULAR | 1 | Fortalecimineto del Sistema de Control Interno frente a su función preventica | Consejo Asesor del Gobierno Nacional en Materia de control Interno | 2015 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | CI-CR-01 CI-PR-01 |
X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | ACUERDO | 565 | Por la cual se establece el sistema Tipo de Evaluación de Desempeño Laboral de los Empleados Públicos de Carrera Administrativa y en Períodos de Prueba. | La Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC | 2016 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informe de evaluación a la Gestión Institucional | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | DECRETO | 124 | Por el cual se sustituye el Título IV de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, relativo al “Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano | Presidencia de la República de Colombia | 2016 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Seguimiento al Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | DECRETO | 648 | Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, reglamentos Únicos del Sector de la Función Publica. | Presidencia de la República de Colombia | 2017 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | CI -PR-01 CI-CR-01 |
X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | DECRETO | 1499 | Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el articulo 133 de la Ley 1753 de 2015. | Presidencia de la República de Colombia | 2017 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informe Ejecutivo Anual, sobre el avance del Sistema de Control Interno de cada vigencia. | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | LEY | 1952 | Por medio de la cual se expide el código general disciplinario se derogan la ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario. | Congreso de la República de Colombia | 2019 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | CI -PR-01 CI-CR-01 |
X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | CIRCULAR | 5 | Lineamientos acciones cumplidas - planes de mejoramiento - sujetos de control fiscal | Contraloría General de la República | 2019 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Seguimineto a los planes de mejoramiento | x | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | CIRCULAR | 4 | Implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG y reporte de los avances de gestión a traves del formulario unico de reporte y avance de la gestión - FURAG. | Procuraduria General de la Nación | 2019 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | CI -PR-01 CI-CR-01 Informes de Auditorias Internas |
X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | DECRETO | 338 | Por el cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Control Interno y se crea la Red Anticorrupción | Presidencia de la República de Colombia | 2019 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | CI -PR-01 CI-CR-01 Informes de Auditorias Internas |
X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | ACTO LEGISLATIVO | 4 | Por medio del cual se reforma el Regimen de Control Fiscal | Congreso de la República de Colombia | 2019 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Seguimineto a los planes de mejoramiento | x | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | DECRETO | 989 | Por el cual adiciona el capitulo 8 al libro 21 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1083 de 2015, en lo relacionado con las competencias y requisitos especificos para el empleo de jefe de Oficina, asesor, coordinador o auditor de Control Interno o quien haga las veces en las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y terrirorial | Presidencia de la República de Colombia | 2020 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | CI -PR-01 CI-CR-01 Informes de Auditorias Internas |
X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | Directiva | 25 | Aprobación de las garantías y publicad de las actividad contractual SECOP | Procuraduria General de la Nación | 2021 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Seguimiento a las garantías procesales | x | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | ISO | 9001 | Sistema de Gestión de la Calidad | ICONTEC | 2015 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informes de Auditorias Internas | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | ISO | 19011 | Directrices para la auditoría de Sistema de Gestión | ICONTEC | 2018 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informes de Auditorias Internas | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | DECRETO | 2106 | Modificacion Decreto 19 de 2012, Por la cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procediminetos y trámites innecesarios existentes en la administración Pública. Art. 156. | Presidencia de la República de Colombia | 2019 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informe sobre posibles actos de corrupción. | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | CIRCULAR EXTERNA | 100 - 01 | Medición del desempeño institucional y del sistema de control interno - reporte de información a través del formulario único de reporte y avance de gestión - furag vigencia 2020 | Departamento Administrativo de la Función Publica | 2021 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | FURAG | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | LEY | 2195 | Modificacion del Art. 73 de la ley 1474 de 2011, Por medio del cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevencion y lucha contra la corrupcion y se dictan otras disposiciones. Art 31 | Congreso de la República de Colombia | 2022 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Seguimiento al Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano" | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | CIRCULAR | 27 | Modificacion circular 017 de primero de junio 2011, sobre recomendaciones, seguimineto y resultados sobre el cumplimiento de las normas en materia de derechos de autor sobre programas de computador (software). | Unidad Admnistrativa Especial Dirección Nacional de Derechos de Autor | 2023 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informe Derechos de Autor Software | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | ISO | 19011 | Directrices para la auditoría de Sistema de Gestión | ICONTEC | 2011 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informes de Auditorias Internas | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | CIRCULAR | 17 | Modificar circular 12 del 2 de febrero de 2007, sobre recomendaciones, seguimineto y resultados sobre el cumplimiento de las normas en materia de derechos de autor sobre programas de computador (software). | Unidad Admnistrativa Especial Dirección Nacional de Derechos de Autor | 2011 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informe Derechos de Autor Software | X | ||
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | DECRETO | 19 | Por la cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procediminetos y trámites innecesarios existentes en la administración Pública. Art. 231. | Presidencia de la República de Colombia | 2012 | Of. Asesora Control Interno | Asesor de la Oficina de Control Interno | Informe sobre posibles actos de corrupción. | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - PRESUPUESTAL | CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA | TITULO XII CAPITULO lll, ARTICULOS DE 347 AL 355. | Del Presupuesto | Constitución Politica de Colombia | 4 de Julio de 1991 | Of.Finaciera | Profesional Universitario de Presupuesto | Establece el manejo del gasto publico para el manejo del presupuesto de la entidad. | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA | LEY | 87 | Por la cual se establecen normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 29 de noviembre de 1993 | Of. Financiera | Director Financiero | Informes de auditoria realizados por Control Interno | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA | LEY | 610 | por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías. | Congreso de la República de Colombia | 15 de agosto de 2000 | Of. Financiera | Director Financiero | control y vigilancia | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA | DECRETO LEY | 272 | Por el cual se determina la organización y funcionamiento de la Auditoría General de la República. | Presidencia de la República de Colombia | 22 de febrero de 2000 | Of. Financiera | Director Financiero | control y vigilancia | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA | DECRETO | 663 (Art. 203) | Por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración | Presidencia de la República de Colombia | 2 de abril de 1993 | Of. Financiera | Director Financiero | Lineamientos para el sistema financiero | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA | DECRETO | 2712 | Por el cual se reglamenta parcialmente los artículos 92, 98 y 101 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y el artículo 261 de la Ley 1450 de 2011 | Presidencia de la República de Colombia | 26 de diciembre 2014 | Of. Financiera | Director Financiero | Lineamientos para el sistema financiero | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA | DECRETO | 62 | por el cual se corrige y aclara el artículo 38 del Decreto 2150 del 5 de diciembre de 1995. (MENOR CUANTÍA PARA LA CONTRATACIÓN PÚBLICA) | Presidencia de la República de Colombia | 5 de enero de 1996 | Of. Financiera | Director Financiero | Movimientos financieros para la contratación pública | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA | DECRETO | 1499 | Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 | Departamento Administrativo de la Función Publica | 11 de septiembre de 2017 | Of. Financiera | Director Financiero | Informes de auditoria realizados por Control Interno | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA | DECRETO | 1083 | Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. | Departamento Administrativo de la Función Publica | 26 de mayo de 2015 | Of. Financiera | Director Financiero | Informes de auditoria realizados por Control Interno | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA | LEY | 142 | Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 11 de julio de 1994 | Of. Financiera | Director Financiero | Todas las actuaciones de la empresa se fundamentan bajo esta ley en cuanto a la prestacion de servicios publicos. | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - PRESUPUESTAL | DECRETO | 115 | Por el cual se establecen normas sobre la elaboración, conformación y ejecución de los presupuestos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen de aquellas, dedicadas a actividades no financieras. | Presidencia de la República de Colombia | 15 de enero de 1996 | Of.Finaciera | Profesional Universitario de Presupuesto | el regimen presupuestal que aplica a las empresas industriales y comerciales del Estado. | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | CIRCULAR | 15 | Impartir lineamientos generales sobre los planes de mejoramiento producto de la vigilancia y control fiscal acorde con el nuevo marco normativo y manejo de las acciones cumplidas, para ser tenidas en cuenta por parte de la entidades o particulares que manejen fondos o bienes públicos, en todos sus niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos. | Contraloría General de la República | 30 de septiembre de 2020 | Of. Contabilidad | Contador | En cumplimiento | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - PRESUPUESTAL | DECRETO | 111 | Por el cual se compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto | Presidencia de la República de Colombia | 15 de enero de 1996 | Of.Finaciera | Profesional Universitario de Presupuesto | El presupuesto de la empresa se elabora anualmente bajo este Decreto. | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | DECRETO | 405 | Por el cual se reglamenta parcialmente el Libro VI del Estatuto Tributario. | Presidencia de la República de Colombia | 2001 | Of. Contabilidad | Contador | aplicación de las normas del procedimiento general en la gestion contable | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | LEY | 298 | " Por la cual se desarrolla el articulo 354 de la Constititucion Politica, se crea la Contaduria General de la Nacion como una Unidad Administratativa Especial adscrita al Ministerio de Hacienda y Credito Publico. | Superintendencia de Industria y Comercio | 23 de julio de 1996 | Of. Contabilidad | Contador | La Contaduria General de la Nacion es la entidad encargada de controlar la contabilidad de las entidades publicas. | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - PRESUPUESTAL | RESOLUCIÓN | 3832 | Catalogo de clasificación presupuestal para entidades territoriales y sus desentralizados (CCPET) | Ministerio de Hacienda y Crédito Público | 18 de octubre de 2019 | Of. Presupuesto | Profesional Universitario de Presupuesto | En cumplimiento | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - PRESUPUESTAL | RESOLUCIÓN | 2323 | Por la cual se modifica el inciso segundo del articulo 5 de la resolución 3832/2019 | Ministerio de Hacienda y Crédito Público | 24 de noviembre de 2020 | Of. Presupuesto | Profesional Universitario de Presupuesto | En cumplimiento | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - PRESUPUESTAL | DECRETO | 4836 | Por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto y se modifican los Decretos 115 de 1996, 4730 de 2005, 1957 de 2007 y 2844 de 2010, y se dictan otras disposiciones en la materia. | Presidencia de la República de Colombia | 21 de diciembre de 2011 | Of.Finaciera | Profesional Universitario de Presupuesto | Reglamentan normas de presupuesto. | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA | RESOLUCIÓN | 1417 | Por la cual se expide y adopta el sistema único de costos y gastos para entes prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 18 de abril de 1997 | Of. Financiera | Director Financiero | Por esta Resolucion se exipide y se adopta el sistema de Costos. | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA | RESOLUCIÓN | 393 | Por la cual se adopta el manual para la implementacion del modelo de control interno contable MECICO 2007:1. | Contaduria General de la Nación | 2007 | Of. Financiera | Asesor Financiero | Modelo de control Interno que aplica en la Empresa | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA | LEY | 1474 | Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública |
Congreso de la República de Colombia | 12 de julio de 2011 | Of. Financiera | Director Financiero | En la entidad se aplica mediante el mapa de riesgos de corrupción, de gestión y de seguridad digital | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - PRESUPUESTAL | LEY | 2056 | Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías | Congreso de la República de Colombia | 1 de enero de 2021 | Of.Finaciera | Profesional Universitario de Presupuesto | El Título VII de esta Ley, coontiene las disposiciones que constituyen el Sistema Presupuestal del Sistema General de Regalías. | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - PRESUPUESTAL | DECRETO | 1821 | Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 1 de enero de 2021 | Of. Financiera | Profesional Universitario de Presupuesto | El capítulo 3 del Libro 2 de este Decreto, establece los lineamientos para el manejo presupuestal de los recursos que financian proyectos de inversión del SGR. | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - PRESUPUESTAL | RESOLUCIÓN | 462 | Por la cual se adopta el Presupuesto de gastos e inversiones para la vigencia fiscal 2021 de Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva | Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | 1 de enero de 2021 | Of.Finaciera | Profesional Universitario de Presupuesto | Con la cual se desagrega el Presupuesto anual para la vigencia 2021 | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | LEY | 2155 | Por medio, de la cual se expide la ley de inversión social y se dictan otras disposiciones y en especial incrementa la tarifa general del impuesto sobre la renta a partir de 2022 a 35% Además esta ley mantuvo el descuento en el 50% del Impuesto del ICA, derogando el Incremento al 100% que estaba provisto para el año 2022 en el Art 115 del ET. Para la procedencia de costos y deducciones en el impuesto sobre la renta, así como de los impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas, se requerirá de factura de venta, documento equivalente y/o los documentos previstos en el artículo 616-1 de esta reforma tributaria. |
Congreso de la República de Colombia | 14 de Septiembre de 2021 | Of.Finaciera | Contador | procedimientos contables | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | LEY | 2277 | Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones y en especial modificó las instrucciones de los artículos 206, 336, 383 y 387 relativas al cálculo de retencion en la fuente por concepto de rentas de trabajo "trabajdores y contratistas que se toman como asalariados para efectos de retenciones | Congreso de la República de Colombia | Diciembre 13 de 2022 | Of.Finaciera | Contador | procedimientos contables | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 442 | Por la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativa para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público con el fin de incorporar la descripción y dinámica de la cuentas que incurran en el Procedimiento contable para el registra de los procesos judiciales, arbitrajes, concilíaciones extrajudíciales y embargos si hubiere una obligación probable al menos al final del como mínimo al final del periodo contable y, cuando haya lugar, se ajustará afectando el resultado del periodo. "Tener en cuenta la codificación de la presente Resolución" | Contaduria General de la Nación | Diciembre 19 de 2023 | Of.Finaciera | Contador | Aplicable en las politicas Contables de la Empresa | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 165 | Por la cual se desarrolla el sistema de facturación, los proveedores tecnológicos, se adopta la Versión 1.9 del Anexo Técnico de Factura Electrónica de Venta, se expide el Anexo Técnico 1.0 del documento equivalente electrónico, y se dictan otras disposiciones en materia del sistema de facturación. | Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN | noviembre 1 de 2023 | Of.Finaciera | Contador | Aplicable en las politicas Contables de la Empresa | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 8 | Por la cual se modifica el artículo 23 y parcialmente el parágrafo del artículo 62 de la Resolución 000165 de 2023. "Nos determina que el 1 de Mayo de 2024 hemos de tener implementado para la generación y trasmisión el documento equivalente electrónico y de las notas de ajuste. y "Los sujetos obligados a facturar deberán adoptar la versión 1.9 del anexo técnico de factura electrónica de venta de que trata el artículo 60 de la presente Resolución, el primero (1) de mayo de 2024” |
Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN | Enero 31 de 2024 | Of.Finaciera | Contador | Aplicable en las politicas Contables de la Empresa | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 411 | Por la cual se establece la informacion a reportar, los requisitos y los plazos de envio a la Contaduria General de la Nacion y se deroga la resolución 706 de 2016 | Contaduria General de la Nación | 29 de noviembre de 2023 | Of.Finaciera | Contador | Aplicable en las politicas Contables de la Empresa | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 38 | Por la cual se modifica el parágrafo 3 del artículo 6 de la Resolución No. 411 de 2023 y se derogan las Resoluciones 441 de 2019 y 193 de 2020 |
Contaduria General de la Nación | 13 de febrero de 2024 | Of.Finaciera | Contador | Aplicable en las politicas Contables de la Empresa | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 421 | Por la cual se modifican procedimientos contables de Marco Normativa para Entidades de Gobierno, de acuerdo con las ajustes realizados al Catálogo General de Cuentas con posterioridad a la expedición de los procedimientos | Contaduria General de la Nación | 6 de diciembre de 2023 | Of.Finaciera | Contador | Aplicable en las politicas Contables de la Empresa | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 4444 | Por el cual se aprueba y adopta el plan general de contabilidad pública, PGCP, y se dictan otras disposiciones sobre la materia. | Ministerio de Hacienda y Crédito Público | 21 de noviembre de 1995 | Of. Contabilidad | Contador | El plan de cuentas que maneja la contabilidad de las Ceibas Empresas Publicas de Neiva, se rigen bajo esta resolucion. | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | LEY | 901 | Normas sobre la obligacion de enviar a la Contaduria General de la Nacion-CGN, el Boletin de Deudores Morosos del Estado-BDME, el cual debe trasmitirse por el sistema CHIP, en los 10 primeros dias de los meses de Junio y de Diciembre con fecha de corte 31 de Mayo y 30 de Noviembre de cada vigencia respectivamente. | Congreso de la República de Colombia | 2004 | Of. Contabilidad | Contador | LA empresa cumple con el envio de los reportes periodicos a la Contaduria General de la Nacion | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 1300025985 | Por la cual se establece el requerimiento de información a través del Sistema único de Información - SUI sobre el Plan de Contabilidad y el Sistema Unificado de Costos y Gastos por actividades de los prestadores de servicios públicos domiciliarios. ANEXO A Y B |
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 2006 | Of. Contabilidad | Contador | Informacion de obligatorio cumplimiento que se debe reportar a la Superintendencia de Servicios Publicos domiciliarios. | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 375 | Por la cual se modifican los articulos 10° y 11° de la Resolucion 248 de 2007 respecto a los plazos de reporte de la informacion contable a la Contaduria General de la Nacion. | Contaduria General de la Nación | 17 de septiembre de 2007 | Of. Contabilidad | Contador | La empresa esta sujeta a cumplir con los plazos de reporte de informacion según lo determina la contaduria General de la Nacion | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 248 | Por la cual se establece la informacion a reportar, los requisitos y los plazos de envio a la Contaduria General de la Nacion | Contaduría Municipal | 6 de julio 2007 | Of. Contabilidad | Contador | La empresa esta sujeta a cumplir con los plazos de reporte de informacion según lo determina la contaduria General de la Nacion | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 357 | Por la cual se adopta el Procedimiento de Control Interno Contable y de Reporte de Informe Anual de Evaluacion a la Contaduria General de la Nacion | Contaduria General de la Nación | 23 de julio de 2008 | Of. Contabilidad | Contador | La Oficina de control inerno elabora los informes de acuerdo a esta resolucion. | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 193 | Por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la evaluación del control interno contable | Contaduria General de la Nación | 5 de mayo de 2016 | Of. Contabilidad | Contador | ||||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | LEY | 1314 | Por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e informacion financiera y de aseguramiento de informacion aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedicion y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento. Articulo 3 NIIF permiten identificar, medir, clasificar, analizar e interpretar la informacion financiera de una entidad. Los datos obtenidos, a traves de la puesta en marcha de las normativas permiten una informacion financiera de una entidad. Los datos obtenidos, a traves de la puesta en marcha de las normativas permiten una informacion confiable y comparable para los entes de control. | Congreso de la República de Colombia | 13 de julio de 2009 | Of. Contabilidad | Contador | Aplicable en las politicas Contables de la Empresa | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | LEY | 1416 | Por medio de la cual se fortalece al ejercicio del control fiscal | Congreso de la República de Colombia | 24 de noviembre de 2010 | Of. Financiera | Director Financiero | Aplicable en los procedimientos de control y fiscalización por parte de entes de control | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - PRESUPUESTAL | ACUERDO | 2 | Por el cual se adopta el Estatuto Orgánico de Presupuesto del Municipio de Neiva, se Derogan Los Acuerdos 082 de 1996 y 012 de 1997 y se dictan otras disposiciones. | Concejo del Municipio de Neiva | 06 de marzo de 2009 | Of. Financiera | Director Financiero | ||||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | ACUERDO | 28 | Por medio del cual se expide el Estatuto Tributario del municipio de Neiva y se conceden unas facultades | Concejo del Municipio de Neiva | 13 de diciembre de 2018 | Of. Contabilidad | Contador | Aplicable en los procedimientos contables y tributarios de la empresa | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 414 | Por la cual se adopta se incorpora, en el regimen de contabilidad publica, el marco conceptual para la preparacion y presentacion de informacio financiera y las normas para el reconocimiento, medicion, revelacion y presentacion de los hechos economicos. | Contaduria General de la Nación | 8 de septiembre de 2014 | Of. Contabilidad | Contador | se adoptó el Régimen de Contabilidad Pública conformado por el Plan General de Contabilidad Pública de la Contaduría General de la Nación (CGN) | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 663 | Por la cual se modifica la resolucion 414 de 2014. | Contaduria General de la Nación | 30 de diciembre de 2015 | Of. Contabilidad | Contador | se adoptó el Régimen de Contabilidad Pública conformado por el Plan General de Contabilidad Pública de la Contaduría General de la Nación(CGN) | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 433 | Por medio de la cual se modifica el Catalogo General de Cuentas del marco Normativo para Empresas que no cotizan en el mercado de Valores, y que no captan ni Administran Ahorro del Publico. | Contaduria General de la Nación | 23 Diciembre de 2019 | Of.Finaciera | Contador | la empresa realizo la Transicion al marco normativo NIIF de acuerdo a la resolucion 414. | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 355 | Por la cual se adopta el plan general de contabilidad publica | Contaduria General de la Nación | 5-Sep-07 | Of.Finaciera | Contador | Aplicable en las politicas Contables de la Empresa | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 533 | Por la cual se incorpora, en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable a entidades de gobierno y se dictan otras disposiciones |
Contaduria General de la Nación | 8 de octubre de 2015 | Of.Finaciera | Contador | Aplicable en las politicas Contables de la Empresa | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 20181000010545 | Por la cual se establece el requerimiento de clasificación y el reporte de la preparación obligatoria a los Prestadores de Servicios Públicos, sujetos al ámbito de aplicación de la Resolución 533 de 2015 de la Contaduría General de la Nación. | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 14 de febrero de 2018 | Of. Financiera | Contador | Aplicable en las politicas Contables de la Empresa | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 20181000081465 | Por la cual se deja sin efecto el plan de contabilidad para prestadores de servicios públicos domiliarios y se dictan otras disposiciones | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 29 de junio de 2018 | Of. Financiera | Contador | Aplicable en las politicas Contables de la Empresa | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | LEY | 1819 | Por medio del cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasion y elusion fiscal, y se dictan disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 29 de diciembre de 2016 | Of.Finaciera | Contador | Aplicable en las politicas Contables de la Empresa | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 204 | "Por medio de la cual se modifica la Resolucion No. 224 de 2013, que reglamenta la rendicion de la cuenta, su revision y se unifica la informacion que presenta a la Contraloria Municipal de Neiva y se dictan otras disposiciones". | Contraloria Municipal | 30 de diciembre de 2014 | Of.Finaciera | Contador | La empresa esta cumpliendo con el reportede informacion a la Contraloria Municipal de acuerdo a las dispociiones establecidas. Informacion reportada el 08/04/2019 | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | CIRCULAR | 1 | Razonabilidad de los estados financieros y sanciones por incumplimiento de la regulacíon contable | Contaduria General de la Nación | 10 de noviembre de 2020 | Of.Finaciera | Contador | Procedimiento administrativo sancionatorio fiscal-por errores en la informacion contable | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | CIRCULAR | 2 | Conciliaciones de operaciones reciprocas para los informes contables consolidados de 2020 | Contaduria General de la Nación | 9 de diciembre de 2020 | Of.Finaciera | Contador | Operaciones Reciprocas que se requieren disponer entre las diferenctes entidades publicas | x | ||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 5500 | Por la cual se determina la competencia para el conocimiento y trámite de la acción de responsabilidad fiscal en la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones. | Contraloría General de la República | 4 de julio de 2003 | Of. Financiera | Contador | Soporte normativa de las Políticas Contables. | |||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | ACUERDO | 4 | Estatuto de LAS CEIBAS EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P. (modificado el numeral 7 del artículo 20 mediante Acta de Junta Directiva No. 09 del 30 de agosto de 2021) | Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | 2021 | Of. Financiera | Director Financiero | Lineamientos para movimientos presupuestales | |||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | ACUERDO | 18 | Por medio del cual se adopta el Reglamento Interno de recaudo de cartera, con las modificaciones establecidos en los artículos 10, 11 y 12 que describe normas y procedimientos para normalizar la cartera de acueducto y alcantarillado, servicios complementarios y otros cobros de las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | 2021 | Of. Financiera | Director Financiero | Soporte normativa de las Políticas Contables. | |||
GESTIÓN FINANCIERA - CONTABLE | RESOLUCIÓN | 42 | Por la cual se desarrollan los sistemas de facturación, los proveedores tecnológicos, el registro de la factura electrónica de venta como título valor, se expide el anexo técnico de factura electrónica de venta y se dictan otras disposiciones en materia de sistemas de facturación | Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN | 5 de mayo de 2020 | Of.Finaciera | Contador | La empresa adiciono en la lista de chequeo LOS DOCUMENTO SOPORTE EN ADQUISICIÓN EFECTUADAS A SUJETOS OBLIGADOS A EXPEDIR FACTURA DE VENTAS O DOCUMENTOS EQUIVALENTES | X | ||
GESTIÓN FINANCIERA - PRESUPUESTAL | RESOLUCIÓN | 462 | Por la cual se adopta el Presupuesto de gastos e inversiones para la vigencia fiscal 2024 de Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva | Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | 1 de enero de 2024 | Of. Financiera | Profesional Universitario de Presupuesto | Con la cual se desagrega el Presupuesto anual para la vigencia 2024 | X | ||
GESTIÓN JURÍDICA | ACUERDO | 05 DE 2018 | “manual de reglamento interno de recaudo de cartera para la etapa de cobro coactivo de Las Ceibas E.P.N. E.S.P.” |
Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | 2018 | Of. Juridica | Asesor Oficina Juridica | procesos de cobro coactivo | X | ||
GESTIÓN JURÍDICA | DECRETO | 1069 | Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho | Presidencia de la República de Colombia | 2015 | Of. Juridica | Asesor Oficina Juridica | en cumplimiento | X | ||
GESTIÓN JURÍDICA | DECRETO | 1167 | "Por el cual se modifican y se suprimen algunas disposiciones del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho" | Presidencia de la República de Colombia | 2016 | Of. Juridica | Asesor Oficina Juridica | en cumplimiento | X | ||
GESTIÓN JURÍDICA | RESOLUCIÓN | No. 0227 DEL 2016 | “normas y procedimientos para la normalización de cartera de acueducto y alcantarillado, servicios complementarios y otros servicios” |
Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | 2016 | Of. Juridica | Asesor Oficina Juridica | en cumplimiento | X | ||
GESTIÓN JURÍDICA | LEY | 1977 | Se modifica parcialmente la Ley 1176 de 2007 en lo que respecta al sector de agua potable y saneamiento básico. | Congreso de la República de Colombia | 2019 | Of. Juridica | Asesor Oficina Juridica | en cumplimiento | X | ||
GESTIÓN JURÍDICA | LEY | 2013 | Se busca garantizar el cumplimiento de los principios de transparencia y publicidad mediante la publicación de las declaraciones de bienes, renta y el registro de los conflictos de interés. | Congreso de la República de Colombia | 2019 | Of. Juridica | Asesor Oficina Juridica | en cumplimiento | X | ||
GESTIÓN JURÍDICA | LEY | 2014 | Se regulan las sanciones para condenados por corrupción y delitos contra la Administración Pública, así como la cesión unilateral administrativa del contrato por actos de corrupción y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2019 | Of. Juridica | Asesor Oficina Juridica | en cumplimiento | X | ||
GESTIÓN JURÍDICA | DECRETO LEY | 2106 | e dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública. | Presidencia de la República de Colombia | 2019 | Of. Juridica | Asesor Oficina Juridica | en cumplimiento | X | ||
GESTIÓN JURÍDICA | DECRETO REGLAMENTARIO | 118 | Se adiciona el capitulo 2, al titulo 5, de la parte 3, del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 de 2015, y se reglamenta el articulo 280 de la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, en lo relacionado al uso de los recursos del Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico (SGP-APSB) para el pago del servicio de energia por concepto de la operación de los sistemas de acueducto y alcantarillado. | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 2020 | Of. Juridica | Asesor Oficina Juridica | en cumplimiento | X | ||
GESTIÓN JURÍDICA | DECRETO LEY | 417 | Se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio Nacional. (COVID-19) | Presidencia de la República de Colombia | 2020 | Of. Juridica | Asesor Oficina Juridica | en cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CALIDAD | LEY | 872 | Por la cual se crea el sistema de la gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios | Congreso de la República de Colombia | 30 de Diciembre de 2003 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Profesional Calidad | Sistema de Gestión de calidad | x | ||
GESTIÓN DE CALIDAD | ISO | 19011 | Directrices para auditoría de sistemas de gestión | ICONTEC | 2011 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Profesional Calidad | Sistema de Gestión de calidad | x | ||
GESTIÓN JURÍDICA | DECRETO | 465 | Se adiciona el Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con la adopción de disposiciones transitorias en materia de concesiones de agua para la prestación del servicio público esencial de acueducto, y se toman otras determinaciones en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno nacional a causa de la Pandemia COVID-19. | Ministerio TICs | 2020 | Of. Juridica | Asesor Oficina Juridica | en cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CALIDAD | ISO | 9001 | Sistemas de Gestión de la Calidad | ICONTEC | 2015 | Of. Planeación y Analisis Financiero | profesional Calidad | Sistema de Gestión de Calidad | x | ||
GESTIÓN JURÍDICA | DECRETO | 469 | Se dicta una medida para garantizar la continuidad de las funciones de la jurisdicción constitucional, en el marco de la Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. | Ministerio de Justicia y del Derecho | 2020 | Of. Juridica | Asesor Oficina Juridica | en cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CALIDAD | DECRETO | 1499 | "Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN MIPG |
Presidencia de la República de Colombia | 11 de Septiembre 2017 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Implementacion Modelo Integrado de Planeacion y Gestion MIPG | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA | 23 - 209 - 270 334, 339, 346 | Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional. En la parte general se señalarán los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptadas por el Gobierno. El plan de inversiones públicas contendrá los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de inversión pública nacional y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución, dentro de un marco que garantice la sostenibilidad fiscal | Constitución Politica de Colombia | 4 de Julio de 1991 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Lineamientos para la formulacion del plan de desarrollo, de inversiones y demas procesos estrategicos de la empresa. | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | LEY | 152 DE 1994 | por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo | Ministro de Hacienda y Crédito Público | 15 de Julio 1994 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Formulación del Plan de Desarrollo | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | LEY | 617 DE 2000, ART 79 | ARTICULO 79. CONTROL SOCIAL A LA GESTION PUBLICA TERRITORIAL. El Departamento Nacional de Planeación publicará en medios de amplia circulación nacional con la periodicidad que señale el reglamento y por lo menos una vez al año, los resultados de la evaluación de la gestión de todas las entidades territoriales, incluidos sus organismos de control, según la metodología que se establezca para tal efecto. | Ministro de Hacienda y Crédito Público | 6 de Octubre del 2000 | x | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Formulación del Plan de Desarrollo | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | LEY | 715 DE 2001, ART 89 | ARTÍCULO 89. SEGUIMIENTO Y CONTROL FISCAL DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES. Para efectos de garantizar la eficiente gestión de las entidades territoriales en la administración de los recursos del Sistema General de Participaciones, sin perjuicio de las actividades de control fiscal en los términos señalados en otras normas y demás controles establecidos por las disposiciones legales, los departamentos, distritos y municipios, al elaborar el Plan Operativo Anual de Inversiones y el Presupuesto, programarán los recursos recibidos del Sistema General de Participaciones, cumpliendo con la destinación específica establecida para ellos y articulándolos con las estrategias, objetivos y metas de su plan de desarrollo. En dichos documentos, incluirán indicadores de resultados que permitan medir el impacto de las inversiones realizadas con estos. Los municipios prepararán un informe anual sobre la ejecución de los recursos del Sistema General de Participaciones, así como el Plan de Operativo Anual, del Presupuesto y sus modificaciones. Esta información será enviada, a la Secretaría Departamental de Planeación o quien haga sus veces, para que dicha entidad realice el seguimiento y la evaluación respectivo. Las Secretarías de Planeación Departamental o quienes hagan sus veces, cuando detecten una presunta irregularidad en el manejo de los recursos administrados por los municipios, deberán informar a los organismos de control, para que dichas entidades realicen las investigaciones correspondientes. Si dichas irregularidades no son denunciadas, los funcionarios departamentales competentes serán solidariamente responsables con las autoridades municipales. Una vez informados los organismos de control, estos deberán iniciar la indagación preliminar en un plazo máximo de 15 días. La omisión de lo dispuesto en este numeral será causal de mala conducta. |
Ministro de Hacienda y Crédito Público | 22 de Diciembre de 2001 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Plan Operativo Anual de Inversiones y el Presupuesto, | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 111 DE 1996 | ARTICULO 8o. El Plan Operativo Anual de Inversiones señalará los proyectos de inversión clasificados por sectores, órganos y programas. Este plan guardará concordancia con el Plan Nacional de Inversiones. El Departamento Nacional de Planeación preparará un informe regional y departamental del presupuesto inversión para discusión en las comisiones económicas de Senado y Cámara de Representantes (Ley 38/89 artículo 5o. Ley 179/94, artículo 2o.). |
Ministro de Hacienda y Crédito Público | 15 de Enero de 1996 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Plan Operativo Anual de Inversiones y el Presupuesto, | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | LEY | 152 DE 1994 | ARTÍCULO 36. En materia de elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes de desarrollo de las entidades territoriales, se aplicarán, en cuanto sean compatibles, las mismas reglas previstas en esta Ley para el Plan Nacional de Desarrollo. |
Ministro de Hacienda y Crédito Público | 15 de Julio 15 de 1994 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | elaboración, aprobación, ejecución seguimiento y evaluación de los planes de desarrollo de la empresa. |
X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | LEY | 951 DE 2005 | Por la cual se crea el acta de informe de gestión. | Departamento Administrativo de la Función Publica | 31 de Marzo de 2005 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Informe de gestion de la empresa | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 1474 DE 2011 ART 74-73 | Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. // Artículo 73 modificado por el artículo 31 de la Ley 2195 de 2022, 'por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 51.921 de 18 de enero de 2022. |
Presidencia de la República de Colombia | 12 de Julio de 2011 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | temas relacionados con corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. |
X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 124 DE 2016 | “Por el cual se sustituye el Titulo 4 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, relativo al "Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano". | Presidencia de la República de Colombia | 26 de Enero del 2016 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Tutulo 4-Plan Anticorrupcion y Antencion al Ciuadadano | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 1083 DE 2015 | Por el cual se expide el decreto Unico Reglamentario del Sector de Función Pública. // Modificado transitoriamente por Decreto 1507 de 2022 | Departamento Administrativo de la Función Publica | 26 de Mayo de 2015 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | integración de la planeación y la gestión. | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 612 DE 2018 | Por el cual se fijan directrices para la integración de los planes institucionales y estratégicos al Plan de Acción por parte de las entidades del Estado. | Departamento Administrativo de la Función Publica | 4 de Abril del 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Estructuración de los planes de acción por vgencia y fecha de presentación max a 30 de enero de cada año | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | ACUERDO | 12 DE 2009 | Por el cual se autoriza la alcalde municipal de Neiva para comprometer vigencias futuras excepcionales en la ejecución del "Plan departmental para el manejo empresarial de los servicios de agua y saneamiento" y se dictan otras disposiciones | Concejo del Municipio de Neiva | 2009 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Seguimiento a la Formulacion y ejecucion presupuestal de Proyectos de las Ceibas | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | DECRETO 3320 DE 2008, Derogado por el art. 53, Decreto Nacional 1040 de 2012, Derogado por el art.55, Decreto 1484 de 2014. | Por el cual se reglamentan los artículos 100 de la Ley 1151 de 2007 y 13 de la Ley 1176 de 2007, en relación con el procedimiento a seguir para el giro de los recursos del Sistema General de Participaciones, SGP, para agua potable y saneamiento básico, y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 5 de Septiembre del 2008 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Conpes 3463 de 2007 | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 1484 DE 2014 | por el cual se reglamenta la Ley 1176 de 2007 en lo que respecta a los recursos de la participación para Agua Potable y Saneamiento Básico del Sistema General de Participaciones y la Ley 1450 de 2011 en lo atinente a las actividades de monitoreo, seguimiento y control integral a estos recursos. | Presidencia de la República de Colombia | 6 de Agosto del 2014 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Conpes 3463 de 2007 | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | CONPES | 3463 DE 2007 | Planes departamentales de agua y saneammiento para el manejo empresarial de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 12 de Marzo del 2007 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Convenio 141 de 2009 | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 2246 DE 2012 | Por el cual se reglamenta el artículo 21 de la Ley 1450 de 2011 y se dictan otras disposiciones. | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 31 de Octubre del 2012 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Conpes 3463 de 2007 | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | CONVENIO | 141 DE 2009 | Convenio de cooperación y apoyo financiero 141 para la viculación del municipio de neiva, empresas Públicas de Neiva y la sociedad denominada aguas del Huila, la plan departamental de agua y saneamiento básico suscrito con el departamento del Huila | Aguas del Huila | 2009 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Convenio de cooperación y apoyo financiero 141 para la viculación del municipio de neiva | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO <LEY> | 19 DE 2012 | Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública. | Presidencia de la República de Colombia | 10 de Enero del 2012 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Trámites SUIT gestionados, aprobados y publicados | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 1077 DE 2015 | Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio. | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 17 de Octubre del 1906 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Aplicación de la regulacion | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 1076 DE 2015 | Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector ambiente y desarrollo sostenible | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 26 de Mayo / 2015 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Aplicación de la regulacion | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 2141 2016 | Por medio del cual se· adiciona una sección al Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible", en lo relacionado con el ajuste a la tasa retributiva | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 26 de Diciembre 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Aplicación de la regulacion | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | SSPD-20151300054575 DE 2015 | Por la cual se establece el reporte de información de los derechos de petición, quejas y recursos, presentados por los suscriptores o usuarios a través del Sistema Único de Información (SUI). | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 18 de Diciembre 2015 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cargue SUI | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | SSPD-20161300011295 DE 2016 | Por la cual se modifica y aclara la Resolución 20151300054575 del 18 de diciembre de 2015, que establece el reporte de información de los derechos de petición presentados por los suscriptores o usuarios a través del Sistema Único de Información (SUI). | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 28 de Abril del 2016 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cargue SUI | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | SSPD-20188000076635 DE 2018 | Por la cual se modifica el Anexo de la Resolución número SSPD 20151300054575 del 18 de diciembre de 2015. | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 22 de Junio 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cargue SUI | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | SSPD-20171300039945 DE 2017 | Por la cual se derogan parcialmente la Resolución SSPD número 20101300048765 del 14 de diciembre de 2010 y la Resolución SSPD 20131300008055 del 23 de mayo de 2013, y se establecen los requerimientos que deben surtir los prestadores de servicios públicos domiciliarios ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para el reporte de información relacionada con la metodología tarifaria para acueducto y alcantarillado definida en la Resolución CRA 688 de 2014, modificada, aclarada y adicionada por la Resolución CRA 735 de 2015. | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 28 de Marzo 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cargue SUI | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | SSPD-20171000204125 DE 2017 | Por la cual se establecen los lineamientos para la modificación de la información cargada al sistema único de información, SUI, y se deroga la Resolución SSPD 20121300035485 del 14 de noviembre de 2012 | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 18 de Octubre de 2017 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cargue SUI | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | SSPD-20174000209705 DE 2017 | Por la cual se modifica el plazo para el reporte de información tarifaria al Sistema Único de Reporte de Información de Cálculo Tarifario (Suricata). | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 1 de Noviembre del 2017 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cargue SUI | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | SSPD-20181000120515 DE 2018 | Por la cual se deroga una resolución y se establecen los requerimientos que deben surtir los prestadores de servicios públicos domiciliarios ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en relación con el Registro Único de Prestadores (RUPS) para su inscripción, actualización y cancelación. | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 25 de Septiembre 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cargue SUI | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | SSPD - 20181000133695 DE 2018 | Por la cual se establecen los requerimientos que deben cumplir los prestadores del servicio público domiciliario de acueducto con relación a las disposiciones recogidas en el Anexo técnico de la Resolución Conjunta Número 0549 de 2017 del Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 4 de Diciembre del 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cargue SUI | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | SSPD – 20191000006825 DE 2019 | Por la cual se establecen los plazos para el cargue de información financiera a 31 de diciembre de 2018 y se dictan otras disposiciones. | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 18 de Marzo del 2019 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cargue SUI | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | CRA 823 DE 2017 | Por la cual se modifica y adiciona parcialmente el régimen de calidad y descuentos establecido mediante el Título VII de la Resolución número CRA 688 de 2014 | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 8 de Mayo del 2017 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Indicadores de calidad y descuentos | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | CRA 830 DE 2018 | Por la cual se presentan las variables que conforman los modelos de eficiencia establecidos en la Resolución número CRA 688 de 2014, para determinar los puntajes de eficiencia comparativa PDEA y se dictan otras disposiciones. | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 27 de Febrero del 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Puntaje de Eficiencia DEA | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | CRA 735 DE 2015 | Por la cual se modifica, adiciona y aclara la Resolución CRA 688 de 2014 | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 9 de Diciembre del 2015 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | TARIFAS | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 1171 DE 2020 | Por el cual se adopta la Actualizacion del Plan de Gestion Integral de Residuos Solidos-PGIRS del Municipio de Neiva | Alcaldia de Neiva | 30 de Diciembre del 2020 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento a las actividades de Epn respecto al PGIRS | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 2981 DE 2013 | Por el cual se reglamenta la Prestacion del Servicio Publico de Aseo | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 20 de Diciembre del 2013 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Seguimiento al cumplimiento de actividades de los planes ambientales de las Ceibas | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 156 DE 2017 | Por el cual se resuelve una solicitud de Renovacion de Licencia Ambiental | Corporacion Autonoma Regional del Alto Magdalena-CAM | 2017 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Seguimiento al cumplimiento de actividades de los planes ambientales de las Ceibas | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 631 DE 2015 | Por el cual se establecen los parametros y los valores limites maximos permisibles en los vertimientos puntuales a cuerpos de agua superficiales y a los sistemas de alcantarillado publico y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 17 de Marzo del 2015 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Seguimiento al cumplimiento de actividades de los planes ambientales de las Ceibas | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | LEY | 1523 DE 2012 | Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 24 de Abril del 2012 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Seguimiento al cumplimiento de actividades de los planes ambientales de las Ceibas | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 154 DE 2014 | Por el cual de adoptan los lineamientos para la formulacion de los Planes de Emergencia y Contingencia para el manejo de desastres y emergencias asociados a la prestacion de los servicios publicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 19 de Marzo del 2014 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Seguimiento al cumplimiento de actividades de los planes ambientales de las Ceibas | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 549 DE 2017 | Por la cual se adopta la guía que incorpora los criterios y actividades mínimas de los estudios de riesgo, programas de Reduccion de Riesgo y Planes de Contingencia de los sistemas de suministro de agua para consumo humano y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Salud y Protección Social | 01 de Marzo del 2017 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Seguimiento al cumplimiento de actividades de los planes ambientales de las Ceibas | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | ACUERDO | 51 DE 2013 | Por medio del cual se establece la politica Publica para la Gestion Integral del Recurso Hidrico en el Municipio de Neiva y se dictan otras disposiciones | Concejo del Municipio de Neiva | 2013 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Seguimiento al cumplimiento de actividades de los planes ambientales de las Ceibas | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 39 DE 2018 | Por medio del cual se adopta el Mapa de Riesgo de la Calidad del Agua para el Consumo Humano Acueducto Urbano de la Ciudad de Neiva-Huila | Secretaria Municipal de Salud de Neiva | 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Seguimiento al cumplimiento de actividades de los planes ambientales de las Ceibas | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | ACUERDO | 25 DE 2016 | Por medio del cual se modifica el Acuerdo 036 de 2006 para incluir los pagos por Servicios Ambientales -PSA- en la inversion de que trata el mismo y se establecen lineamientos al gobierno municipal sobre el Plan de Ordenamiento y Manejo de la Cuenca Hidrografica del Rio Las Ceibas | Concejo del Municipio de Neiva | 2016 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento a las actividades de Epn respecto al POMCH | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 3079 DE 2018 | Por el cual se aprueba el Plan de Uso Eficiente y Ahorro del Agua del Munipio de Neiva | Corporacion Autonoma Regional del Alto Magdalena-CAM | 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Seguimiento al cumplimiento de actividades de los planes ambientales de las Ceibas | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 2456 DE 2013 | Por el cual se aprueba el Plan de Uso Eficiente y Ahorro del Agua del Munipio de Neiva | Corporacion Autonoma Regional del Alto Magdalena-CAM | 23 de Octubre de 2013 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Seguimiento al cumplimiento de actividades de los planes ambientales de las Ceibas | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | ACUERDO | 17 DE 2013 | Por medio del cual se establece la Meta Global de Reduccion de Carga Contaminante en la Jurisdiccion de la CAM, por utilizacion directa e indirecta del agua como cuerpo receptor de vertimientos puntuales, para el quinquenio 2013-2018 | Corporacion Autonoma Regional del Alto Magdalena-CAM | 2013 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Seguimiento al cumplimiento de actividades de los planes ambientales de las Ceibas | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 97 DE 2012 | Por el cual se modifica una Concesion de aguas superficiales | Corporacion Autonoma Regional del Alto Magdalena-CAM | 2012 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Seguimiento al cumplimiento de actividades de los planes ambientales de las Ceibas | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 3200 DE 2008 | Por el cual se dictan normas sobre planes departmentales para el manejo empresarial de los servicios de agua y saneamiento y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 29 de agosto de 2008 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Seguimiento a los planes para el manejo de servicios de agua y saneamiento | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 1090 DE 2018 | Por el cual se adiciona el Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con el Programa para el Uso Eficiente y Ahorro de Agua y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 28 de Junio del 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Implementación de los programas de uso eficiente y ahorro de Agua (PUEAA) | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 2041 DE 2014 | Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 15 de Octubre del 2014 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | seguimiento a Licencias ambientales de las Ceibas | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 173 DE 2016 | Por el cual se adiciona el Decreto 1082 de 2015, con el fin de reglamentar los artículos 141, 196 Y 197 de la Ley 1753 de 2015, sobre estructuración integral de Proyectos de Inversión; presentación de proyectos por parte del Gobierno Nacional a los órganos colegiados de administración y decisión (OCAD) y reconocimiento de los costos de estructuración por parte de los OCAD | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 01 de Febrero del 2016 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | presentación de proyectos ante el OCAD | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 1450 DE 2013 | Por la cual se adopta la metodologia para la formulacion y evaluacion previa de proyectos de inversion susceptibles de ser financiado con recursos del Presupuesto General de la Nacion y Presupuestos Territoriales. | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 21 de Mayo del 2013 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Banco de Proyectos | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 330 DE 2017 | Por la cual se adopta el Reglamento Técnico para el Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico – RAS y se derogan las resoluciones 1096 de 2000, 0424 de 2001, 0668 de 2003, 1459 de 2005, 1447 de 2005 y 2320 de 2009”. | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 08 de junio de 2017 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | requisitos técnicos que se deben cumplir en las etapas de diseño construcción, puesta en marcha, operación, mantenimiento y rehabilitación de la infraestructura relacionada con los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo. | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 799 DE 2021 | Por la cual se modifica la Resolución 0330 de 2017 | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 09 de diciembre de 2021 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | requisitos técnicos que se deben cumplir en las etapas de diseño construcción, puesta en marcha, operación, mantenimiento y rehabilitación de la infraestructura relacionada con los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo. | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 650 DE 2017 | “Por la cual se adiciona un artículo transitorio a la Resolución 330 de 2017” | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 02 de octubre de 2017 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | requisitos técnicos que se deben cumplir en las etapas de diseño construcción, puesta en marcha, operación, mantenimiento y rehabilitación de la infraestructura relacionada con los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo. | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 501 DE 2017 | “Por la cual se expiden los requisitos técnicos relacionados con composición química e información, que deben cumplir los tubos, ductos y accesorios de acueducto y alcantarillado, los de uso sanitario y los de aguas lluvias, que adquieran las personas prestadoras de los servicios de acueducto y alcantarillado, así como las instalaciones hidrosanitarias al interior de las viviendas y se derogan las Resoluciones 1166 de 2006 y 1127 de 2007” | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 04 de Agosto del 2017 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento de requisitos tecnicos | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO NACIONAL | 926 DE 2010 | Por el cual se modifica parcialmente el Reglamento Colombiano de Construcciones Sismorresistentes NSR-10 | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 19 de Marzo del 2010 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento de normatividad estructural para construccion de estructuras hidraulicas para acueductos y alcantarillados | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 1063 DE 2016 | por la cual se establecen los requisitos de presentación, viabilización y aprobación de proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que soliciten apoyo financiero de la Nación, así como de aquellos que han sido priorizados en el marco de los Planes Departamentales de Agua y de los programas que implemente el Ministerio de Vivienda, Ciudady Territorio, a través del Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico, y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 30 de Diciembre del 2016 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumpliminto de requisitos presentación, viabilización y aprobación de proyectos | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | LEY | 2056 DE 2020 | Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 30 de Septiembre del 2020 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumpliminto de requisitos presentación, viabilización y aprobación de proyectos | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 1142 DE 2021 | Por el cual se adiciona y modifica el Decreto 1821 de 2020, Decreto Unico Reglamentario del Sistema General de Regalías | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 23 de Septiembre del 2021 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento se evidencia en el seguimiento a los proyectos por SGR | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 804 DE 2021 | Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías (Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control) | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 21 de Julio del 2021 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento se evidencia en el seguimiento a los proyectos por SGR | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 826 DE 2020 | Por el cual se adiciona y modifica el Decreto 1082 de 2015 en lo relacionado con el pago a destinatario final del Sistema General de Regalías y se dictan otras disposiciones. | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 08 de Junio del 2020 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento se evidencia en el seguimiento a los proyectos por SGR | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 599 DE 2021 | Por medio de la cual se distribuye y asigna parcialmente la apropiación destinada al funcionamiento del SGR para el bienio 2021-2022 | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 11 de Marzo del 2021 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento se evidencia en el seguimiento a los proyectos por SGR | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | ACUERDO | 62 DE 2020, Acuerdo derogado por el Acuerdo 3 de 2021, 'por el cual se expide el Acuerdo Único del Sistema General de Regalías', publicado en el Diario Oficial No. 51.641 de 10 de abril de 2021. YA QUE DEROGA EL ACUERDO 45 DE 2017 | Por el cual se adiciona el Acuerdo Único del Sistema General de Regalías (Acuerdo 045), respecto a las reuniones presenciales de la Comisión Rectora durante la vigencia de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social | Comisión Rectora del Sistema Nacional de Regalías | 23 de noviembre del 2020 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento se evidencia en el seguimiento a los proyectos por SGR | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | ACUERDO | 58 DE 2020, Acuerdo derogado por el Acuerdo 3 de 2021, 'por el cual se expide el Acuerdo Único del Sistema General de Regalías', publicado en el Diario Oficial No. 51.641 de 10 de abril de 2021. YA QUE DEROGA EL ACUERDO 45 DE 2017 | Por medio del cual se adiciona y modifica el Acuerdo 45 de 2017 mediante el cual se expide el Acuerdo Único del Sistema General de Regalías | Comisión Rectora del Sistema Nacional de Regalías | 2 de Abril del 2020 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento se evidencia en el seguimiento a los proyectos por SGR | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | ACUERDO | 47 DE 2018, Acuerdo derogado por el Acuerdo 3 de 2021, 'por el cual se expide el Acuerdo Único del Sistema General de Regalías', publicado en el Diario Oficial No. 51.641 de 10 de abril de 2021. YA QUE DEROGA EL ACUERDO 45 DE 2017 | Por medio del cual se adiciona y modifica el Acuerdo 45 de 2017 mediante el cual se expide el Acuerdo Único del Sistema General de Regalías | Comisión Rectora del Sistema Nacional de Regalías | 24 de Abril del 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento se evidencia en el seguimiento a los proyectos por SGR | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | ACUERDO | 3 DE 2021 | Acuerdo único del ssitema General de Regalías(SGR). Se expide. Deroga el Acuerdo 45 de 2017. | Comisión Rectora del Sistema Nacional de Regalías | 10 de Abril del 2021 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento se evidencia en el seguimiento a los proyectos por SGR | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | CIRCULAR | 0025-4 DE 2020 | Orientaciones del Sistema de Monitoreo Seguimiento, Control y Evaluación (SMSCE) para socializar, divulgar, reportar información de la ejecución de los proyectos de inversión financiados con recursos del SGR a través de la herramienta tecnológica GESPROY | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 13 de noviembre del 2020 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento se evidencia en el seguimiento a los proyectos por SGR | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | CIRCULAR | 44659 DE 2020 | Orientaciones del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación para la aprobación y envío del reporte de información en los aplicativos GESPROY-SGR y CUENTAS-SGR". | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 30 de MARZO del 2020 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento se evidencia en el seguimiento a los proyectos por SGR | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | CIRCULAR | 44660 DE 2020 | Implementación del Índice de Gestión de Proyectos de Regalías IGPR 2.0 | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 03 de abril del 2020 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento se evidencia en el seguimiento a los proyectos por SGR | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCION | 320 DE 2021 | Por la cual se aprueba la reformulacion del plan de saneamiento y manejo de vertimietnos -PSMV DEL MUNICIPIO DE NEIVA | Corporacion Autonoma Regional del Alto Magdalena-CAM | 04 de Marzo de 2021 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento planes institucionales PSMV | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 99 DE 2003 ART 42 | Artículo 346. El Gobierno formulará anualmente el Presupuesto de Rentas y Ley de Apropiaciones que deberá corresponder al Plan Nacional de Desarrollo y a las metas anuales del balance primario del sector público no financiero y lo presentará al Congreso, dentro de los primeros diez (10) días de cada legislatura. En la Ley de Presupuesto se podrán conceder autorizaciones para reorientar rentas cedidas o asignadas y modificar leyes que decreten gasto público, todo ello con carácter transitorio y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Presupuesto. En la Ley de Apropiaciones no podrá incluirse partida alguna que no corresponda a un crédito judicialmente reconocido, o a un gasto decretado conforme a la ley anterior, o a uno propuesto por el Gobierno para atender debidamente el funcionamiento de las ramas del poder público, o al servicio de la deuda, o destinado a dar cumplimiento al Plan de Desarrollo. Las comisiones de asuntos económicos de las dos cámaras deliberarán en forma conjunta para dar primer debate al proyecto de presupuesto de rentas y ley de apropiaciones. La correspondiente ponencia deberá rendirse por lo menos con un mes de antelación a su discusión en comisiones. Previamente a la discusión en comisiones conjuntas de asuntos económicos de las dos cámaras, y durante el mes después de su presentación se reunirán conjuntamente las comisiones constitucionales permanentes de las dos cámaras por especialidad, con el objeto de producir sendos conceptos o pliegos reformatorios respecto del proyecto de ley de presupuesto y en relación con los temas de su competencia. Los informes así producidos serán distribuidos a todos los miembros del Congreso y serán considerados durante el primer debate. Durante el mismo período los congresistas se reunirán por bancadas departamentales y Bogotá para examinar las partidas que se asignen al respectivo departamento o al Distrito Capital, efectuando dicho estudio de manera desagregada y producirán un informe con las mismas características del mencionado en el inciso anterior, el cual tendrá el mismo trámite. Los Senadores formarán parte de la bancada del departamento donde hayan obtenido la mayor votación. El proyecto de rentas y ley de apropiaciones deberá ser sometido a consideración para segundo debate en las plenarias a más tardar ocho (8) días antes del vencimiento del término para la expedición del presupuesto del que trata el artículo 349. Entre el 2 de mayo y el 20 de junio se realizarán audiencias públicas departamentales y distritales para escuchar a la comunidad. Parágrafo 1°. Las modificaciones que se propongan en los informes de que tratan los incisos 4 y 5 del presente artículo deberán corresponder al Plan de Inversiones del Plan Nacional de Desarrollo y a los planes de inversión de los planes de desarrollo de las entidades territoriales. El proyecto presentado al Congreso por el Gobierno, recogerá el resultado de audiencias públicas consultivas convocadas por los Gobiernos Nacional, Departamentales y del Distrito Capital y del análisis hecho en el Congreso por las Comisiones Constitucionales y las Bancadas de cada departamento y Bogotá. No incluirá partidas globales excepto las necesarias par a atender emergencias y catástrofes. La Ley Orgánica del Presupuesto reglamentará la materia, así como la realización de audiencias públicas especiales de control político, en las cuales los congresistas formularán los reclamos y aspiraciones de la comunidad. Parágrafo 2°. Lo dispuesto en este artículo se aplicará a la elaboración y aprobación en todas las entidades territoriales. Con excepción de los mecanismos establecidos en esta disposición, en ningún caso y en ningún tiempo los miembros de las corporaciones públicas podrán directamente o por intermedio de terceros, convenir con organismos o funcionarios del Estado la apropiación de partidas presupuestales o las decisiones de destinación de la inversión de dineros públicos. |
Presidencia de la República de Colombia | 20 de enero de 2003 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Plan Operativo Anual de Inversiones y el Presupuesto, | X | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 1207 DE 2018 | Por el cual se reglamenta el articulo 164 de la Ley 142 de 1994 y se adiciona una seccion al Decreto 1077 de 2015 | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 12 de Julio del 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Inversiones Ambientales en el POIR | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 1007 DE 2018 | Por el cual se modificia el capitulo 8 del titulo 9 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1076 de 2015 | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 14 de Junio del 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Inversiones Ambientales en el POIR | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 874 DE 2018 | Por el cual se define las inversiones ambientales que se incluyen en las tarfias de los servicios publicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 8 de Noviembre del 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Inversiones Ambientales en el POIR | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | CRA 907 DE 2019 | Por el cual se modifica y adicionan unos articulos de la Resolucion CRA 688 DE 2014 y CRA 825 de 2017 | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 23 de Diciembre del 2019 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Inversiones Ambientales en el POIR | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | CRA 906 DE 2019, Artículos integrados y unificados en la Resolución CRA 943 de 2021 | Por el Cual se define criterios metodologias, indicadores, parametros y modelo de carácter obligatorio para evaluar la gestion y resultado de las personas prestadoras de servicios publicos domiciliarios de Acueducto y Alcantarillado | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 23 de Diciembre del 2019 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Plan de Gestion y Resultado | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | CRA 911 DE 2020 | Por el Cual se estable medidas regulatorias transitorias en el sector de Agua Potable y Saneamiento Basico derivadas de la emergencia declarada por el Gobierno Nacional a causa del COVID-19 | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 17 de Marzo del 2020 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Plan de Accion coronavirus | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | DECRETO | 417 DE 2020 | Por el cual se declara un Estado de Emergencia Economica, social y Ecologica en todo el territorio nacional | Presidencia de la República de Colombia | 17 de Marzo del 2020 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Plan de Accion coronavirus | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | CIRCULAR | 20201000000084 DE 2020 | Medidas Temporales para garantizar la prestacion de los servicios publicos domiciliarios ante la declaratoria de emergencia sanitaria asociada al COVID-19 | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 16 de Marzo del 2020 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Plan de Accion coronavirus | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | RESOLUCIÓN | 2756 DE 2018 | Por el cual se reglamenta los usos y aprovechamiento de las aguas de la corriente Río Las Ceibas, que discurre por el municipio de Neiva, en el departamento del Huila | Corporacion Autonoma Regional del Alto Magdalena-CAM | 12 de Septiembre 2018 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento de requisitos tecnicos | x | ||
PLANEACIÓN ESTRATÉGICA | CIRCULAR | 20201000000104 DE 2020 | Recomendaciones para garantizar la continuidad en la prestacion de los servicios publicos domiciliarios ante la declaratoria de emergencia sanitaria asociada al COVID-19 | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 19 de Marzo del 2020 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Plan de Accion coronavirus | x | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO | LEY | 9 | Por la cual se dictan Medidas Sanitarias. | Congreso de la República de Colombia | 1979 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Protección del Medio Ambiente | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO | LEY | 99 | Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 1993 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Elevación de la calidad de vida sin agotar la base de recursos naturales renovables en que se sustenta, ni deteriorar el medio ambiente o el derecho de las generaciones futuras a utilizarlo para la satisfacción de sus propias necesidades. Campañas en la cuenca, protección del Río Las Ceibas | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | NTC | 1500 | Cómité de instalaciones hidráulicas y sanitarias | ICONTEC | 23 de agosto de 2017 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Comité de disponibilidad de Servicios Públicos de Acueducto y Alcantarillado | Comité de disponibilidad de servicios públicos en las que se emité las actas. Se establece que al momento de diseñar, construir y puesta en marcha de las obras hidrosanitarias debe tener en cuenta lo atinente al código colombiano de fontanería | x | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | RESOLUCIÓN | 549 | Por la cual se adopta la guía que incorpora los criterios y actividades mínimas de los estudios de riesgo, programas de reducción de riesgo y planes de contingencia de los sistemas de suministro de agua para consumo humano y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Salud y Protección Social | 1 de marzo de 2017 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Actualización anual, se remitió a oficina de planeación el pasado mes de julio. Conforme eventos de precipitaciones se diligenciaron formatos de atención emergencia presentada en mayo de 2018. | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | RESOLUCIÓN | 330 | Por la cual se adopta el Reglamento Técnico para el Sector Agua Potable y Saneamiento Básico – RAS y se derogan las resoluciones 1096 de 2000, 0424 de 2001, 0668 de 2003, 1459 de 2005 y 2320 de 2009 | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 8 de junio de 2017 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Certificados de redes de acueducto y alcantarillado, diseños, construcciónes, puesta en marcha y entrega de obras | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | RESOLUCIÓN | 0799 | Por la cual se modifica la Resolución 0330 de 2017. Por la cual se expiden los requisitos técnicos relacionados con composición química e información, que deben cumplir los tubos, ductos y accesorios de acueducto y alcantarillado, los de uso sanitario y los de aguas lluvias, que adquieran las personas prestadoras de los servicios de acueducto y alcantarillado, así como las instalaciones hidrosanitarias al interior de las viviendas y se derogan las Resoluciones 1166 de 2006 y 1127 de 2007. |
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 9-Dec-21 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Certificados de redes de acueducto y alcantarillado, diseños, construcciónes, puesta en marcha y entrega de obras | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | RESOLUCIÓN | 0908 | Por medio de la cual se corrigen errores formales de la Resolución 0799 de 2021 | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 17-Dec-21 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Certificados de redes de acueducto y alcantarillado, diseños, construcciónes, puesta en marcha y entrega de obras | |||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO | RESOLUCIÓN | 229 | Por la cual se establece la gradualidad tarifaría para implementar las modificaciones a la estratificación socioeconómica de los usuarios residenciales en los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo | Presidencia de la República de Colombia | 2002 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | El seguimiento lo realiza Subgerencia Comercial, a cardo de la aplicación de los cambios en la estratificación socioeconómica para la gradualidad tarifaria | X | ||
GESTIÓN DE LABORATORIO | DECRETO | 1575 | Por el cual se establece el Sistema para la Protección y Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano. | Presidencia de la República de Colombia | 2007 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Profesionales Laboratorio | Construsuelos realiza el análisis de laboratorios de Aguas residuales, potables y superficiales, con base en dichos resultados, Se emitpen los informes de resultados complementarios, más los controles rutinarios del agua en la ciudad. | X | ||
GESTIÓN DE LABORATORIO | NTC ISO/IEC | 17025 | Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración | ICONTEC | 26-Oct-05 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Profesionales Laboratorio | El laboratorio debe establecer y mantener procedimientos para el control de todos los documentos que forman parte de su sistema de gestión (generados internamente o de fuentes externas) tales como la reglamentación, las normas y otros documentos normativos, los métodos de ensayo y/o de calibración, así como los dibujos el software, las especificaciones y los manuales | X | ||
GESTIÓN DE LABORATORIO | RESOLUCIÓN | 2115 |
Por medio de la cual se señalan características, instrumentos básicos y frecuencias del sistema de control y vigilancia para la calidad del agua para consumo humano |
Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial | 22-Jun-07 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Profesionales Laboratorio | Resultados IRCA presentados ante el municipio, no figura inconformidad | X | ||
GESTIÓN DE LABORATORIO | DECRETO | 2023 | Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 9ª de 1979 en relación con la Red Nacional de Laboratorios y se dictan otras disposiciones. |
Ministerio de Salud y protección social | 12-Jul-06 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Profesionales Laboratorio | Participación en la Red Nacional de Laboratorios | X | ||
GESTIÓN DE LABORATORIO | RESOLUCION | 1619 | Por la cual se establece el Sistema de Gestión de la Red Nacional de Laboratorios en los ejes estratégicos de Vigilancia en Salud Pública y de Gestión de Calidad | Ministerio de Salud y protección social | 2015 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Profesionales Laboratorio | Participación en la Red Nacional de Laboratorios | X | ||
GESTIÓN DE LABORATORIO | RESOLUCION | 561 | Por la cual se establecen los procedimientos de inscripción y verificación de los laboratorios que realicen pruebas para eventos de interés en salud pública y de la inspección , vigilancia y control sanitario en la Red Nacional de Laboratorios - RELAB | Ministerio de Salud y protección social | 4-Mar-19 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Profesionales Laboratorio | Participación en la Red Nacional de Laboratorios | |||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO | NTC | 2295 | Establece los requisitos que deben cumplir las uniones mecánicas con sellos flexibles de material elastomérico, usadas para tubería y accesorios empleados en el transporte de fluidos a presión, con un espesor de pared igual o mayor a RDE 64 y destinados al suministro y distribución de agua. | ICONTEC | 26-Nov-08 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | El fabricante de la tubería garantiza que la misma cumpla la norma NTC | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO | NTC | 382 | Aplica a los tubos de poli(cloruro de vinilo) (PVC) elaborados con base en las relaciones dimensionales estándar (RDE), para tubos termoplásticos y en las presiones establecidas para el agua | ICONTEC | 13-Apr-11 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | El fabricante de la tubería garantiza que la misma cumpla la norma NTC | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO | RESOLUCIÓN | 811 | Por la cual se definen los lineamientos a partir de los cuales la autoridad sanitaria y las personas prestadoras, concertadamente definirán en su área de influencia los lugares y puntos de muestreo para el control y la vigilancia de la calidad del agua para consumo humano en la red de distribución. Dichos lineamientos, deben ser utilizados para llevar a cabo las acciones de control y vigilancia de la calidad del agua. | Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial | 2008 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Se realiza actas de visita a los puntos de muestreo, concertados entre Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva y secretaria de salud municipal, con el fin de cumplir con la normatividad. Se observa una conformidad en dicha inspección. | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO | DECRETO | 1090 | Por el cual se adiciona el Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con el Programa para el Uso Eficiente y Ahorro de Agua y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 28-Jun-18 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Se aplica a EPN por ser usuario que solicita concesión de aguas ante la CAM, la novedad de la norma radica en que a partir del segundo semestre de 2018, quienes soliciten licencia ambiental que lleve implicta la concesión de aguas debe presentar ante la autoridad ambiental competente un Programa para el Uso Eficiente y Ahorro de Agua (Pueaa). En ese sentido, mediante RESOLUCIÓN NO. 3079 de 4 de octubre de 2018, la Dirección Territorial del Norte CAM aprobó "PLAN DE USO EFICIENTE Y AHORRO DEL AGUA DEL MUNICIPIO DE NEIVA PUEAA" | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO | RESOLUCIÓN | 154 | Por la cual se adoptan los lineamientos para la formulación de los Planes de Emergencia y Contingencia para el manejo de desastres y emergencias asociados a la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial | 19-Mar-14 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Desde Subgerencia Técnica en especifico desde el área ambiental a cargo del Ingeniero Oderay Gutierrez se ajusta el PEC, y se remite a oficina de planeación la cual se encarga de cargarlo al SUI durante el mes de julio; de la actualización del PEC surgen unas actividades, cuyo cumplimiento en cuanto a inversión para mitigr riesgos es informado a oficina de planeación al cerrar vigencia, es decir en el mes de enero. | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO | RESOLUCIÓN | 82 | Por medio de la cual se adoptan unos formularios para la práctica de visitas de inspección sanitaria a los sistemas de suministro de agua para consumo humano |
Ministerio de Salud y Protección Social | 2009 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Se adopta para la práctica de visitas de inspección que adelanta la autoridad sanitaria competente a los sistemas de suministro de agua para consumo humano, los siguientes formularios: -Formulario único de acta de inspección sanitaria a los sistemas de suministro de agua para consumo humano -Formulario para evaluar el concepto sanitario por persona prestadora del servicio público de acueducto -Formulario de procedimiento de evaluación para expedir la certificación sanitaria municipal o distrital |
X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | RESOLUCIÓN | 379 | Por la cual se derogan las resoluciones 813 de 2008, 0533 de 2011 y 0956 de 2011 y se establecen los requisitos de presentación, viabilización y aporbación de proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que soliciten apoyo financiero de la Nacion, así como de aquellos que han sido priorizados en el marco de los Planes Departamentales de Agua y de los programas que implemente el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, a través del Viceministro de Agua y Saneamiento Básico, se reglamenta el Comité de Proyectos y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 25 de junio de 2012 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | El proyecto "CONSTRUCCIÓN INTERCEPTOR AGUAS LLUVIAS CARRERA 18 ENTRE CALLE 41 Y 50" fue aprobado por el MVCT; Se encuentra en trámite el proyecto "MEDIA LUNA FASE 3". En curso trámite para presentación ante el MVCT proyecto "optimización acueducto sectores varios" | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | DECRETO | 1077 | VERSIÓN INTEGRADA CON SUS MODIFICACIONES Esta versión incorpora las modificaciones introducidas al decreto único reglamentario del sector vivienda, ciudad y territorio a partir de la fecha de su expedición. | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 2015 Ultima fecha de actualizacion 04 de abril del 2023 |
Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Comité de Disponibilidades | Subgerencia Técnica observa y aplica lo dispuesto en el Régimen reglamentario del sector de agua potable y saneamiento basico, en su título 1 de servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | DECRETO | 490 | Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1077 de 2015, en lo relacionado con las condiciones del programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social "Mi Casa Ya" y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 4-Apr-23 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Comité de Disponibilidades | Subgerencia Técnica observa y aplica lo dispuesto en el Régimen reglamentario del sector de agua potable y saneamiento basico, en su título 1 de servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado. | |||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | LEY | 1755 | Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo | Presidencia de la República de Colombia | 30-Jun-15 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | La Subgerencia Técnica tramita las respuestas de forma oportuma y en los plazps establecidos por la ley | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | LEY | 1537 | Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones | Presidencia de la República de Colombia | 20-Jun-12 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | En análisis de las solicitudes de disponibilidad de servicio público domiciliarios, se tiene en cuenta la capacidad para la provisión de servicios de agua potable y saneamiento básico. | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO | CRA | 493 | Por la cual se adoptan medidas para promover el uso eficiente y ahorro del agua potable y desincentivar su consumo excesivo. | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 25 de febrero de 2010 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Neiva, una ciudad con altitud promedio por debajo de 1000 mt sobre el nivel del mar, por no estar por encima del nivel establecido no aplica el desincentivo para el consumo excesivo del servicio de agua | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | RESOLUCIÓN | 501 | “Por la cual se expiden los requisitos técnicos relacionados con composición química e información, que deben cumplir los tubos, ductos y accesorios de acueducto y alcantarillado, los de uso sanitario y los de aguas lluvias, que adquieran las personas prestadoras de los servicios de acueducto y alcantarillado, así como las instalaciones hidrosanitarias al interior de las viviendas y se derogan las resoluciones 1166 de 2006 y 1127 de 2007 ”. | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 4 de agosto de 2017 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Las ceibas EPN como prestadora de los servicios de acueducto y alcantarillado, constructores y urbanizadores exigirán el certificado de conformidad de los productos a los fabricantesy comercializadores de tubos, ductos y accesorios de acueducto y alcantarillado así como instalaciones hidráulicas internas, en cuanto a su composición quimica de los materiales y requisitos técnicos. | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | DECRETO | 596 | Por el cual se reglamenta el tratamiento urbanistico de desarrollo en el municipio de Neiva | Alcaldia de Neiva | 2010 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | OF. Subgerencia Tecnica Operativa | Proyectos de optimización de redes de acueducto y/o alcantarillado deben respetar las disposiciones acerca de vías, zonas verdes, andenes | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | RESOLUCIÓN | 115 | "Por la cual se modifica el artículo 19 de la Resolución 0501 de 2017, por la cual se expiden los requisitos técnicos relacionados con composición quimica e información, que deben cumplir los tubos, ductos y accesorios de acueducto y alcantarillado, los de uso sanitario y los de aguas lluvias, que adquieren las personas prestadoras de los servicios de acueducto y alcantarillado, así como las instalaciones hidrosanitarias al interior de las viviendas y se derogan las resoluciones 1166 de 2006 y 1127 de 2007" | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 16 de febrero de 2018 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | MODIFICA EL ARTÍCULO 19 DE LA RESOLUCIÓN 501 DE 2017, dado que según ONAC, ningún organismo de certificación cuenta aun con la acreditación para certificar productos de acuerdo a la resolución 501 de 2017, por lo que se amplía el término para su entrada en vigencia y su exigibilidad. | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO | RESOLUCIÓN | 650 | Por la cual se adiciona un artículo transitorio a la Resolución 0330 de 2017 | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 2 de octubre de 2017 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Establece que los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que a la entrada de la vigencia de la resolución 0330 de 2017, podrían aplicar la Resolución 1096 de 2000 | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO | ISO/IEC | 17025 | Establecer requisitos para ACREDITAR el Sistema de Gestión de Calidad y la Competencia Técnica de los LABORATORIOS DE ENSAYO Y/O CALIBRACIÓN, en la realización de ensayos o de calibraciones, incluido el muestreo. | ICONTEC | 9-Jul-05 | Laboratorio | Subgerente Tecnico Operativa | En proceso de Acreditación | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO | RESOLUCIÓN | 887 | Por la cual se adoptan medidas para desincentivar el consumo excesivo de agua potable | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Resolución CRA | 2019 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Neiva, una ciudad con altitud promedio por debajo de 1000 mt sobre el nivel del mar, por no estar por encima del nivel establecido no aplica el desincentivo para el consumo excesivo del servicio de agua. La dependencia de Comercial designa valores mínimo de tarifa para la medición del consumo. | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | DECRETO | 3930 | Por el cual se reglamenta parcialmente el Título I de la Ley 9ª de 1979, así como el Capítulo II del Título VI -Parte III- Libro II del Decreto-ley 2811 de 1974 en cuanto a usos del agua y residuos líquidos y se dictan otras disposiciones. | Presidencia de la República de Colombia | 25-Oct-10 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | PSMV, Manejos de cuenta, Manejo de aguas industrailes, Manifestación del Impacto Ambiental (MIA) | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | DECRETO | 4728 | Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3930 de 2010 | Presidencia de la República de Colombia | 2-Jul-05 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Ministero de vivienda fija limites máximos permisibles de vertimientos | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | DECRETO | 1076 | Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector ambiente y desarrollo sostenible | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 26 de Mayo / 2015 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Articulo 2.2.3.3.4.17 Obligación de los suscriptuores y/o usuarios, del servicio publico domiciliario de alcantarillado, a cumplir la norma de vertimientos | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | RESOLUCIÓN | 631 | Por el cual se establecen los parametros y los valores limites maximos permisibles en los vertimientos puntuales a cuerpos de agua superficiales y a los sistemas de alcantarillado publico y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 17 de Marzo del 2015 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Segumiento de las actividade industriales | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | RESOLUCION | 320 | Por la cual se aprueba la reformulacion del plan de saneamiento y manejo de vertimietnos -PSMV DEL MUNICIPIO DE NEIVA | Corporacion Autonoma Regional del Alto Magdalena-CAM | 04 de Marzo de 2021 | Of. Planeación y Analisis Financiero | Asesor Oficina de Planeación y Analisis financiero | Cumplimiento planes institucionales PSMV | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | RESOLUCIÓN | 100 | Por la cual se crea el comité de disponibilidades de servicios publicos domiciliarios de acueducto y o alcantarillado | Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | 2015 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Actas de Comité | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | DECRETO | 96 | Por el cual se reglamenta el tratamiento urbanistico de desarrollo en el municipio de Neiva | Alcaldia de Neiva | 2010 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Proyectos de optimización de redes de acueducto y/o alcantarillado deben respetar las disposiciones acerca de vías, zonas verdes, andenes | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | LEY | 1955 | Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad" | Presidencia de la República de Colombia | 2019 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | La Comisión de Regulación de Agua y Saneamiento Básico (CRA) desarrollará la regulación necesaria para esquemas diferenciales de prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | LEY | 142 | Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 1994 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Generalidades del servicio público domicilario. Rige todas las actividades que se desarrollan en la Subgerencia Técnica y Operativa de Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | LEY | 1259 | Por la cual se instaura en el territorio nacional la aplicación del comparendo ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros; y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2008 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | La ALCALDIA MUNICIPAL, a traves de la Policia Nal., la Secretaria del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible y de La Secretaria de Transito. Las Ceibas a traves del Prestador Especializado del servicio de Aseo; debe recoger, transportar y disponer los residuos de constuccion obligatorios gratis hasta 1 M3 el excedente lo pauta co n el usuario. Tambien apoyar la recoleccion de escombros en area Publicas cuando lo solicia la Alcadia de Neiva o La Contratante. Archivos de la Supervision. Informes Tecnicos de la Interventoria. | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | LEY | 373 | Por la cual se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua | Congreso de la República de Colombia | 1997 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Establecido por la Empresa Prestadora del servicio de Aseo. Ciudad Limpia Neiva. | X | ||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | RESOLUCIÓN | 661 | Por la cual se establecen+D24 que soliciten apoyo financiero de la Nación, así como de aquellos que han sido priorizados en el marco de los Planes Departamentales de Agua y de los programas que implemente el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, a través del Viceministro de Agua y Saneamiento Básico y se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Sostenible | 2019 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | X | |||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | RESOLUCIÓN | 873 | Por la cual se adopta el modelo de condiciones uniformes del contrato de servicios públicos al que podrán acogerse las personas prestadoras de los servicios de acueducto y/o alcantarillado incluidas en el ámbito de aplicación de la Resolución CRA 825 de 2017 o la que la modifique, adicione, sustituya o derogue y, se dictan otras disposiciones. | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Resolución CRA | 2019 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | X | |||
GESTIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | RESOLUCIÓN | 911 | Por la cual se establecen medidas regulatorias transitorias en el sector de agua potable y saneamiento básico, derivadas de la emergencia declarada por el Gobierno Nacional a causa del COVID-19 | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Resolución CRA | 2020 | Of. Subgerencia Técnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | X | |||
GESTIÓN ASEO | RESOLUCIÓN CRA | 831 | Por el cual se presenta el proyecto de resolucion "Por el cual se establece el regimen tarifario y metodologia tarifaria aplicable a las personas prestadoras del servicio publico de aseo que atiendan en municipios hasta 5.000 suscriptores y se dictan otras disposiciones" , se da cumplimineto a lo establecido en el articulo 2.3.6.3.3.11 del Decreto 1077 de 2015 y se inicia el proceso de discusion directa con los usuarios y agentes de sector. | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 2018 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | X | |||
GESTIÓN ASEO | RESOLUCIÓN | 853 | Por la cual se establece el régimen tarifario y metodología tarifaría aplicable a las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de hasta 5.000 suscriptores y se dictan otras disposiciones | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Resolución CRA | 2018 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | X | |||
GESTIÓN ASEO | DECRETO | 2412 | Por el cual se reglamenta el cobro del Incentivo al aprovechamiento y tratamiento de residuos solidos. | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 2018 | Of. Subgerencia Tecnica y Operativa | Subgerente Tecnico Operativa | Mediante el contrato 001 de 2013. Ciudad Limpia Neiva se constituye com Entidad Tarifaria Local. El valor del Incentivo al Aprovechamiento y Tratamiento de Residuos Sólidos (VIAT) por tonelada de residuos sólidos no aprovechables dispuestos en relleno sanitario, se calculará sobre las toneladas de estos residuos por suscriptor del servicio. su finalidad es financiar mediante un fondo municipal exclusivo para finaciar los tiposde proyectos aprovechables de la comunidad. Archivo Supervison. Informe tecnico de la Iterventoria. |
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GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA | - | Constitución Política de Colombia, publicada en la Gaceta Constitucional No. 116 de 20 de julio de 1991> | Asamblea Nacional Constituyente | 1991 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Manual de contratación | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | LEY | 142 | Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 1994 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Manual de contratación | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | LEY | 689 | Por la cual se modifica parcialmente la Ley 142 de 1994. | Congreso de la República de Colombia | 2001 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Manual de contratación | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | DECRETO | 2981 | Por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo. | Presidencia de la República de Colombia | 2013 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Manual de contratación | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | RESOLUCIÓN CRA | 151 | Regulación integral de los servicios públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo. | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 2001 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Manual de contratación | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | RESOLUCIÓN | CRA 293 | por la cual se establecen disposiciones para la inclusión de cláusulas exorbitantes o excepcionales en los contratos de las personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo. | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 2004 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Manual de contratación | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | ACUERDO | N. 013 DE 2020 | Por medio del cual se adopta el Manual de Interventoría y Supervisión de las CEIBAS Empresas Públicas de Neiva ESP. | Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | 2020 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Manejo y trámite de procesos administrativos sancionatorios. Designación de supervisión para contratos. Publicación en plataformas SECOP, SIA. | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | ACUERDO | N. 012 DE 2020 | Por medio del cual se adopta el Manual de Contratación de las Ceibas Empresas Públicas de Neiva ESP. | Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | 2020 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Procesos administrativos sancionatorios, portal de proveedores , modalidades de contratación. | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | DECRETO | 063 DE 2015 | " por la cual se reglamentan las particularidades para implementación de Asociaciones Publico Privadas en el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico" |
Departamento Nacional de Planeación -DNP | 2015 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Manual de contratación | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | LEY | 1474 | Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. | Congreso de la República de Colombia | 2011 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Resolución 229 de 2014, Informe de supervisión para proceso administrativo sancionatorio.Publicación en plataformas SECOP, SIA. | x | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | DECRETO | 19 | Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública. | Congreso de la República de Colombia | 2015 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Manual de contratación, procesos de solicitúd privada y pública. | x | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | LEY | 1437 | Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo | Congreso de la República de Colombia | 2011 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Manual de contratación. Procesos Administrativos sancionatorios. Resoluciones de peticiones. | x | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | DECRETO | Decreto Legislativo 440 | Por el cual se adoptan medidas de urgencia en materia de contratacion eststal, con ocasión del Estado de Mergencia Economica, Social y Ecologica derivada de la pandemia COVID-19 | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 2020 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Proceso de contratacion | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | DECRETO | Decreto Legislativo 499, 537 y 544 | Por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal para la adquisición en el mercado internacional de dispositivos médicos y elementos de protección personal, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, atendiendo criterios de inmediatez como consecuencia de las turbulencias del mercado internacional de bienes para mitigar la pandemia Coronavirus Covid 19 | Ministerio de Salud y Protección Social | 2020 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Proceso de contratacion | x | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | DECRETO | Decreto Legislativo 537 y 544 | Por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica" | Ministerio de Salud y Protección Social | 2020 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Proceso de contratacion | x | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | DECRETO | Decreto Legislativo 544 | Por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal para la adquisición en el mercado internacional de dispositivos médicos y elementos de protección personal, atendiendo criterios de inmediatez como consecuencia de las turbulencias del mercado global de bienes para mitigar la pandemia Coronavirus COVID-19 | Ministerio de Salud y Protección Social | 2020 | Of. Contratación | Asesor de contratación | Proceso de contratacion | x | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | DECRETO | N. 1860 DE 2021 | Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, con el fin reglamentar los artículos 30, 31, 32, 34 y 35 de la Ley 2069 de 2020, en lo relativo al sistema de compras públicas y se dictan otras disposiciones | Presidencia de la República de Colombia | 2022 | Of. Contratación | Director Admnistrativo de Contratación | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | LEY | N. 2195 de 2022 | Por medio del cual se adoptan medidas en materia de Transparencia, Prevención y Lucah contra la Corrupción y se dictan otras Dispocisiones | Congreso de la República de Colombia | 2022 | Of. Contratación | Director Admnistrativo de Contratación | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | DECRETO | N. 248 DE 2021 | Por el cual se adiciona la Parle 20 al Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, relacionado con las compras públ!cas de alimentos | Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural | 2021 | Of. Contratación | Director Admnistrativo de Contratación | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | DECRETO | N. 442 DE 2022 | "Por el cual se modifica el Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, con el fin de reglamentar el artículo 36 de la Ley 2069 de 2020 en lo relativo a la promoción de las compras públicas de tecnología e innovación | Departamento Nacional de Planeación -DNP | 28 septiembre de 2022 | Of. Contratación | Director Admnistrativo de Contratación | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | CIRCULAR EXTERNA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE | No. 001 2022 | Reducción de puntaje por incumplimientos de contratos en los procesos de contratación regidos por documentos tipo | Colombia Compra Eficiente | 2022 | Of. Contratación | Director Admnistrativo de Contratación | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | CIRCULAR EXTERNA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE | No. 002 2022 | Obligatoriedad en el uso del SECOP ll para la vigencia fiscal de 2022 | Colombia Compra Eficiente | 2022 | Of. Contratación | Director Admnistrativo de Contratación | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | LEY | N. 2080 DE 2021 | Por medio del cual se reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011- y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitán ante al jurisdicción. | Congreso de la República de Colombia | 2021 | Of. Contratación | Director Admnistrativo de Contratación | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | LEY | N° 1150 DE 2007 | Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos. | Congreso de la República de Colombia | 2007 | Of. Contratación | Director Admnistrativo de Contratación | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | LEY | N° 996 DE 2005 | Por medio de la cual se reglamenta la elección de Presidente de la República, de conformidad con el artículo 152 literal f) de la Constitución Política de Colombia, y de acuerdo con lo establecido en el Acto Legislativo 02 de 2004, y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2005 | Of. Contratación | Director Admnistrativo de Contratación | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | LEY | 1712 DE 2014 | Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2014 | Of. Contratación | Director Admnistrativo de Contratación | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | LEY | 2277 DE 2022 | Por medio de la cual se adopta Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 2022 | Of. Contratación | Director Admnistrativo de Contratación | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | DECRETO | 1082 DE 2015 | Por medio del cual se fija el salario minimo mensual legal | Presidencia de la República de Colombia | 2015 | Of. Contratación | Director Admnistrativo de Contratación | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN | DECRETO | N° 1724 DE 2021 | Por medio del cual se fija el salario minimo mensual legal | Presidencia de la República de Colombia | 2021 | Of. Contratación | Director Admnistrativo de Contratación | En cumplimiento | X | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | LEY | 142 | Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 1994 | Of. Subgerencia Comercial, Of. Facturación, Of. PQR y Of. Cartera | Subgerente comercial | Aplicable el capitulo III Artículos 140,141,142 el cual se evidencia a través de las visitas que se generan de suspensón y corte del servicio se evidencian en el Sofware comercial | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | DECRETO | 302 | Por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994, en materia de prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado | Presidencia de la República de Colombia | 2000 | Of. Subgerencia Comercial, Of. Facturación, Of. PQR y Of. Cartera | Subgerente comercial | CAPITULO VI Causales de corte y terminación del contrato ART 28,29,30 Se da aplicación al articulo 19 por medio del proceso de CP-C-01 Suspensión y corte Sofware comercial | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | RESOLUCION | CRA 151 | Regulación integral de los servicios públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 2001 | Of. Subgerencia Comercial, Of. Facturación, Of. PQR y Of. Cartera | Subgerente comercial | Sofware comercial | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | DECRETO | 229 | Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 302 del 25 de febrero de 2000 | Presidencia de la República de Colombia | 2002 | Of. Subgerencia Comercial, Of. Facturación, Of. PQR y Of. Cartera | Subgerente comercial | Sofware comercial | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | LEY | 962 | Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos. | Congreso de la República de Colombia | 2005 | Of. Subgerencia Comercial, Of. PQR, Of. Facturacion y Of. Cartera | Subgerente comercial | Trámites publicados | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | RESOLUCION | CRA 422 | Por la cual se complementa el artículo 1.3.22.1 y se modifica el artículo 1.3.22.3 de la Resolución CRA 151 de 2001 | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 2007 | Of. Subgerencia Comercial, Of. PQR, Of. Facturacion y Of. Cartera | Subgerente comercial | Resolución Articulo 8 Paragrafo Se da aplicación por medio de lo reglamentado a traves del acuerdo 05 de 2018 del articulo Articulo 16 Pagos parciales o abonos • Sólo podrán hacerse máximo de 2 abonos al año, el valor correspondiente no será por un valor inferior al 30% del valor total de la deuda y deberá estar al día con la factura del servicio de aseo, o con acuerdo de pago vigente, o tener reclamación con el prestador de dicho servicio. | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | RESOLUCION | CRA 424 | Por la cual se regula el cargo que pueden cobrar las personas prestadoras del servicio público de acueducto por la suspensión, corte, reinstalación y reconexión del mismo | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 2007 | Of. cartera y Cobro Persuasivo | Subgerente comercial | Se evidencia a traves del software comercial, y la facturación del servicio. | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | DECRETO | 2623 | Por el cual se crea el Sistema Nacional de Servicio al Ciudadano. | Presidencia de la República de Colombia | 2009 | Of. Subgerencia Comercial y Of. PQR | Subgerente comercial | Tramites publicados | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | LEY | 1437 | Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo | Congreso de la República de Colombia | 2011 | Of. Subgerencia Comercial y Of. PQR, Of. Facturacio, Of. Cartera y Cobro Persuasivo | Subgerente comercial | Sistema de gestion Documental | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | LEY | 1474 | Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. | Congreso de la República de Colombia | 2011 | Of. Subgerencia Comercial y Of. PQR, Of. Facturacio, Of. Cartera y Cobro Persuasivo | Subgerente comercial | Sofware comercial | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | LEY | 1480 | Por medio de la cual se expide el Estatuto del Consumidor y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2011 | Of. PQR | Subgerente comercial | Sofware comercial | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | DECRETO | 2641 | Por el cual se reglamentan los artículos 73 y 76 de la Ley 1474 de 2011. | Presidencia de la República de Colombia | 2012 | Of. Subgerencia Comercial y Of. PQR, Of. Facturacio, Of. Cartera y Cobro Persuasivo | Subgerente comercial | Sofware comercial | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | DECRETO | 19 | Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública | Presidencia de la República de Colombia | 2012 | Of. Subgerencia Comercial y Of. PQR, Of. Facturacio, Of. Cartera y Cobro Persuasivo | Subgerente comercial | Se realizo por medio de la disminucion de solicitud de documentos para la suscripcion del acuerdo de pago. Acuerdo 05 de 2018 Articulo 9. Se evidencia a traves de los porcedimientos. | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | RESOLUCION | CRA 688 | Por la cual se establece la metodología tarifaria para las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado con más de 5.000 suscriptores en el área urbana | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 2014 | Of. Subgerencia Comercial | Subgerente comercial | En cumplimiento | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | RESOLUCIÓN | CRA 712 | Por la cual se hace público el proyecto de Resolución ‘por la cual se modifica, adiciona y aclara la Resolución CRA 688 de 2014’, se da cumplimiento a lo previsto por el numeral 11.4 del artículo 11 del Decreto 2696 de 2004, y se inicia el proceso de discusión directa con los usuarios y agentes del sector |
Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 2015 | Of. Subgerencia Comercial . | Subgerente comercial | En cumplimiento | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | ACUERDO | 6 | Por medio del cual se adopta el reglamento interno de recaudo de cartera de Acueducto y Alcantarillado, servicios complementarios y otros cobros de las Ceibas Empresas Publicas de Neiva E.S.P | Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | 2019 | Of. Cartera | Subgerente comercial | Se realiza cumplimiento por medio de la expedicion de las resoluciones de Depuracion, la suscripcion de acuerdos de pago. | |||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | LEY | 1755 | Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. | Congreso de la República de Colombia | 2015 | Of. Subgerencia Comercial, Of. PQR, Of. Facturacion y Of. Cartera | Subgerente comercial | Se da respuesta dentro de los terminos establecidos en la ley 1755 de 2015. Se evidencia a traves del Sistema Gestión Documental "Extranet" |
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GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | DECRETO | 1077 | Por medio el cual se expide el decreto unico reglamentario del sector vivienda, ciudad y territorio | Presidencia de la República de Colombia | 2015 | Of. Subgerencia Comercial, Of. PQR y Of. Subgerencia Tecnica | Subgerente comercial | Parte 3 régimen reglamentario del sector agua potable y saneamiento básico título 1 servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado capítulo 2 SUBSECCION 5 Y 6 Y se evidencia a traves de las visitas que se encuentran registradas en el Software comercial |
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GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | RESOLUCION | CRA 735 | Por la cual se modifica, adiciona y aclara la Resolución CRA 688 de 2014 | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 2015 | Of. Subgerencia Comercial | Subgerente comercial | En cumplimiento | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | RESOLUCION | CRA 750 | Por la cual se modifica el rango de consumo básico | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 2016 | Of. Subgerencia Comercial y Of. Facturacion | Subgerente comercial | FACTURA DE SERVICIOS PUBLICOS | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | RESOLUCION | 142 | Por la cual se dicta y adopta el reglamento del comité tecnico para la sostenibilidad del sistema contable publico y de preparadores de la informacion contable de Empresas Publicas de Neiva E.S.P. EICE | Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | 2016 | Of. Cartera y Cobro Persuasivo | Subgerente comercial | Sofware comercial | x | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | RESOLUCION | 371 | Por la cual se adopta el manual que establece al interior de EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P., el procedimiento de incumplimiento del contrato de condiciones uniformes por uso irregular o no autorizado del servicio y posibles hechos que constituyen defraudación de fluidos y se dictan otras disposiciones | Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | 2016 | Oficina Agua No Contabilizada (ANC) | Subgerente comercial | Actas de visitas - Procesos de acuerdo - Procesos ante Fiscalía General | X | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | RESOLUCION | 775 | Por la cual se crea el comité de Agua No Contabilizada de Las ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | 2016 | Oficina Agua No Contabilizada (ANC) | Subgerente comercial | Actas de reunión | X | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | RESOLUCION | 230 | Por la cual se amplia la suspension de terminos legales para el desarrollo de las actuaciones administrativas | Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. | 2020 | AREA ATENCION AL USUARIO | Subgerente comercial | Sofware comercial | X | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | RESOLUCION | 911 | Por la cual se establecen medidas regulatorias transitorias en el sector de agua potable y saneamiento basico, derivadas de la emergencia declarada por el Gobierno Nacional a causa del COVID-19 | GOBIERNO NACIONAL- Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 2020 | Of. Subgerencia Comercial | Subgerente comercial | Actas, sofware comercial | X | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | DECRETO | 441 | Por la cual se dictan disposiciones en materia de servicios publicos de acueducto, alcantarillado y aseo para hacer frente al Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 417 de 2020 | GOBIERNO NACIONAL- Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | 2020 | Of. Subgerencia Comercial | Subgerente comercial | Actas, sofware comercial | X | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | CIRCULAR EXTERNA | 1000000204 | Compilacion Normativa y comportamientos esperados por parte de los prestadores en la aplicacion de la normatividad expedida por el Gobierno Nacional y las comisiones de Regulacion en el marco de la Emergencia Sanitaria y el Estado de Emergencia Economica, Social y Ecologica en todo el territorio nacional | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | 2020 | OF. Subgerencia Comercial | Subgerente comercial | Actas, sofware comercial | X | ||
GESTIÓN COMERCIAL Y ATENCIÓN AL USUARIO | RESOLUCION | CRA 955 | Por la cual se modifica el artículo 5 de la Resolución CRA 911 de 2020, modificado por el artículo 4 de la Resolución CRA 936 de 2020, los artículos 8 y 9 de la Resolución CRA 911 de 2020, modificados por los artículos 2 y 3 de la Resolución CRA 921 de 2020, el artículo 10 de la Resolución CRA 911 de 2020 y el artículo 12 de la Resolución CRA 911 de 2020, modificado por el artículo 5 de la Resolución CRA 936 de 2020” | Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico / Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio | 2021 | Of. Subgerencia Comercial | Subgerente comercial | En cumplimiento | X | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | NORMA ISO | 27001 | Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información | ICONTEC | 2013 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Plan de Seguridad y privacidad de la información / plan de tatamiento de riesgo de seguridad y privacidad de la información | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | LEY | 1581 | Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales |
Congreso de la República de Colombia | 2012 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Politica de Protección de Datos | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | LEY | 603 | Por la cual se modifica el artículo 47 de la Ley 222 de 1995 Derechos de Autor - Software | Congreso de la República de Colombia | 2000 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Contratos para los desarrolladores de software | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | DECRETO LEY | 19 | Ley Antitramite | Presidencia de la República de Colombia | 2012 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Servicios en linea | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | LEY | 1341 | Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las comunicaciones - TIC-, Se crea la Agencia Nacionea de Espectro y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 2009 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Implementacion de servicios TIC para los usuarios | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | DECRETO | 1078 libro 2, parte 2, título 9. Cap. 1 |
Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones | Ministerio TICs | 2015 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Politica de Gobierno Digital | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | Decreto | 2693 | Por el cual se estrablecen los lineamentos generales de la Estrategia de Gobierno en Línea de la República de Colombia, se reglamentan parcialmente las Leyes 1341 de 2009, 1450 de 2011, y se dictan otras disposiciones" | Ministerio TICs | 2012 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Politica de Gobierno Digital | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | Decreto | 1008 | "Por el cual se establecen los lineamientos generales de la política de Gobierno Digital y se subroga el capítulo 1 del título 9 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones | Ministerio TICs | 2018 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Politica de Gobierno Digital | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | LEY | 1712 | Por medio del cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se Dictan otras Disposiciones | Ministerio del Interior | 2014 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Pagina Web enlace al sitio de transparencia y acceso a la información http://www.lasceibas.gov.co/transparencia |
x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | DECRETO | 415 | Por el cual se adiciona el Decreto Único reglamentario del sector de la Función Pública, Decreto 1083 de 2015, en lo relacionado con la definición de lineamientos para el fortalecimiento institucional en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones"; el cual exhorta a las entidades territoriales a adoptar lineamientos que las entidades estatales deben tener en cuenta para el fortalecimiento institucional y ejecución de los planes, programas y proyectos de tecnologías y sistemas de información en la respectiva entidad | Departamento Administrativo de la Función Publica | 2016 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Plan Estrategico de Tecnologias de la Información PETI | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | DECRETO | 612 | Por el cual se fijan directrices para la integración de los planes institucionales y estratégicos al Plan de Acción por parte de las entidades del Estado | Departamento Administrativo de la Función Publica | 2018 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Todos los Planes que competen a las TIC | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | RESOLUCIÓN | 3564 | Reglamenta aspectos relacionados con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública | Ministerio TICs | 2015 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Pagina Web enlace al sitio de transparencia y acceso a la información http://www.lasceibas.gov.co/transparencia |
x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | LEY | 594 | Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 2000 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Plan de Conservación Digital | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | ACUERDO | 6 | Por medio del cual se desarrollan los artículos 46, 47 y 48 del Título XI "Conservación de Documentos" de la Ley 594 de 2000 | Archivo General de la Nación - AGN | 2014 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Plan de Conservación Digital | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | LEY | 23 | derechos de autor de software | Congreso de la República de Colombia | 1982 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Licencias | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | DIRECTIVA | 2 | Directiva Presidencial 02 | Presidencia de la República de Colombia | 2019 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Enlace de la Pagina Web | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | LEY | 1978 | Se moderniza el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC, se distribuyen competencias, se crea un Regulador Único y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 2019 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Todos los Planes que competen a las TIC | x | ||
GESTION DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN | DECRETO | 464 | Se disponen medidas con el fin de atender la situación de emergencia económica, social y ecológica de la que trata el Decreto 417 de 2020. | Ministerio TICs | 2020 | Subgerencia TIC | Subgerente TIC | Todos los Planes que competen a las TIC | x | ||
CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO | LEY | 1952 | Por medio de la cual se expide el codigo general disciplinario se derogan la ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario. | Congreso de la República de Colombia | 1/28/2019 | Control Interno Disciplinaro | Jefe Oficina Control Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO | LEY | 2094 | Por medio de la cual se reforma la LEY 1952 de 2019 Y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 6/29/2021 | Control Interno Disciplinario | Jefe Oficina Control Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA | N/A | Constitución Política de Colombia, publicada en la Gaceta Constitucional No. 116 de 20 de julio de 1991> | Pueblo de Colombia, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente | 1991 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | LEY | 87 | Artículos 9, 10, 11, 12 y 14 se refiere a la definición del Jefe de la Oficina de Control Interno, la designación de la Oficina de Control Interno, las funciones de los Auditores y el informe de los funcionarios del Control Interno | Congreso de la República de Colombia | 1993 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | DIRECTIVA PRESIDENCIAL | 2 | Desarrollo de la función de control interno en las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional. | Presidencia de la República de Colombia | 1994 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | LEY | 142 | Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones. | Congreso de la República de Colombia | 1994 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | DIRECTIVA PRESIDENCIAL | 1 | Desarrollo del Sistema del Control Interno | Presidencia de la República de Colombia | 1997 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | LEY | 489 | Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones. En su Art. 27: Creación al Sistema Nacional de Control Interno. | Congreso de la República de Colombia | 1998 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | LEY | 617 | Por la cual se reforma parcialmente la Ley 136 de 1994, el Decreto Extraordinario 1222 de 1986, se adiciona la Ley Orgánica de Presupuesto, el Decreto 1421 de 1993, se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización, y se dictan normas para la racionalización del gasto público nacional. Derogo el paragrafo 3° del articulo 11 de la Ley 87 de 1993, y lo dicho por el mencionado paragrafo fue agregado en el paragrafo 1° del articulo 75 | Congreso de la República de Colombia | 2000 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | DIRECTIVA PRESIDENCIAL | 4 | Fortalecimiento del control interno en el marco de la política de lucha contra la corrupción y nombramiento de los Jefes de Control Interno del nivel nacional. | Presidencia de la República de Colombia | 2000 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | DECRETO | 2539 | Modifica parcialmente el Decreto 2145 de 1999 en el sentido de señalar que los jefes de Oficina de Control Interno seran representandos ante el Consejo Asesor por cuatro miembros elegidos según disponga el reglamento del Comité Interinstitucional de Control Interno del orden Nacional y Territorial | Presidencia de la República de Colombia | 2000 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | DECRETO | 1537 | Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 87 de 1993 en cuanto a elementos técnicos y administrativos que fortalezcan el sistema de control interno de las entidades y organismos del Estado. |
Presidencia de la República de Colombia | 2001 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | LEY | 909 | Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones, en su artículo 39. "Obligación de evaluar" | Congreso de la República de Colombia | 2004 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | ISO | 9001 | Sistema de Gestión de la Calidad | ICONTEC | 2008 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | NTC GP | 1000 | Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública | ICONTEC | 2009 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | LEY | 1474 | Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. Modifica los art.8, 9, 11, de la ley 87 del 1993. | Congreso de la República de Colombia | 2011 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | ISO | 19011 | Directrices para la auditoría de Sistema de Gestión | ICONTEC | 2011 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | DECRETO | 19 | Por la cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procediminetos y trámites innecesarios existentes en la administración Pública. Art. 231. | Presidencia de la República de Colombia | 2012 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | DECRETO | 1083 | Por medio del cual se expide el Decreto único Reglamentario del Sector de la Función Pública. Deroga el Decreto 2145 de 1999 y el decreto 1537 del 2001, el art. 5 del decreto 943 del 2014 y este al decreto 1599 del 2005 |
Presidencia de la República de Colombia | 2015 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | DIRECTIVA PRESIDENCIAL | 1 | Reporte a la secretaria de Transparencia de la Presidencia de la Republica de posibles actos de corrupción o irregularidades. | Presidencia de la República de Colombia | 2015 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | DECRETO | 124 | Por el cual se sustituye el Título IV de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, relativo al “Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano | Presidencia de la República de Colombia | 2016 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | DECRETO | 1499 | Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el articulo 133 de la Ley 1753 de 2015. | Presidencia de la República de Colombia | 2017 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | LEY | 1952 | Por medio de la cual se expide el código general disciplinario se derogan la ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario. |
Congreso de la República de Colombia | 2019 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | DECRETO | 338 | Por el cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Control Interno y se crea la Red Anticorrupción | Presidencia de la República de Colombia | 2019 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | ACTO LEGISLATIVO | 4 | Por medio del cual se reforma el Regimen de Control Fiscal | Congreso de la República de Colombia | 2019 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | DECRETO | 989 | Por el cual adiciona el capitulo 8 al libro 21 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1083 de 2015, en lo relacionado con las competencias y requisitos especificos para el empleo de jefe de Oficina, asesor, coordinador o auditor de Control Interno o quien haga las veces en las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y terrirorial | Presidencia de la República de Colombia | 2020 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | LEY | 2094 | Por medio de la cual se reforma la LEY 1952 de 2019 Y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 6/29/2021 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | LEY | 2294 | Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. | Congreso de la República de Colombia | 2023 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | LEY | 1952 | Por medio de la cual se expide el codigo general disciplinario se derogan la ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario. | Congreso de la República de Colombia | 1/28/2019 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | LEY | 2094 | Por medio de la cual se reforma la LEY 1952 de 2019 Y se dictan otras disposiciones | Congreso de la República de Colombia | 6/29/2021 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
JUZGAMIENTO INTERNO DiSCIPLINARIO | LEY | 734 | Por la cual se expide el Codigo Disciplinario Unico | Congreso de la República de Colombia | 2/5/2002 | Juzgamiento Interno Disciplinario | Jefe Oficina Juzgamiento Interno Disciplinario | En cumplimiento | X | ||
FECHA | DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN | ||||||||||
6/30/2024 | Se deroga la ley 734 de 2022, Ley 753 de 2015 (Derogo la ley 872 del 2003 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país) y la Ley 1955 de 2019 (Por el cual se expide el Plan de desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad). Se incluye la siguiente normatividad: Decreto 1484 de 2014, Ley 87 de 1993, Directiva Presidencial 2 de 1994, Ley 142 de 1994, Directiva Presidencial 1 de 1997, Ley 489 de 1998, Ley 617 de 2000, directiva Presidencial 4 de 2000, Decreto 2539 de2000, Decreto 1537 de 2001, Ley 909 de 2004, ISO 9001, NTA GP 1000, Ley 1474 de 2011, ISO 19011, Decreto 19 de 2012, Decreto 1083 de 2015, Directiva Presidencia 1 de 2015, Decreto 124 de 2016, Decreto 1499 de 2017, Ley 1952 de 2019, Decreto 338 del 2019, Acto Legislativo 4 del 2019, Decreto 989 del 2004, Ley 2094 de 2021, ley 2294 del 2023, Ley 2155 de 2021, Ley 2277 de 2022, Resolución 442 de 202, Resolución 165 de 2023, Resolución 8 del 2024, Resolución 411 de 2023, Resolución 38 del 2024, Resolución 421 de 2023, ISO 9001, ISO 19011, Decreto 2106 de 2019, Ley 2195 del 2022, Decreto19 del 2012, Decreto 293 del 2024, Decreto 303 del 2024, Decreto 2293 de 2023, Circular 27 del 2023, Circular 17 del 2011 y Circular Externa del 2021. |
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